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Pág. 232199 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de octubre de 2002 ganismos Internacionales competentes para perfeccionar documentos oficiales o proyectos sobre Acuerdos o Con- venios Comerciales Internacionales, Valoración y Verifica- ción previa al Embarque. d) Mantener actualizado en el Sistema Integrado de Ges- tión Aduanera los Códigos relacionados con los Tratados Internacionales. e) Atender consultas y/o expedientes sobre la aplica- ción de las preferencias arancelarias contenidas en los Acuerdos Regionales, ALADI, Subregional Andino, SGPC, Convenio Peruano-Colombiano y otros Convenios Bilate- rales de Comercio Fronterizo, así como las de Valoración Aduanera y Verificación previa al Embarque, formuladas por los órganos de la Institución y entidades representativas. f) Elaborar la Tabla de Porcentajes Promedio de Segu- ro. g) Evaluar el informe y proyecto de Resolución decla- rando la deuda como de cobranza onerosa, cuando exista documento de determinación por el monto indicado, de con- formidad a la normatividad vigente. h) Evaluar la determinación de sanciones aplicables a las Empresas Verificadoras y Operadores de Comercio Ex- terior por infracciones a disposiciones que regulan el Sis- tema de Verificación de Precios, manteniendo actualizado el Registro de Sanciones. i) Elaborar proyectos de Resolución referidos a solicitu- des de devolución por pagos indebidos o en exceso pre- sentados por las empresas verificadoras y/u operadores del comercio exterior. j) Evaluar periódicamente el Sistema de Verificación previo al embarque; emitir los proyectos de resolución rela- tivos a las reconsideraciones o reclamaciones formuladas por las empresas verificadoras y/u operadores de comer- cio exterior; así como a los documentos de elevación de las apelaciones para su remisión al Superintendente Na- cional Adjunto de Aduanas o al Tribunal Fiscal, según co- rresponda. k) Proponer ajustes al programa de capacitación otor- gado por las empresas verificadoras a efectos de la desig- nación de participantes. l) Mantener actualizado el Sistema de Verificación de Precios – SIVEP. m) Establecer y mantener coordinación institucional con los gremios o entidades representativas de los operadores de comercio exterior con el fin de evaluar y perfeccionar los procedimientos de convenios bilaterales y multilatera- les, de valoración aduanera y de verificación previa al em- barque. Artículo 144º.- La Intendencia Nacional Jurídica es un órgano directamente dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, y se encarga de ase- sorar en asuntos de carácter jurídico a la Alta Dirección. Asimismo, se encarga de elaborar proyectos de normas legales que debe emitir la Institución, así como de emitir opinión respecto de otros proyectos de normas legales cuando ésta le sea requerida. Además, se encarga de in- terpretar el sentido y alcance de las normas tributarias y aduaneras para su aplicación por los órganos internos de la Institución. Defiende también los intereses y derechos de la Institución o de sus trabajadores emplazados en el ejercicio de sus funciones y apoya a las Intendencias Re- gionales, Intendencias de Aduanas y a las Oficinas Zona- les en la tramitación de los distintos procesos judiciales, cuando corresponda. El Intendente Nacional Jurídico es el funcionario de más alto nivel de esta Intendencia y el responsable de la mis- ma. Artículo 145º.- Son funciones de la Intendencia Nacio- nal Jurídica: a) Elaborar proyectos de normas legales relacionadas con la materia tributaria y aduanera que corresponde a la Institu- ción, que le sean solicitados por órganos internos y externos competentes, de acuerdo a la evaluación efectuada. b) Emitir opinión legal acerca de los proyectos de ley u otros dispositivos de carácter tributario que se sometan a su consideración. c) Elaborar proyectos de Resoluciones de Superinten- dencia, Directivas, Circulares y otros dispositivos en as- pectos de su competencia. d) Visar los proyectos de Resoluciones de Superinten- dencia, Directivas y Circulares con contenido jurídico tribu- tario y aduanero elaborados por otras Intendencias Nacio- nales. e) Participar en las