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PÆg. 245109 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de mayo de 2003 La Corte Suprema de Justicia de la República. El Ministerio Público.El Consejo Supremo de Justicia Militar.El Ministerio de Defensa.La Comisión Interamericana de Derechos Humanos.La Corte Interamericana de Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en funciones 09970 Aprueban el "Sexto Informe del Defen- sor del Pueblo al Congreso de la Repœ- blica 2002-2003" RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 017-2003/DP Lima, 28 de mayo de 2003 CONSIDERANDO:Que, el artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, que desarrolla el artículo 162º de laConstitución Política del Estado, dispone que el Defensor delPueblo debe presentar anualmente al Congreso de la Repúbli-ca, durante el período de Legislatura Ordinaria, un informeanual en el que dé cuenta de la gestión realizada y de lasconclusiones correspondientes; el mismo que deberá ser puestoen conocimiento del Presidente de la República; Que, en cumplimiento de su mandato constitucional y legal, el Defensor del Pueblo en funciones ha elaborado elSexto Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congresode la República, con el fin de presentarlo a éste y rendircuentas a la sociedad de la gestión realizada por la Defen-soría del Pueblo durante el período abril 2002- abril-2003; Que, el Informe Anual de la Defensoría del Pueblo pre- tende mostrar la labor de supervisión de las institucionesdel Estado y de los funcionarios y servidores públicos rea-lizada en el último período, con el fin de promover el cum-plimiento de los deberes de función, transparencia y res-ponsabilidad de sus actos, lo que constituye una de lasfacultades esenciales del Ombudsman; Que, uno de los objetivos del Informe Anual es aportar a la labor legislativa y fiscalizadora del Congreso, así comoal desarrollo de las funciones del Ejecutivo; Que, conforme al artículo 94º del Reglamento Interno del Congreso, el informe debe ser presentado durante el mes demayo de cada año. Dicha presentación debe realizarse porintermedio del Presidente del Congreso, debiendo efectuarsela sustentación ante las Comisiones de Constitución, Regla-mento y Acusaciones Constitucionales y la Comisión de Dere-chos Humanos, reunidas en sesión conjunta. Posteriormenteel informe del Defensor del Pueblo deberá ser presentadoante el Pleno del Congreso de la República en la primerasesión siguiente a la presentación realizada ante la sesiónconjunta de las referidas comisiones; Que, la difusión del informe y del Resumen Ejecutivo de éste, el mismo que, de conformidad con el artículo 27º dela Ley Nº 26520, deberá ser publicado gratuitamente en elDiario Oficial El Peruano, permitirá que las institucionesestatales, las organizaciones representativas de la socie-dad civil, la opinión pública y la ciudadanía en general,tomen conocimiento del cumplimiento de las funciones asig-nadas al Defensor del Pueblo por la Constitución y lasleyes; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú y estandoa lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Defensoría delPueblo; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el "Sexto Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la República 2002-2003" y DISPONER su presentación al Congreso de laRepública a través de su Presidente y según el proce-dimiento establecido. Dicho informe desarrolla los siguien-tes capítulos: Presentación: Expone el contexto en el cual se desa- rrolla el Informe Anual, así como los objetivos del mismo;Capítulo 1: Presenta las funciones y competencias de la Defensoría del Pueblo; su papel de mediadora entre lasociedad civil y el Estado; su desarrollo orgánico; la expan-sión territorial de sus actividades durante el período 2002-2003; la conformación del presupuesto institucional; lasrelaciones con instituciones del ámbito internacional; laslabores de promoción y desarrollo; y las de comunicacio-nes e imagen institucional; Capítulo 2: Refiere las líneas de acción defensorial y los problemas enfrentados en la protección de diversosderechos; especialmente, el derecho a la vida, a la libertadpersonal, a la libertad de reunión, de participación política,al debido proceso, a la libertad de expresión y al acceso ala información pública, entre otros. Asimismo, se presentala actividad defensorial relacionada con la protección delos derechos de sectores específicos de la sociedad, privi-legiando los derechos de la mujer, las personas con disca-pacidad, los niños, niñas y adolescentes, las comunidadesnativas y las personas privadas de libertad; Capítulo 3: Incluye otros temas y actuaciones significativas de la Defensoría del Pueblo, tales como las secuelas de laviolencia política, la reforma del servicio militar, y la actuaciónde la Defensoría del Pueblo ante instancias internacionalesde protección de derechos humanos. Asimismo, se presen-tan las resoluciones e informes defensoriales, una selecciónde los documentos de trabajo elaborados, la relación de lasopiniones sobre proyectos de ley emitidas por la Defensoríadel Pueblo, y los procesos constitucionales más importantesen los que intervino la institución; Capítulo 4: Presenta la actuación de las entidades su- pervisadas por la Defensoría del Pueblo, señalando losproblemas enfrentados y las líneas de acción defensoria-les desarrolladas frente a ellos. Se presenta, igualmente,la respuesta de las entidades supervisadas frente a nues-tras solicitudes y recomendaciones, así como la relación delos casos más graves de incumplimiento del deber de co-operación para con la Defensoría del Pueblo; Capítulo 5: Contiene los datos estadísticos que mues- tran el número de casos recibidos en el período, el estadode su tramitación y las instituciones más quejadas. Asimis-mo, se presenta información consolidada a nivel nacional yla correspondiente a cada una de las Oficinas Defensoria-les; Capítulo 6: Presenta las reflexiones sobre algunos de los temas más importantes trabajados durante el presenteperíodo, a fin de contar con una agenda de trabajo común; Anexos. Recoge las normas que regulan la labor insti- tucional, las publicaciones editadas por la Defensoría delPueblo en el período, la relación de los proyectos de co-operación técnica internacional en ejecución, los conve-nios de cooperación interinstitucional vigentes y las comi-siones en las que participa la Defensoría del Pueblo. Artículo Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO del señor Presidente de la República el informe a que se refie-re el artículo anterior. Artículo Tercero.- REMITIR el mencionado informe, por intermedio de la Presidencia del Congreso de la República,a los señores miembros de la Mesa Directiva y a los seño-res congresistas integrantes de la Comisión de Constitu-ción, Reglamento y Acusaciones Constitucionales y de laComisión de Derechos Humanos. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del "Sexto Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la Repú-blica - abril 2002 - abril 2003". Artículo Quinto.- DISPONER la preparación del Resu- men Ejecutivo a publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en Funciones 10016 J N E Declaran que regidora del Concejo Distrital de Yurœa, provincia de Atala- ya, continœa en ejercicio del cargo RESOLUCIÓN Nº 127-2003-JNE Exp.: Nº 610-03-Vacancia