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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2003 (24/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 248685 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de julio de 2003 predio" se encontraba en estado de abandono, siendo corroborado con la verificación del 20 de febrero del 2001(fojas 05 y 07). Cabe indicar que Luis Antolín CárdenasYllaconza y Yesenia Esther Tito Pallarco, sólo estuvieron en posesión del predio 8 meses antes del empadronamiento. Por lo tanto, no cumplen con los requisitos para ser titula-dos. 6. Que, de las fichas de empadronamiento y verifica- ción de datos y las fichas anexas de empadronamiento, asícomo de la documentación adjuntada por los apelantes se desprende que Juan Víctor Chamorro Borja y Violeta Feli- cita Pérez León, empezaron a ejercer la posesión en "elpredio" con posterioridad al empadronamiento realizado el4 de setiembre de 2000. 7. Que, de lo expuesto en los considerandos que ante- ceden, se colige que los recurrentes no han acreditado el cumplimiento de los requisitos mencionados en el quinto considerando de la presente resolución para ser titulados. De conformidad con las normas antes citadas, así como por el artículo 15º del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución de Gerencia de Titulación Nº 1276-2002-COFOPRI/GT del 31 de octubre de 2002,por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Regístrese y comuníquese. JAIME FERNANDO GALLEGOS VEGA Vocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI RICARDO JAVIER HAAKER PIÉROLA Vocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI LUZ MARINA SÁNCHEZ MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI VÍCTOR ZAR GINOCCHIO Vocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI JOSÉ SECLÉN PERALTA Vocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI 13815 CONASEV Inscriben "Bonos de Arrendamiento Fi- nanciero - INTERBANK-Moneda Extran-jera-Cuarta Emisión" en el Registro Pœblico del Mercado de Valores COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 052-2003-EF/94.45 Lima, 16 de julio de 2003 VISTOS:El Expediente Nº 2003011157 del Banco Internacional del Perú S.A.A, INTERBANK, y el Informe Interno Nº 0072- 2003-EF/94.45.2 de fecha 16 de julio de 2003. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del artículo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas del sistema financie-ro pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional oextranjera, incluidos los de arrendamiento financiero, siem-pre que sean de su propia emisión;Que, en sesión de Directorio del Banco Internacional del Perú S.A.A, INTERBANK, de fecha 16 de julio de2002, se autorizó la emisión y colocación por oferta pú-blica de Bonos de Arrendamiento Financiero denomi- nados en moneda nacional o extranjera por un valor no- minal de hasta Cincuenta Millones y 00/100 Dólares delos Estados Unidos de América (US$ 50 000 000,00) ypor un plazo de hasta cinco años, delegando en la Geren-cia General la facultad de determinar todos los términosy condiciones de cada emisión, incluyendo fijar los pla- zos específicos y tasas de interés de cada emisión, sus- cribir documentos y todos los instrumentos públicos yprivados necesarios y realizar todos los procedimientosy/o trámites necesarios para llevar a cabo la misma,inclusive para modificar cualquiera de los términos,condiciones y las características de la emisión de los bonos e incluir otras nuevas; Que, mediante Resolución SBS Nº 780-2003 de fecha 22 de mayo de 2003, la Superintendencia de Banca y Segu-ros emitió opinión favorable respecto de la presente emisiónde bonos de arrendamiento financiero hasta por la suma deTreinta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 30 000 000,00) y plazo de tres años; Que, con fecha 5 de junio de 2003, el señor Ismael Be- navides Ferreyros en su condición de Gerente General delBanco Internacional del Perú S.A.A., INTERBANK, solicitala inscripción de los "Bonos de Arrendamiento Financiero -INTERBANK - Moneda Extranjera - Cuarta Emisión" así como el registro del prospecto informativo correspondien- te, acompañando la documentación correspondiente, ha-biendo subsanado las observaciones que se formularon ensu oportunidad; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la documentación e información requerida por el Regla- mento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas me-diante Resoluciones Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11y Nº 067-2000-EF/94.11; y, Estando a lo acordado por el Directorio de esta Comi- sión, reunido en sesiones de fechas 6 de abril de 1999 y 18 de diciembre de 2000, que faculta al Gerente de Mercadosy Emisores a disponer la inscripción en el Registro Públicodel Mercado de Valores de los valores cuya emisión poroferta pública tenga opinión favorable de la Superintenden-cia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir en el Registro Público del Merca- do de Valores los bonos de arrendamiento financiero co-rrespondientes a la emisión denominada "Bonos de Arren- damiento Financiero - INTERBANK - Moneda Extranjera - Cuarta Emisión" del Banco Internacional del Perú S.A.A.INTERBANK, hasta por Treinta Millones y 00/100 Dólaresde los Estados Unidos de América (US$ 30 000 000,00) yregistrar el prospecto informativo correspondiente. Artículo 2º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el artículo anterior deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artícu-lo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Ven-ta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONA-SEV Nº 141-98-EF/94.10. La colocación de los bonos a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse en un pla- zo que no excederá de nueve (9) meses contados a partirde la fecha de su inscripción en el Registro Público delMercado de Valores, prorrogables hasta por un período iguala petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de pró-rroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA- SEV la documentación e información a que se refieren losartículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Pri-maria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Re-solución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La inscripción y el registro a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no implican queCONASEV recomiende la inversión en los valores u opinefavorablemente sobre las perspectivas del negocio. Losdocumentos e información para una evaluación complemen-taria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución al Banco Internacional del Perú S.A.A. INTERBANK; al Ban-co de Crédito del Perú en su calidad de representante de