TEXTO PAGINA: 42
Pág. 233716 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de noviembre de 2002 zar permanentemente la tendencia de las enfermedades, los condicionantes de la enfermedad y la respuesta social para su prevención y control. b) Difundir la información del análisis de situación de salud de la población para el planeamiento y la toma de decisiones. c) Detectar oportunamente la ocurrencia de brotes epi- démicos e incremento de riesgos para la salud de las per- sonas. d) Lograr la promoción, ejecución y difusión de las inves- tigaciones epidemiológicas aplicadas, que permitan la gene- ración de evidencias científicas para la prevención y control de los daños y riesgos que afectan la salud de la población. e) Lograr la promoción y desarrollo de las capacidades en epidemiología de los recursos humanos del Sector Sa- lud para garantizar la calidad y eficiencia de las activida- des realizadas en el ámbito de vigilancia en salud pública, investigación epidemiológica y prevención y control de epi- demias, en coordinación con el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. f) Diseñar y mejorar continuamente el proceso de pre- vención y control de epidemias, emergencias y desastres, en coordinación con la Dirección General de Salud de las Personas, la Oficina General de Defensa Nacional y otros órganos involucrados. Artículo 26º.- OFICINA EJECUTIVA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA La Oficina Ejecutiva de Vigilancia Epidemiológica está a cargo de los siguientes objetivos funcionales específi- cos: a) Proponer las normas y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en el Sector Salud, con me- canismos de respuesta sectorial según niveles para la pre- vención y control de epidemias, emergencias y desastres. b) Difundir periódicamente información sobre las ten- dencias de las enfermedades y eventos sujetos a vigilan- cia epidemiológica y notificación obligatoria en el país. c) Identificar situaciones de emergencia sanitaria e in- formar a la Alta Dirección y autoridades de salud sobre la magnitud de la contingencia y coordinar la respuesta sec- torial con los órganos y entidades involucradas. d) Identificar necesidades de investigación epidemioló- gica aplicada en base a las tendencias observadas en la vigilancia. e) Velar por el cumplimiento de normas y acuerdos in- ternacionales de vigilancia epidemiológica de enfermeda- des y daños, establecidos en el Reglamento Sanitario In- ternacional y otros acuerdos internacionales. f) Evaluar el riesgo potencial epidémico después de los desastres naturales y en emergencias sanitarias. g) Proponer las normas y promover la implementación de Sistemas de Vigilancia Especializada y de las Salas de Situación de Salud con posterioridad a desastres natura- les y en emergencias sanitarias. h) Coordinar con otros órganos, entidades, organismos y sectores el mecanismo de respuesta ante epidemias y desastres. Artículo 27º.- OFICINA EJECUTIVA DE ANÁLISIS DE SITUACIÓN DE SALUD La Oficina Ejecutiva de Análisis de Situación de Salud está a cargo de los siguientes objetivos funcionales espe- cíficos: a) Elaborar y difundir la información del análisis de si- tuación de salud del Perú y de sus regiones. b) Proponer las normas para lograr la sistematización y desarrollo del análisis de situación de salud a nivel nacio- nal y regional por las Direcciones Regionales de Salud. c) Proponer las normas y asesorar y supervisar el de- sarrollo de la investigación epidemiológica aplicada por las Direcciones Regionales de Salud. d) Asesorar en la propuesta de determinación de las prioridades sanitarias. e) Identificar las prioridades nacionales en investiga- ción epidemiológica aplicada. f) Desarrollar investigaciones operativas como parte del proceso de prevención y control de epidemias, emergen- cias y desastres. g) Brindar información especializada y actualizada en epidemiología a través de un centro de documentación especializado, pagina web, desarrollo de material audiovi- sual y publicaciones periódicas, en coordinación con la Oficina General de Estadística e Informática.h) Asesorar a las Direcciones Regionales de Salud para fortalecer la capacidad de investigación epidemiológica aplicada desde los servicios de salud como base para la generación de evidencias en salud pública que permitan la implementación de políticas de salud costo efectivas. i) Lograr que en el Plan Nacional de Investigación en Salud estén comprendidos los objetivos, metas y estrate- gias de su competencia. j) Prestar asistencia técnica al Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos para la especialización y cobertura de necesidades de epidemiología en el Sector Salud. Artículo 28º.- OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JU- RÍDICA La Oficina General de Asesoría Jurídica es el órgano encargado de prestar el asesoramiento jurídico legal que requiera la Alta Dirección, los Órganos del Ministerio de Salud, Órganos Desconcentrados y Organismos Públicos Descentralizados y está a cargo de los siguientes objeti- vos funcionales generales: a) Realizar la actualización de las normas legales rele- vantes para el Sector Salud. b) Emitir informes a solicitud de la Alta Dirección y de los órganos de línea, apoyo y asesoría del Ministerio de Salud. c) Uniformizar criterios de interpretación e integración normativa entre los Órganos Desconcentrados, Organis- mos Públicos Descentralizados y Entidades del Ministerio de Salud, a través de dictámenes. d) Elaborar los proyectos de normas legales que dis- ponga la Alta Dirección. e) Revisar y visar los proyectos de dispositivos legales sometidos a su consideración. f) Lograr la recopilación, control y sistematización de la legislación relacionada con el Sector Salud y la uniformi- dad de su interpretación y aplicación con carácter general. g) Proyectar y visar las resoluciones que le sean solici- tadas. Artículo 29º.- OFICINA EJECUTIVA DE ASESORÍA JURÍDICO-SANITARIA La Oficina Ejecutiva de Asesoría Jurídico-Sanitaria está a cargo de los siguientes objetivos funcionales específicos: a) Opinar, informar y absolver consultas que formulen la Alta Dirección y órganos de línea, apoyo, asesoría y con- trol del Ministerio de Salud, en materia de derecho sanita- rio, con énfasis en la responsabilidad derivada de la activi- dad sanitaria, ordenación administrativa de las titulaciones médicas, sanidad tecnificada y aspectos jurídicos relacio- nados con la historia clínica. b) Asesorar en la formulación, celebración y ejecución de instrumentos de cooperación nacional e internacional en los cuales sea parte interesada el Ministerio de Salud. c) Desarrollar propuestas de actualización normativa en aspectos jurídico sanitarios y temas afines de relevan- cia para el sector. d) Lograr la recopilación, sistematización y uniformidad de la legislación jurídico sanitaria. e) Promover la investigación y difusión del derecho sa- nitario y temas afines en coordinación con los órganos, organismos y entidades del Sector Salud. Artículo 30º.- OFICINA EJECUTIVA DE ASESORÍA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA La Oficina Ejecutiva de Asesoría Jurídico-Administrati- va está a cargo de los siguientes objetivos funcionales es- pecíficos: a) Opinar, informar y absolver las consultas que formu- len la Alta Dirección, órganos de línea, apoyo y asesoría del Ministerio de Salud, sobre asuntos jurídico-administra- tivos, con énfasis en lo relacionado a contrataciones y ad- quisiciones, procedimientos administrativos, administración de recursos y procesos administrativos disciplinarios. b) Proponer la actualización normativa en aspectos ju- rídico administrativos de relevancia para el Sector Salud. c) Lograr la recopilación y sistematización de la legislación jurídico administrativa de relevancia para el Sector Salud. ÓRGANOS DE APOYO Artículo 31º.- OFICINA GENERAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA La Oficina General de Estadística e Informática está a cargo de los siguientes objetivos funcionales generales: