Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2003 (30/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2003

Que, con Resolucion Directoral Nº 134-2000-MTC/15.16 del 5 de MORDAZA del 2000, se otorgo a la empresa AGROTORS PERU S.A.C., Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Carga Externa (ahora denominado Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Trabajo Aereo: Carga Externa), por el plazo de cinco (5) anos contados a partir del 28 de MORDAZA del 2000; Que, de acuerdo al Oficio Nº 042-2002-MTC/15.16.05.1 del 23 de enero del 2002, se le otorgo a la empresa AGROTORS PERU S.A.C. un plazo ultimo de noventa dias (90) a partir del 22 de noviembre del 2001, a fin que reinicie sus operaciones aereas; Que, de acuerdo a lo informado por el Area de Estadistica de la Direccion de Circulacion Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, la empresa AGROTORS PERU S.A.C. no registra operaciones aeronauticas desde el 20 de febrero del 2002 a la fecha; Que, de acuerdo al Oficio Nº 098-2003-MTC/12.03 del 7 de marzo del 2003, se le notifico a la empresa la aplicacion del Articulo 211º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil - Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, otorgandole un plazo de quince (15) dias, para la MORDAZA de los alegatos correspondientes; Que, de acuerdo al Documento con Registro Nº 016349 del 26 de marzo del 2003 la empresa AGROTORS PERU S.A.C. manifesto la no continuacion de sus operaciones aereas de forma definitiva; por lo que en cumplimiento de la normatividad aeronautica vigente, y en vista que la empresa no reanudaria sus actividades aereas, se procedio con el inicio de los tramites para la revocatoria del Permiso de Operacion otorgado; Que, de lo MORDAZA senalado se desprende que la empresa AGROTORS PERU S.A.C. ha incurrido en la causal de Revocacion de Permiso de Operacion senalada en los Literales a), e) y k), Numeral 97.2, del Articulo 97º de la Ley de Aeronautica Civil - Ley Nº 27261; Que, segun lo dispuesto por el Articulo 9º de la Resolucion Directoral Nº 134-2000-MTC/15.16 del 5 de MORDAZA de 2000, es necesaria la expedicion del acto administrativo correspondiente para revocar el Permiso de Operacion otorgado; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- REVOCAR el Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Carga Externa (ahora denominado Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Trabajo Aereo: Carga Externa), otorgado a la empresa AGROTORS PERU S.A.C. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 134-2000-MTC/15.16 del 5 de MORDAZA del 2000, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 10027

El Oficio Nº 1065-2003-VIVIENDA/ORDESUR/DE, del Director Ejecutivo del Organismo para la Reconstruccion y Desarrollo del Sur - ORDESUR; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion y la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, disponen que a partir del ano 2003 el Gobierno Nacional inicia el MORDAZA de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y proyectos de inversion de infraestructura productiva de alcance regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM se aprobo el "Cronograma de Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de alcance Regional, para el ano 2003", entre los cuales se encuentran los Proyectos de Reconstruccion de nivel local a cargo del Organismo para la Reconstruccion y Desarrollo del Sur - ORDESUR; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 070-CNDP-2003, del 24 de MORDAZA de 2003, se aprobo la Directiva Nº 002-CND-P-2003, "Procedimiento para la ejecucion de la Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el ano 2003, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, y Programa de Inversion en Infraestructura Productiva de Alcance Regional a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM", la cual dispone la conformacion mediante Resolucion Ministerial del Titular del Sector correspondiente, de Comisiones de Transferencia de Entrega en cada una de las entidades obligadas a transferir los fondos, proyectos y programas, las que estaran presididas por sus respectivos Titulares de Pliego e integradas ademas, por un MORDAZA de tres (3) funcionarios del mas alto nivel institucional, entre los cuales deberan encontrarse necesariamente quienes tienen la responsabilidad del area a cargo de la planificacion y presupuesto y del area legal; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de las Desentralizacion, Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902; la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion de la Comision de Transferencia de Entrega de los Proyectos de Reconstruccion de nivel local a cargo del ORDESUR. Constituyase la Comision de Transferencia de Entrega a los Gobiernos Locales de los Proyectos de Reconstruccion de nivel local a cargo del Organismo para la Reconstruccion y Desarrollo del Sur - ORDESUR, contemplados en el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, la cual estara integrada por los siguientes funcionarios de la citada entidad: - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo, quien la presidira; - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Ingenieria; - M.A. MORDAZA Nunez MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Legal; Articulo 2º.- Coordinacion. La Comision de Transferencia, a la que se refiere el articulo anterior, coordinara sus actividades con la Comision Sectorial de Transferencia, constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 168-2002-VIVIENDA, en cumplimiento del articulo 83º de la Ley Nº 27867. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 10111

VIVIENDA
Constituyen comision de transferencia de entrega de los Proyectos de Reconstruccion de nivel local a cargo del ORDESUR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-2003-VIVIENDA
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2003

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