Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2002 (10/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 10 de noviembre de 2002

co del Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales y normas conexas, usando la Denominacion Comun Internacional (DCI), estas son emitidas en original y copia. 7.8.2 Para la atencion de pacientes por demanda el original de la receta es entregado al MORDAZA y la MORDAZA queda en el Servicio de Consulta externa, la misma que al final del dia debe ser entregada al Servicio de Farmacia. 7.8.3 Para el caso de usuarios del Seguro Integral de Salud e Intervenciones Sanitarias, se entrega al MORDAZA la original y MORDAZA de la receta. El MORDAZA cuando recabe sus medicamentos entrega a Farmacia la original de la receta. 7.8.4 La prescripcion de estupefacientes o psicotropicos, se sujeta a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 023-2001-SA Reglamento de estupefacientes, psicotropicos y sustancias sujetas a fiscalizacion sanitaria. 7.8.5 Es de responsabilidad de la Direccion General de MORDAZA, hospital e instituto especializado, la implementacion de la Receta Unica Estandarizada en sus establecimientos o servicios respectivamente. 7.8.6 Es responsabilidad del jefe del establecimiento o gerente del CLAS y del responsable de farmacia la entrega completa y gratuita de medicamentos e insumos medicoquirurgicos a los pacientes cubiertos por el SIS y las Intervenciones Sanitarias. En los hospitales e institutos especializados corresponde la responsabilidad al Director General y Jefe del Servicio de Farmacia. 7.8.7 Los medicamentos con rotulo prohibida su venta se entregaran sin efectuar cobro directo a los pacientes provenientes de las atenciones de programas integrales de salud, seguro integral de salud y donaciones. 7.8.8 La Direccion de Medicamentos y la Jefatura del Servicio de Farmacia de la MORDAZA, hospital e instituto especializado segun corresponda realiza evaluaciones periodicas del uso racional de medicamentos a traves de indicadores estandarizados generados con la informacion del SISMED. 7.8.9 La Direccion de Medicamentos y la Jefatura del Servicio de Farmacia de la MORDAZA, hospital e instituto especializado segun corresponda, debe implementar gradualmente la Atencion Farmaceutica, Buenas Practicas de Farmacia, estudios de utilizacion de medicamentos, desarrollar programas de intervencion educativa para el uso racional de medicamentos y promover el uso de genericos y, segun el nivel de complejidad de los establecimientos, sistemas de dosis unitaria, preparacion de mezclas intravenosas, nutricion parenteral y preparados oncologicos. 7.9 De la informacion 7.9.1 El Director General y el Director de Medicamentos o quienes MORDAZA sus veces de la MORDAZA, hospital e instituto especializado, con apoyo de la Oficina de Estadistica e Informatica de su dependencia, son responsables de garantizar el registro, calidad, consolidacion y envio de la informacion a nivel central que genere el SISMED. 7.9.2 La informacion generada por el SISMED en los establecimiento de salud, almacen o subalmacen especializado es registrada mensualmente en el Informe de Consumo Integrado (ICI) y en el Informe de Movimiento Economico (IME), segun corresponda (Anexos Nº 05, 06, 07 y 11), debiendo quedar el original en la MORDAZA y la MORDAZA en el establecimiento de salud, almacen o subalmacen especializado donde se origino la informacion. Para tal efecto se establece como fecha de cierre de informacion el ultimo dia de cada mes. 7.9.3 Los formatos e informes del SISMED son firmados y sellados por el Jefe del Establecimiento y por el Responsable de Farmacia y para el caso del almacen y subalmacen especializado por el responsable de dicha instancia. El IME debe contar, ademas, con el visto MORDAZA del responsable de administracion del establecimiento o quien haga sus veces. 7.9.4 El ICI original se remite mensualmente a los puntos de digitacion establecidos por la DISA. Una vez registrados los datos la informacion se remite a la Direccion de Medicamentos a traves de correo electronico o en medio magnetico, adjuntando los formatos ICI. 7.9.5 El IME es remitido a la Direccion de Medicamentos de la MORDAZA o a quien esta delegue, para su digitacion y tratamiento administrativo correspondiente. 7.9.6 La informacion consolidada del ICI e IME de la MORDAZA se remite a la OEI del nivel central, a traves de correo electronico o en medio magnetico, dentro de los diez dias utiles del mes siguiente.

7.9.7 La OEI y la DIGEMID son responsables de consolidar y poner a disposicion de los usuarios la informacion del SISMED en un plazo MORDAZA de cinco dias utiles. 7.10 Del Monitoreo y la Evaluacion 7.10.1 La Direccion de Medicamentos de la MORDAZA y las REDES o quien haga sus veces, con delegacion expresa, realizan el monitoreo y evaluacion permanente del SISMED, a partir de la informacion generada por los establecimientos, para ello deben producir mensualmente reportes gerenciales estandarizados. 7.10.2 La Direccion de Medicamentos de la MORDAZA convocara a una reunion de evaluacion trimestral con los Jefes de las Redes y/o Microrredes y Hospitales y responsables del SISMED, con el fin de discutir los reportes, analizar los indicadores y avances obtenidos del SISMED en el periodo correspondiente. 7.10.3 La Direccion de Logistica de la MORDAZA, Hospital e Instituto Especializado realizara inventarios periodicos selectivos al almacen y subalmacen especializado de medicamentos y a una muestra de establecimientos de salud, con la finalidad de verificar las existencias fisicas, en cumplimiento de sus fines de control administrativo sin irrogar gastos al SISMED. 7.10.4 La Direccion de Medicamentos realizara auditorias farmaceuticas permanentes al almacen, subalmacen y servicios de farmacias de los establecimientos de salud, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las disposiciones contenida en la presente Directiva, las no conformidades detectadas deberan ser corregidas en los plazos prudentes que senale la DIREMID. 7.10.5 La DIGEMID realiza el monitoreo y evaluacion de cada uno de los procesos del suministro de medicamentos e insumos medico-quirurgicos, estableciendo indicadores de gestion, acceso y uso racional a nivel nacional, asi como supervisa el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente directiva. 7.10.6 La DGSP a traves de sus oficinas desconcentradas evalua periodicamente el cumplimiento de las guias de tratamiento y verifica la calidad y gratuidad de las intervenciones sanitarias que se presten. 7.10.7 El PAAG monitorea el MORDAZA de programacion y distribucion de los medicamentos e insumos medico-quirurgicos denominados estrategicos empleados para las intervenciones sanitarias y la disponibilidad de los mismos en los establecimientos de salud a traves de la informacion suministrada por la OEI. 7.10.8 La OGA del Ministerio de Salud monitorea el cumplimiento de las normas administrativas vigentes sobre el manejo de almacenes y control de inventarios, asi como la entrega completa y oportuna de medicamentos e insumos medico-quirurgicos por los proveedores en la compra nacional del SISMED. 7.10.9 El SIS a traves de sus oficinas desconcentradas monitorea y evalua periodicamente la calidad y gratuidad de la atencion. 7.11 De los Recursos Humanos 7.11.1 La Direccion de Medicamentos y la Jefatura de Farmacia esta a cargo de un quimico farmaceutico con experiencia minima laboral de dos anos en la gestion de sistemas de suministro de medicamentos y preferentemente con formacion academica en post-grado en areas afines, asi como manejo adecuado de sistemas informaticos. 7.11.2 En la Direccion de Medicamentos debe existir un Quimico Farmaceutico que ejerza, por delegacion expresa del Director de Medicamentos, las funciones relacionadas al suministro establecidas en la presente directiva, siendo la responsabilidad mancomunada. Este profesional debe tener experiencia laborar minima de 1 ano en la logistica de medicamentos, asi como manejo adecuado de sistemas informaticos. 7.11.3 Los recursos humanos disponibles para el sistema de suministro en cada una de las instancias, deben ser profesionales farmaceuticos calificados, quienes seran responsables de los procesos del sistema de suministro asi como de verificar la calidad de la informacion reportada a nivel de almacenes centrales, subalmacenes o MORDAZA de RED, como puntos intermedios de distribucion. 7.11.4 El personal auxiliar de farmacia de los centros salud, puestos de salud y CLAS, preferentemente deberan ser Tecnicos en farmacia.

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