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PÆg. 245099 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de mayo de 2003 las instalaciones de la citada estación de radiodifusión co- mercial por televisión en VHF, se constató que viene ope-rando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidadtécnica para que se le otorgue la renovación de la autoriza-ción solicitada; Que, la Dirección de Asesoría Técnica mediante Infor- me Nº 563-2002-MTC/15.19.01, opina que es procedenteotorgar la renovación de la autorización solicitada por laCOMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A.,para operar la citada estación del servicio de radiodifusióncomercial por televisión en VHF, ubicada en la ciudad deTumbes; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decre-to Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Renovar la autorización a la COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., para laoperación de una estación del servicio de radiodifusióncomercial por televisión en VHF, en la ciudad de Tum-bes, de acuerdo a las siguientes características técni-cas: Estación : BC-TV Frecuencia : Banda III Video: 193.25 MHz.Audio: 197.75 MHz. Canal : 10Indicativo : OBY-1MPotencia : Video: 2 Kw. Audio: 0.2 Kw Emisión : Video: C3F Audio: F3E Horario : H24Ubicación de la Planta : Asentamiento Humano Las Malvinas Mz. 17, distrito, pro-vincia y departamento de Tum-bes. Coordenadas: L.O. 80° 26' 54"L.S. 03° 33' 23" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazode diez (10) años, que vencerá el 31 de octubre delaño 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 10037 Otorgan permiso de operación a favor de Services Pucallpa EIRL para pres- tar servicio de transporte fluvial de carga general RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 079-2003-MTC/13 Lima, 17 de marzo de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-003108) presen- tada por la empresa SERVICES PUCALLPA EIRL., solici-tando permiso de operación para prestar servicio de trans-porte fluvial comercial de carga general; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, enel cual se establecen las normas técnicas y legales a lascuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi-cas que prestan éste servicio; a fin de alcanzar el ordena-miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri-dad del transporte fluvial;Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir losPermisos de Operación a las Empresas Navieras Naciona-les; Que, la empresa SERVICES PUCALLPA EIRL., cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Regla-mento de Transporte Fluvial vigente, para prestar serviciode transporte fluvial de carga en tráfico nacional o cabota-je y en servicio irregular; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº20309567294; Que, mediante Informe Nº 036-2003-MTC/13.02, de la Directora de Marina Mercante y Transporte Multimodal y Nº057-2003-MTC/13.al, del Asesor Legal, se opina favora-blemente sobre la solicitud de permiso de operación pre-sentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicita-do; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de la empresa SERVICES PUCALLPA EIRL., para prestarservicio de transporte fluvial de carga, en la forma siguien-te: TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Irregular; en toda la Hoya Amazónica TRANSPORTE : Carga general Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con las embarcacionesde su propiedad denominadas ”Covadonga” con matrículaPA-7462-AF y “Sancho” con matrícula PA-7261-EF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º tendrá una vigencia de cinco (5) años, com-putados a partir de la fecha de la publicación en el DiarioOficial El Peruano; la renovación deberá ser solicitada porla empresa a la Dirección General de Transporte Acuáticodel Ministerio de Transportes y Comunicaciones con antici-pación de sesenta (60) días calendario antes de su venci-miento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado implica la obligación por parte de la empresa de someterse alDecreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposicio-nes legales y reglamentarias que regulan el transporte flu-vial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias ycomplementarias que se expidan sobre la materia, así comoa las disposiciones y directivas que dicte la Dirección Ge-neral de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas queprestan servicio de Transporte Fluvial, en la forma esta-blecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comer-cial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, a laCapitanía de Puerto de Pucallpa y a la Dirección Regionalde Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regionalde Ucayali. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EFRAÍN COLL CALDERÓN Director GeneralDirección General de Transporte Acuático 06574 Revocan permiso de operación de servi- cio aØreo especial remunerado comer-cial - carga externa RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 160-2003-MTC/12 Lima, 22 de mayo del 2003