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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (28/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 232201 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de octubre de 2002 de Administración de la Presidencia del Consejo de Minis- tros. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19029 Designan Secretario de Administración de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 405-2002-PCM Lima, 26 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia, es necesario designar al funcio- nario que se desempeñará en el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor FERNANDO LEO- NCIO ARCE ÁLVAREZ como Secretario de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19030 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a ex funcionarios de la Casa Militar por presuntas irregularidades en la administración de recursos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 407-2002-PCM Lima, 26 de octubre de 2002 Visto, el Oficio Nº 203-2002-DP/JCGOB Secretario Ge- neral de la Presidencia de la República; CONSIDERANDO: Que, el Informe Especial Nº 08-2002-DP/INSP de la Ins- pectoría General del Despacho Presidencial señala que, como resultado del "Examen Especial efectuado a la acti- vidad de Turismo Interno, período Diciembre 1998 - 1999 a cargo de la Casa Militar del Despacho Presidencial", se han evidenciado presuntas irregularidades en la adminis- tración de los recursos invertidos; Que, los puntos 2.35 y 2.36 del Informe Especial antes citado, concluyen que se evidencian indicios razonables de la comisión de delitos y de responsabilidad civil por parte de los ex funcionarios, señores Harold Lucho Avendaño, ex Director de la Oficina de Relaciones Públicas de la Casa Militar; Nithis Romero Da Silva, ex Director de la Oficina de Relaciones Públicas de la Casa Militar; Jorge Torres Var- gas, ex Jefe de la Casa Militar y Alan Wong Iriarte, ex Sub- jefe de la Casa Militar; Que, el Informe Especial Nº 08-2002-DP/INSP de la Ins- pectoría General del Despacho Presidencial, constituye prueba preconstituida de conformidad con lo establecido por el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contralo- ría General de la República y, asimismo, tiene el carácter de Informe Especial Legal de acuerdo con lo dispuesto por la Norma de Auditoría Gubernamental Nº 4.50, aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 259-2000-CG y su modificatoria aprobada mediante Resolución de Contralo- ría Nº 012-2002-CG, debiendo adoptarse en forma inme-diata las acciones pertinentes a que hubiere lugar a fin de cautelar los intereses del Estado; Que, de conformidad con la recomendación contenida en la página 27 del Informe Especial Nº 08-2002-DP/INSP de la Inspectoría General del Despacho Presidencial, se considera pertinente disponer que el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Con- sejo de Ministros inicie las acciones legales correspondien- tes contra los presuntos responsables, quienes habrían in- currido en responsabilidad civil y/o penal en perjuicio del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 26162, vigente entonces, la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Gene- ral de la República, y el Decreto Ley Nº 17537, Ley de crea- ción del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modifica- do por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra los señores Harold Lucho Avendaño, ex Direc- tor de la Oficina de Relaciones Públicas de la Casa Militar; Nithis Romero Da Silva, ex Director de la Oficina de Rela- ciones Públicas de la Casa Militar; Jorge Torres Vargas, ex Jefe de la Casa Militar y Alan Wong Iriarte, ex Subjefe de la Casa Militar y los que resulten responsables por los he- chos contenidos en el Informe Especial Nº 08-2002-DP/ INSP de la Inspectoría General del Despacho Presiden- cial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradu- ría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presi- dencia del Consejo de Ministros, para los fines con que se expide la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19031 DEFENSA Conceden licencia a oficial EP para rea- lizar entrenamiento quirúrgico en los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1622 CP-JAPE 1e/SAN 2 Lima, 21 de octubre de 2002 Visto, Oficio Nº 1868 DIRIN-C-2/b305.00 del 11.Set.02, sobre solicitud de Licencia por instrucción presentada por el Tte. Crl. San. Odont. TAPIA MINAYA Lucio Ethel, del HMC. CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 1868 DIRIN-C-2/b.05.00 del 11.Set.02, la Dirección de Instrucción es de opinión favora- ble que se le otorgue la Licencia por Instrucción al Tte. Crl. San. Odont. TAPIA MINAYA Lucio Ethel, para que realice un entrenamiento quirúrgico de Cirugía Máxilo Facial en el Programa de Posgrado de la Universidad de Columbia-Nue- va York - Estados Unidos de América, por un período de dos (2) meses a partir del 28 de setiembre al 26 de no- viembre del 2002; y, Que, el RE 615-1 "Licencias, Vacaciones y Permisos", en el párrafo 2.c, norma las condiciones para obtener y con- ceder Licencia por razones de instrucción, estableciendo entre otras; que el personal militar podrá hacer uso de Li- cencia por estudios dentro del territorio de la República o en el extranjero; que el Oficial no percibirá gratificación de nin- guna clase por estos conceptos en el tiempo que dure la Licencia, asimismo, cuando la licencia sea concedida para seguir estudios en el extranjero, las remuneraciones que le corresponda serán abonadas en moneda extranjera en el país donde se encuentre el interesado, o en moneda nacio- nal en Lima, de acuerdo a lo que solicite el beneficiario; Que el D.S. Nº 047-2002-PCM de 5.Jun.02, en su ar- tículo 11º, establece que los viajes al extranjero para con- currir a asambleas, conferencias, seminarios, cursos de