TEXTO PAGINA: 27
Pág. 232193 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de octubre de 2002 h) Proyectar la Recaudación Anual y Mensual a nivel nacional, la que servirá como insumo a los órganos de la Institución encargados del establecimiento de las metas de Recaudación de los órganos de línea. i) Dirigir y coordinar grupos de trabajo, conformados por profesionales de distintos órganos de la Institución, encarga- dos de proveer conocimiento práctico e información cuantitati- va y cualitativa que permita a esta Gerencia elaborar estudios sobre el comportamiento de los tributos que recauda SUNAT. Artículo 98º.- La Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios es un órgano directamente depen- diente de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, y se encarga de evaluar la coherencia del accionar institucional con los objetivos trazados, de elabo- rar los planes institucionales y de conducir la evaluación de su cumplimiento, así como de analizar integralmente la in- formación de gestión de la Institución para la toma de deci- siones. Asimismo, se encarga de conducir el proceso de evaluación, negociación, y seguimiento de los convenios de intercambio de información y de cooperación técnica interinstitucional, en coordinación con los órganos internos a los cuales dicha cooperación se encuentre vinculada. El Gerente de Planeamiento, Control de Gestión y Con- venios es el funcionario de más alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Artículo 99º.- Son funciones de la Gerencia de Planea- miento, Control de Gestión y Convenios: a) Conducir el proceso de formulación del planeamien- to institucional, monitoreando las acciones conducentes a su logro. b) Efectuar el seguimiento de los avances y resultados de los planes institucionales. c) Efectuar el seguimiento de la gestión y de los resul- tados institucionales, a fin de que se tomen las medidas correctivas necesarias. d) Efectuar el seguimiento de los compromisos de ges- tión institucionales asumidos con los organismos externos. e) Evaluar y proponer las modificaciones a la estructura orgánica de la Institución. f) Conducir el proceso de evaluación, negociación, y se- guimiento de los convenios de intercambio de información y de cooperación técnica interinstitucional. g) Hacer seguimiento a los compromisos asumidos por SUNAT con relación a ESSALUD – ONP, en el marco de la Ley Nº 27334, y elevarlos al Comité de Alta Dirección para la toma de acciones correspondientes. Artículo 100º.- La Oficina de Estadística es un órgano de apoyo a la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, y se encarga de elaborar, publicar y difun- dir las estadísticas de la Institución, así como de aplicar las técnicas estadísticas adecuadas para controlar y garanti- zar la calidad de la información del Despacho Aduanero. El Jefe de la Oficina de Estadística es el funcionario de más alto nivel de esta Oficina y el responsable de la mis- ma. Artículo 101º.- Son funciones de la Oficina de Estadís- tica: a) Formular, ejecutar y evaluar el Plan de Estadística Institucional, en concordancia con las normas emitidas por el órgano rector (INEI). b) Formular, evaluar y mantener actualizadas las nor- mas y procedimientos relativos a la aplicación de técnicas estadísticas en el despacho aduanero y en la evaluación de la gestión del servicio aduanero. c) Identificar e implementar técnicas estadísticas ade- cuadas para controlar y garantizar la calidad de la data del Despacho Aduanero, así como dotar de instrumentos de monitoreo para la toma de decisiones a nivel institucional. d) Verificar y aprobar la información conciliada conteni- da en los reportes estadísticos diarios de recaudación de los sistemas correspondientes. e) Elaborar la información estadística de recaudación de la Institución. f) Proporcionar información a la Alta Dirección y demás órganos de la Institución en base a la explotación de datos y las estadísticas para apoyar al planeamiento institucional. g) Elaborar y proveer reportes y cuadros estadísticos que soliciten las entidades del Sector Público Nacional, del Sector Privado y Organismos Internacionales. h) Brindar información estadística oportuna y confiable, a través de reportes y/o medios electrónicos, publicacio- nes de boletines estadísticos y anuarios que incorporen información del quehacer tributario y aduanero.i) Evaluar nuevas formas de explotación de la informa- ción estadística. Artículo 102º.- La Intendencia Nacional de Recursos Humanos es un órgano directamente dependiente de la Su- perintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, y es responsable de conducir los sistemas de administración de personal, selección, evaluación, capacitación, bienestar y desarrollo integral del trabajador. El Intendente Nacional de Recursos Humanos es el fun- cionario de más alto nivel de esta Intendencia y el respon- sable de la misma. Artículo 103º.- Son funciones de la Intendencia Nacio- nal de Recursos Humanos: a) Presentar la proyección del presupuesto por concep- to de remuneraciones, capacitación en materia no tributa- ria ni aduanera, programas motivacionales, programas pre- ventivos de salud y asistencia social, para la formulación del presupuesto institucional. b) Presentar las propuestas de modificaciones a la es- tructura salarial del personal de la SUNAT. c) Aprobar la planilla de remuneraciones y demás con- ceptos que corresponden al personal de la Institución. d) Atender los asuntos relacionados con el personal ac- tivo, cesante y jubilado del régimen laboral del Decreto Le- gislativo Nº 276. e) Presentar programas preventivos de salud y de asis- tencia social en beneficio de los trabajadores de la Institución. f) Desarrollar programas motivacionales que mejoren el clima laboral y promuevan la integración del personal. g) Administrar los procesos de selección, evaluación, desarrollo y retiro del personal de la Institución. h) Suscribir los contratos de trabajo del personal autori- zado. i) Evaluar y recomendar las acciones contenciosas ne- cesarias referidas a la relación laboral de la Institución con sus trabajadores. j) Emitir pronunciamiento en relación a casos discipli- narios que se presenten en la Institución; así como aplicar medidas correctivas en los casos en que sean necesarias. k) Elaborar y desarrollar el Plan Anual de Capacitación en materia no tributaria para los trabajadores de la Institu- ción, en coordinación con el Instituto de Administración Tri- butaria y Aduanera. l) Proponer la elaboración, modificación y perfecciona- miento de los sistemas y procedimientos relativos al sopor- te de gestión de recursos humanos de la Institución. m) Gestionar los procesos operativos y de información relacionados con la administración de recursos humanos. n) Mantener actualizado el Reglamento de Organiza- ción y Funciones, el Manual de Organización y Funciones y el Manual de Descripción de Puestos de la SUNAT. o) Dar a conocer al personal los reglamentos y demás ordenamientos normativos en materia de relaciones labo- rales. p) Evaluar los mecanismos más adecuados para mini- mizar una situación conflictiva dentro de la institución. q) Fomentar actitudes de colaboración y desarrollo de las destrezas de trabajo en equipo. r) Velar por e desarrollo de los estilos del liderazgo más adecuados a los objetivos institucionales y a las necesida- des de las personas. s) Evaluar mecanismos que faciliten que el recurso hu- mano de la institución trabaje en forma sinergética para el logro de las metas institucionales. Artículo 104º.- La Gerencia de Administración de Per- sonal es un órgano directamente dependiente de la Inten- dencia Nacional de Recursos Humanos y se encarga de ejecutar acciones que permitan una adecuada administra- ción salarial, provisión de beneficios sociales y pensiones y previsión asistencial. El Gerente de Administración de Personal es el funcio- nario de más alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Artículo 105º.- Son funciones de la Gerencia de Admi- nistración de Personal: a) Formular el proyecto de Presupuesto Anual de Egre- sos por concepto de Remuneraciones. b) Controlar el cumplimiento del calendario de compro- misos de pago de remuneraciones. c) Refrendar y presentar la planilla única de pagos y otras planillas, así como los documentos de gestión, liqui- daciones de beneficios sociales y subsidios por enferme- dad o gravidez.