Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2003 (24/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

Que, esta situacion se ha visto agravada por la presencia de personal, que fungiendo de vigilantes, obstaculizaba el ingreso de la Comision, como parte de las directivas emanadas por quienes tienen el control en estos momentos del Campus Universitario; Que, por lo senalado en los considerandos precedentes, se hace necesario que la Comision Transitoria de Gobierno prevea contar con el servicio de vigilancia en forma oportuna, de modo tal, que cuando esta asuma la conduccion de la Universidad en el Campus Universitario, asumira tambien la responsabilidad de la integridad fisica de la comunidad universitaria, de los bienes patrimoniales e infraestructura, por lo que paralelamente se le debera brindar la proteccion necesaria; Que, lo expuesto configura los presupuestos para declarar en situacion de urgencia el servicio de vigilancia del Campus Universitario, ya que su ausencia compromete en forma directa e inminente el patrimonio y la infraestructura de la universidad y en consecuencia la continuidad de los servicios esenciales que esta brinda; Que, el hecho de esperar a que se convoque el MORDAZA pertinente para el servicio de vigilancia, perjudicaria el cuidado oportuno de la integridad fisica de los estudiantes, docentes, administrativos y patrimonio de la universidad; Que, es en razon a ello que se hace necesaria la declaracion en situacion de urgencia por el plazo extraordinario de 90 dias (periodo de urgencia), debiendo exonerarse del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de vigilancia, procediendo a la adjudicacion de menor cuantia correspondiente; y, En uso de las atribuciones que le confiere la Resolucion Nº 1409-2003-ANR, y a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como al Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la Ley Universitaria Nº 23733, y con cargo a dar cuenta en la proxima sesion de la Comision Transitoria de Gobierno; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en situacion de urgencia por el plazo de 90 dias el servicio de vigilancia del Campus Universitario. Articulo 2º.- APROBAR la exoneracion por situacion de urgencia del MORDAZA de concurso publico, la contratacion del servicio de vigilancia por un valor de S/. 104,160.00 (Ciento cuatro mil ciento sesenta y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados disponiendo que la contratacion se efectue mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Direccion Ejecutiva de Economia y Contabilidad a traves de la Unidad de Adquisiciones, a fin de que se adopte las acciones correspondientes en cuanto le corresponda. Articulo 4º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como su remision a la Contraloria General de Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 13859

solicita autorizacion para atender los servicios de publicidad del MORDAZA semestre del presente ano en los Diarios: El Comercio, La Republica, El Peruano y El Callao, de las unidades academicas y administrativas de la Universidad. CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto el Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, comunica los requerimientos de Facultades y Dependencias Administrativas, de la publicacion de avisos de publicidad en diferentes diarios de circulacion nacional, y que el costo de contratacion de estos servicios de publicidad es de hasta $ 41,610.58 dolares americanos; Que, por el monto del costo de contratacion se hace necesario realizar un MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Publica, de acuerdo al numeral 6.5 de la Directiva Nº 002-03-R aprobada por Resolucion Nº 002-03-R de fecha 2 de enero de 2003; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Art. 19º Inc. h) establece que las adjudicaciones o contrataciones que se realizan por servicios personalisimos se encuentran exonerados del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica; en concordancia con el Art. 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 6º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM establece que opcionalmente en el Plan de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad, podra incluirse informacion relativa a la Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, por Decretos Supremos Nºs. 071-2001-PCM y 1282001-PCM precisan que se encuentran expresamente incluidos como Servicios Personalisimos los servicios de publicidad que se prestan al Estado, o entre entidades del Sector Publico los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita u otro medio de comunicacion en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Estando a lo glosado; al Informe Nº 1372-2003-UPEP/ OPLA, al Proveidio Nº 1093-2003-OPLA, recibidos el 9 de MORDAZA del 2003; al Informe Legal Nº 851-2003-AL recibido el 15 de MORDAZA del 2003; al Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; a los Arts. 113º y 116º del Reglamento de esta Ley; y, en uso de las atribuciones que confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad y el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º. APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la Contratacion de servicios de publicidad en los Diarios: El Comercio, La Republica, El Peruano y El Callao, para atender los requerimientos de publicidad de las Facultades y Dependencias Administrativas de la Universidad Nacional del Callao, correspondiente al MORDAZA semestre del 2003. 2º. AUTORIZAR al Comite Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantia, la contratacion de los referidos servicios de publicidad, mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el monto total de hasta $ 41,610.58 (Cuarenta y un mil seiscientos diez con 58/ 100 dolares americanos), incluido IGV, segun el siguiente detalle: DIARIOS EL COMERCIO LA REPUBLICA EL PERUANO EL CALLAO TOTAL VALOR REFERENCIAL (EN DOLARES) Hasta 28,416.78 Hasta 3,644.39 Hasta 8,879.55 Hasta 669.86 Hasta 41,610.58

Autorizan contratacion de servicios de publicidad para la Universidad Nacional del Callao mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 493-2003-R
Callao, 15 de MORDAZA de 2003 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº 311-2003-OASA recibido el 9 de MORDAZA del 2003 (Expediente Nº 79009), por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares

3º. DISPONER, que el egreso que origine la presente Resolucion se cargara a la Actividad 1-00119 "Desarrollo de la Educacion Universitaria", Componente 3-0498 "Desarrollo de la Ensenanza", Especifica del Gasto 39 "Otros Servicios de Terceros" con cargo a los recursos directamente recaudados de las Facultades, administracion central y otros. 4º. Transcribir la presente Resolucion a los Vicerrectores, Facultades, Escuela de Post Grado, Oficina de Auditoria Interna, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina General de Administracion, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Oficina de Contabilidad

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