Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2003 (14/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2003

SEPARATA ESPECIAL

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ca y esta comprendido en el respectivo escalafon. El ingreso a la MORDAZA se realiza mediante concurso publico. El ascenso y permanencia se da mediante un sistema de evaluacion permanente que se rige por los criterios de formacion, calidad de desempeno, reconocimiento de meritos y experiencia. La evaluacion se realiza descentralizadamente y con participacion de la comunidad educativa. Una ley especifica establece las caracteristicas de la MORDAZA magisterial. Articulo 56º. Sistema de Formacion y Capacitacion Permanente El Estado garantiza, el funcionamiento de un Sistema de Formacion y Capacitacion Permanente que vincule la formacion inicial del docente, su capacitacion y actualizacion en servicio. Este sistema se articula con las instituciones de educacion superior. Articulo 57º. Regimen Laboral del Profesor de la educacion privada El profesor que trabaja en instituciones educativas privadas se rige por lo establecido en el regimen laboral de la actividad privada. Puede incorporarse en la MORDAZA publica magisterial si ingresa al servicio del Estado. Articulo 58º. Personal administrativo El personal administrativo de las instituciones educativas publicas coopera con la creacion de un clima y ambiente favorable para el aprendizaje. Se desempena en las diferentes instancias de gestion institucional, local, regional y nacional, en funciones de apoyo al desarrollo de los procesos educativos. Ejerce funciones de caracter profesional, tecnico y auxiliar. Debe ser integrado en el desarrollo de los procesos de planificacion institucional. Le corresponde: a) Formacion especializada para el ejercicio del cargo. b) Remuneracion equivalente a su responsabilidad. c) Estar comprendido en la MORDAZA publica que le corresponda. CAPITULO III DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Articulo 59º. Definicion y finalidad La Institucion Educativa, como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestion del sistema educativo descentralizado donde tiene lugar la prestacion del servicio. Puede ser publica o privada. La Institucion Educativa comprende a los centros educativos de la Educacion Basica, los centros de educacion Tecnico-Productiva y a las instituciones de Educacion Superior. Es finalidad de la Institucion Educativa el logro de los aprendizajes y la formacion integral de sus estudiantes. Su principal instrumento de gestion es el Proyecto Educativo de la Institucion; Los programas educativos se rigen por lo establecido en este capitulo en lo que les corresponde. Articulo 60º. Funciones Son funciones de las instituciones educativas, en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 45°: a) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo de la Institucion, asi como sus planes anuales en concordancia con su linea axiologica y los lineamientos de politica educativa pertinentes. b) Organizar, conducir y evaluar los procesos de gestion institucional, pedagogica y administrativa. c) Prestar servicios educativos en los niveles de educacion del sistema de acuerdo a las caracteristicas y necesidades de los estudiantes, en condiciones fisicas y ambientales favorables para su aprendizaje. d) Elaborar, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institucion. e) Disenar, ejecutar y evaluar proyectos de innovacion, pedagogica y de gestion experimentacion e investigacion educativa. f) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad; g) Cooperar con diferentes entidades de su entorno en actividades de educacion social y comunitaria.

h) Evaluar el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo y desarrollar acciones de formacion continua en el MORDAZA del Sistema de Formacion y Capacitacion Permanente. En las instituciones educativas publicas estas acciones se realizan en coordinacion con los organismos intermedios, de acuerdo a la normatividad especifica. i) Organizar y conducir su gestion administrativa y economico-financiera, incluyendo el regimen de personal docente y administrativo. Es de aplicacion a este MORDAZA la normatividad de las instituciones publicas o privadas, segun corresponda. j) Diversificar el curriculum basico En centros educativos unidocentes y multigrados, estas atribuciones son ejercidas a traves de redes. Articulo 61º. Tipos Las instituciones educativas publicas, por el MORDAZA de gestion son: a) De gestion directa por autoridades educativas del Sector Educacion o de otros sectores e instituciones del Estado. b) De gestion privada, por convenio, con entidades sin fines de lucro. Articulo 62º. Organo de participacion El Consejo Educativo de la Institucion es un organo de participacion y vigilancia ciudadana, obligatorio en el caso de las instituciones educativas publicas. Esta presidido por el Director y compuesto por los subdirectores, representantes de los docentes, estudiantes y padres de familia, estos ultimos cuando las caracteristicas de la institucion lo permitan. Pueden integrarlo tambien, otras instituciones de la comunidad por invitacion de sus miembros. En el caso de las instituciones publicas que funcionen como centros educativos unidocentes y multigrados, este Consejo Educativo se conforma sobre la base de los miembros de la comunidad educativa que componen la red educativa. CAPITULO IV DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA Articulo 63º. Definicion y finalidad La Unidad de Gestion Educativa es un organo descentralizado. Su ambito natural de competencia territorial es la provincia. Dicha competencia territorial puede ser modificada por criterios de gobernabilidad y dinamicas sociales, afinidad cultural y economica y facilidades de comunicacion, en concordancia con las politicas nacionales de descentralizacion y modernizacion de la gestion del Estado. Es finalidad de la Unidad de Gestion Educativa: a) Fortalecer las capacidades de gestion pedagogica y administrativa de las instituciones educativas para lograr autonomia. b) Impulsar la cohesion social y articular acciones entre las instituciones publicas y privadas alrededor del Proyecto Educativo Local; contribuyendo a generar un ambiente favorable para la formacion integral de las personas, el desarrollo de capacidades locales y propiciando la organizacion de comunidades educadoras. c) Asumir y adecuar a su realidad las politicas educativas y pedagogicas establecidas por el Ministerio de Educacion y por la entidad correspondiente del Gobierno Regional. Articulo 64°. Funciones Las funciones de la Unidad de Gestion Educativa, en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 45º son las siguientes: a) Contribuir a la formulacion de la politica educativa regional. b) Desarrollar y regular sus actividades y servicios, en uso de sus competencias compartidas con la instancia correspondiente del Gobierno Regional y el Ministerio de Educacion. c) Disenar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo de su jurisdiccion en concordancia con los Proyectos Educativos Regionales y Nacionales y en

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