Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2003 (30/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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las instalaciones de la citada estacion de radiodifusion comercial por television en VHF, se constato que viene operando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la renovacion de la autorizacion solicitada; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica mediante Informe Nº 563-2002-MTC/15.19.01, opina que es procedente otorgar la renovacion de la autorizacion solicitada por la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., para operar la citada estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, ubicada en la MORDAZA de Tumbes; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion a la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., para la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la MORDAZA de Tumbes, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia : BC-TV : Banda III Video: 193.25 MHz. Audio: 197.75 MHz. MORDAZA : 10 Indicativo : OBY-1M Potencia : Video: 2 Kw. Audio: 0.2 Kw Emision : Video: C3F Audio: F3E Horario : H24 Ubicacion de la Planta : Asentamiento Humano Las Malvinas Mz. 17, distrito, provincia y departamento de Tumbes. Coordenadas: L.O. 80° 26' 54" L.S. 03° 33' 23" Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, que vencera el 31 de octubre del ano 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 10037

Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las Empresas Navieras Nacionales; Que, la empresa SERVICES PUCALLPA EIRL., cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio de transporte fluvial de carga en trafico nacional o cabotaje y en servicio irregular; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20309567294; Que, mediante Informe Nº 036-2003-MTC/13.02, de la Directora de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal y Nº 057-2003-MTC/13.al, del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa SERVICES PUCALLPA EIRL., para prestar servicio de transporte fluvial de carga, en la forma siguiente:

TRAFICO SERVICIO

: Nacional o cabotaje : Irregular; en toda la Hoya Amazonica

TRANSPORTE : Carga general
Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con las embarcaciones de su propiedad denominadas "Covadonga" con matricula PA-7462-AF y "Sancho" con matricula PA-7261-EF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; la renovacion debera ser solicitada por la empresa a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado implica la obligacion por parte de la empresa de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de Transporte Fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a la Capitania de Puerto de Pucallpa y a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Ucayali. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 06574

Otorgan permiso de operacion a favor de Services Pucallpa EIRL para prestar servicio de transporte fluvial de carga general
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 079-2003-MTC/13

MORDAZA, 17 de marzo de 2003
Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-003108) presentada por la empresa SERVICES PUCALLPA EIRL., solicitando permiso de operacion para prestar servicio de transporte fluvial comercial de carga general; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio; a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial;

Revocan permiso de operacion de servicio aereo especial remunerado comercial - carga externa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 160-2003-MTC/12
MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2003

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