coordinaciones externas vinculadas a la generación de las normas tributarias y aduaneras.f) Absolver consultas referidas al sentido y alcance de las normas tributarias y aduaneras formuladas por los ór- ganos internos de la Institución, cuando el caso lo amerite, así como por las entidades representativas y entidades del sector público nacional. El pronunciamiento que emita será de obligatorio cumplimiento por los distintos órganos de la Institución. g) Elaborar los proyectos de Circulares que permitan unificar los criterios respecto a las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal. h) Visar los convenios de cooperación técnica y admi- nistrativa en materia tributaria y aduanera a ser suscritos por la SUNAT. i) Evaluar casos de presuntos delitos vinculados a ma- teria tributaria y aduanera, ejecutando las acciones de ley. j) Representar legalmente a la Institución en los proce- sos planteados dentro de la competencia territorial de Lima y Callao. k) Ejercer la defensa de los trabajadores de la Institu- ción emplazados en el ejercicio de sus funciones. l) Elaborar informes y proyectos de resolución, referi- dos a las solicitudes no contenciosas no vinculadas a la determinación de la deuda tributaria, por delegación de los Superintendentes Adjuntos. m) Proponer a los Superintendentes Adjuntos los linea- mientos para la interposición de demandas contencioso ad- ministrativas por parte de los órganos operativos. n) Remitir a la Intendencia Nacional de Sistemas de In- formación, para su inclusión en Internet e Intranet, según sea el caso, las principales normas tributarias y aduane- ras, así como las circulares e informes que correspondan sobre el sentido y alcance de las mismas, facilitando su difusión entre las diversas áreas. o) Brindar apoyo a las Intendencias Regionales, Inten- dencias de Aduanas y a las Oficinas Zonales en la tramita- ción de los distintos procesos cuando corresponda. Artículo 146º.- La Gerencia de Normas Tributarias es un órgano directamente dependiente de la Intendencia Na- cional Jurídica y se encarga de elaborar proyectos de nor- mas tributarias, excepto las referidas a materia aduanera, que requiera la SUNAT . Asimismo, se encarga de emitir opinión sobre proyectos de normas tributarias, excepto las referidas a materia aduanera, que les sea requerida por otros órganos de la Institución o por entidades externas. El Gerente de Normas Tributarias es el funcionario de más alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Artículo 147º.- Son funciones de la Gerencia de Nor- mas Tributarias: a) Formular proyectos de normas referidas a tributos internos. b) Emitir opinión legal respecto a proyectos de normas referidas a tributos internos. c) Efectuar coordinaciones con el Congreso de la Re- pública y sus diferentes Comisiones sobre materia tributa- ria y aduanera. d) Efectuar coordinaciones con organismos externos y con órganos internos para la generación de las normas tri- butarias. e) Proponer normas destinadas a mejorar la efectividad del sistema tributario, tales como las orientadas a combatir la evasión y elusión fiscal. f) Elaborar circulares que aprueban normas de conteni- do jurídico tributario. g) Emitir opinión legal sobre el contenido jurídico-tribu- tario de los proyectos de circulares y directivas que elabo- ren otros órganos, referido a materias de su competencia. h) Elaborar los Textos Únicos Ordenados de las nor- mas referidas a los tributos administrados por SUNAT. i) Elaborar el Resumen Legal Diario. Artículo 148º.- La Gerencia Procesal y Administrati- va es un órgano directamente dependiente de la Inten- dencia Nacional Jurídica y se encarga de defender los intereses de la Administración Tributaria en los proce- sos, excepto las demandas contencioso administrativas, cuando corresponda. Se encarga también de proponer cambios normativos vin- culados a materia penal tributaria y absolver consultas de carácter penal formuladas por los órganos de la Institución. Además, brinda asesoría legal a los diferentes órganos de la Institución en aspectos jurídicos de carácter adminis- trativo, laboral y civil. El Gerente Procesal y Administrativo es el funcionario de más alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma.