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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (28/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 232196 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de octubre de 2002 to de los derechos que les asisten. Asimismo, le compete contribuir en el proceso de mejora de la calidad de servicios a cargo de los distintos órganos de la Administración. El Gerente de Defensoría del Contribuyente es el fun- cionario de más alto nivel de esta Gerencia y el responsa- ble de la misma. Artículo 119º.- Son funciones de la Gerencia de De- fensoría del Contribuyente: a) Recibir y tramitar oportunamente las quejas y/o su- gerencias de los contribuyentes y ciudadanos acerca de la actuación de SUNAT que vulnere sus derechos. b) Relevar la información necesaria para un adecuado co- nocimiento de la queja o sugerencia, requiriendo la misma, de ser el caso, a los órganos involucrados con su atención. c) Fomentar la adopción de decisiones, acciones o acuerdos relativos a la materia objeto de la queja o suge- rencia, por parte de los órganos involucrados. d) Poner en conocimiento de los contribuyentes y ciu- dadanos los resultados de las gestiones efectuadas como consecuencia de sus quejas y/o sugerencias. e) Comunicar a la Alta Dirección, y a las distintas órga- nos de la SUNAT, la problemática relevada y promover el desarrollo de alternativas de mejora en la calidad de los servicios. Artículo 120º.- La Intendencia Nacional de Sistemas de Información es un órgano directamente dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, y se encarga de proveer de los procedimientos, sistemas e infraestructura informática requeridos para apoyar las la- bores operativas, de soporte y de gestión de la SUNAT. El Intendente Nacional de Sistemas de Información es el funcionario de más alto nivel de esta Intendencia y el responsable de la misma. Artículo 121º.- Son funciones de la Intendencia Nacio- nal de Sistemas de Información: a) Efectuar el análisis funcional, diseño, construcción, implantación, capacitación, evaluación y mantenimiento de los sistemas de información de la SUNAT. b) Garantizar el soporte a los usuarios de los sistemas de información implementados. c) Requerir la elaboración y modificación de las normas legales necesarias para la implementación de los procedi- mientos y aplicativos desarrollados. d) Emitir opinión técnica sobre los proyectos de normas legales tributarias. e) Elaborar proyectos de resolución, directivas y circu- lares en los temas de su competencia. f) Proponer a la Intendencia Nacional de Estudios Tribu- tarios y Planeamiento los lineamientos técnicos a ser con- siderados en los convenios que suscriba la SUNAT con otras instituciones. g) Administrar la infraestructura tecnológica informática y de comunicaciones de la SUNAT. h) Diseñar e implementar normas de seguridad infor- mática. i) Garantizar la integridad y disponibilidad de la informa- ción contenida en las bases de datos de la SUNAT, y en con- cordancia con las políticas de seguridad que se establezcan. j) Promover y liderar la investigación tecnológica de la SUNAT. k) Evaluar, incorporar y normar el empleo de tecnolo- gías de información en SUNAT. l) Proponer la modificación de los procesos de SUNAT a través del empleo intensivo de tecnologías de informa- ción. Artículo 122º.- La Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión es un órgano directamente depen- diente de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informa- ción, y se encarga de desarrollar los procedimientos y apli- caciones informáticas requeridos para apoyar las labores operativas relacionados a los tributos internos, de soporte, administrativos y de gestión de la Institución. El Gerente de Desarrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión es el funcionario de más alto nivel de esta Geren- cia y el responsable de la misma. Artículo 123º.- Son funciones de la Gerencia de Desa- rrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión: a) Efectuar el análisis funcional, diseño, construcción y mantenimiento de los sistemas de información que desa- rrolle la Intendencia Nacional de Sistemas de Información relacionados a los temas de tributos internos, administra- ción e información de gestión.b) Liderar el proceso de tercerización para el desarrollo de sistemas de información. c) Garantizar la calidad de los sistemas de información que desarrolle, a través de la satisfacción de los requeri- mientos funcionales, optimización de los recursos informá- ticos y minimización de errores de los productos de su com- petencia a implementar. d) Apoyar en las pruebas, implementación y capacita- ción de los sistemas de información de su competencia. e) Administrar los requerimientos informáticos de las áreas usuarias de la Institución. f) Proponer la elaboración de normas legales y modifi- caciones concernientes a los sistemas de información de su competencia. g) Elaborar proyectos de resolución, directivas y circu- lares a fin de garantizar la implementación de los sistemas de información de su competencia. h) Proponer a la Intendencia Nacional de Estudios Tri- butarios y Planeamiento los lineamientos técnicos o a ser considerados en los convenios que suscriba SUNAT con otros organismos en el ámbito de su competencia. i) Proponer modificaciones a los procesos de SUNAT a través del empleo intensivo de tecnologías de información. j) Promover y apoyar la investigación relacionada a tec- nologías de desarrollo de sistemas de información. Artículo 124º.- La Gerencia de Desarrollo de Sistemas Aduaneros es un órgano directamente dependiente de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, y se encarga de desarrollar los procedimientos y aplicaciones informáticas requeridos para apoyar las labores operativas relacionadas al ámbito aduanero. El Gerente de Desarrollo de Sistemas Aduaneros es el funcionario de más alto nivel de esta Gerencia y el respon- sable de la misma. Artículo 125º.- Son funciones de la Gerencia de Desa- rrollo de Sistemas Aduaneros: a) Efectuar el análisis funcional, diseño, construcción y mantenimiento de los sistemas de información que desa- rrolle la Intendencia Nacional de Sistemas de Información relacionados a los temas aduaneros. b) Garantizar la calidad de los sistemas de información que desarrolle, a través de la satisfacción de los requeri- mientos funcionales, optimización de los recursos informá- ticos y minimización de errores de los productos de su com- petencia a implementar. c) Apoyar en las pruebas, implementación y capacita- ción de los sistemas de información de su competencia. d) Proponer la elaboración de normas legales y modifi- caciones concernientes a los sistemas de información de su competencia. e) Elaborar proyectos de resolución, directivas y circu- lares a fin de garantizar la implementación de los sistemas de información de su competencia. f) Proponer a la Intendencia Nacional de Estudios Tribu- tarios y Planeamiento los lineamientos técnicos a ser con- siderados en los convenios que suscriba SUNAT con otros organismos, en el ámbito de su competencia. g) Proponer modificaciones a los procesos de SUNAT a través del empleo intensivo de tecnologías de información. h) Promover y apoyar la investigación relacionada a tec- nologías de desarrollo de sistemas de información. Artículo 126º.- La Gerencia de Producción es un órga- no directamente dependiente de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, y se encarga de administrar la infraestructura informática que soporta los procedimien- tos y aplicaciones requeridos para apoyar las labores ope- rativas, de soporte y de gestión de la Institución. El Gerente de Producción es el funcionario de más alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Artículo 127º.- Son funciones de la Gerencia de Pro- ducción: a) Garantizar la disponibilidad de los sistemas y bases de datos implementados, en concordancia con las normas de seguridad establecidas. b) Garantizar el adecuado funcionamiento de la infraes- tructura informática y de telecomunicaciones de la SUNAT. c) Proponer proyectos de mejoramiento de infraestruc- tura informática. d) Proponer modificaciones a los procesos de SUNAT a través del empleo intensivo de tecnologías de información. e) Promover y apoyar la investigación relacionada a tec- nologías de infraestructura informática y de telecomunica- ciones.