Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2003 (30/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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ra, Policia Nacional del Peru, Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de MORDAZA, y al Administrador del Turno Permanente. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 10133

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan contratar servicio de fotocopiado mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE EXONERACION Nº 009-2003
VISTOS: El Informe Tecnico Nº D240-IT-2003-01 del 26 de MORDAZA del 2003, emitido por el Jefe del Departamento de Servicios Generales, en el que se solicita que se exonere de la realizacion de una adjudicacion directa la contratacion del servicio de fotocopiado, por un periodo de 3 meses o hasta que finalice el MORDAZA de seleccion que se convocara con el mismo objeto. El Memorandum Nº K000-MA-2003-517, de la Oficina Legal del 27 de MORDAZA del 2003, en el que se opina que la contratacion que requiere el Banco, debe efectuarse mediante una adjudicacion de menor cuantia, ya que se configura la causal de exoneracion por situacion de urgencia a que se contrae el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO QUE: El Banco ha considerado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2003 la realizacion de un Concurso Publico, para la contratacion del servicio de fotocopiado; Para definir las condiciones de la referida contratacion, por disposicion del Directorio de esta Institucion se han tenido que realizar estudios que involucran las diferentes formas de satisfacer la necesidad de contar con el servicio de fotocopiado, asi como indagaciones y evaluaciones en el MORDAZA adicionales, que han motivado que la aprobacion del MORDAZA a convocarse MORDAZA un mayor tiempo que aquel previsto originalmente; En el informe tecnico senalado en el exordio de la presente resolucion, se indica que el contrato de servicio de fotocopiado vence indefectiblemente el 31 de MORDAZA proximo, por lo que al tratarse de un servicio de caracter indispensable para la buena marcha del Banco y que de suspenderse se comprometeria la continuidad de sus servicios esenciales, resulta necesario que se tramite la resolucion de exoneracion para contratarlo durante un plazo de tres meses o hasta que finalice el MORDAZA de seleccion respectivo; El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; El inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exonerados del MORDAZA de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa las contrataciones que se realicen por situacion de urgencia; El articulo 21º de la mencionada Ley dispone que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de servicios esenciales, facultando a la entidad a su contratacion solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; En concordancia con la precitada MORDAZA, el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion

rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la situacion de urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones definitivas; Conforme al articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando por las causas que se menciona en el articulo 19º, se exonere la contratacion del requisito de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; De acuerdo con lo dispuesto en los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los casos de contrataciones exoneradas, que determinen la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de menor cuantia, la Entidad MORDAZA las contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego; A tenor del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 115º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos dentro de los diez dias calendario a la Contraloria General de la Republica y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision o adopcion, segun corresponda; Lo expuesto precedentemente permite concluir que la contratacion del servicio de fotocopiado, se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º de la citada Ley; El monto de la contratacion temporal determina la exoneracion de una adjudicacion directa y habiendose cumplido con las exigencias contenidas en el articulo 113º del Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar de la realizacion de una Adjudicacion Directa la contratacion del servicio de fotocopiado. Articulo 2º.- Autorizar a la Administracion para que, mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y con recursos propios de este Banco Central, contrate el servicio MORDAZA indicado por el periodo de tres meses o hasta que finalice el MORDAZA de seleccion respectivo. El valor referencial mensual es de US$ 13 860,00 (Trece mil ochocientos sesenta y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), incluido impuestos. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los informes que la sustentan. MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2003 MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (i) 10105

CONTRALORIA GENERAL
Desestiman recurso de reconsideracion interpuesto por ex MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA contra diversas resoluciones de contraloria
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 176-2003-CG
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2003 VISTO, el Recurso de Reconsideracion, recepcionado el 15 de MORDAZA de 2003, del senor MORDAZA Artidoro MORDAZA Suclla, ex MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, contra las Resoluciones de Contraloria Nºs. 098, 099 y 100-2003-CG de fecha 3 de MORDAZA de 2003, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 6 de MORDAZA de 2003, y la Resolucion de Contraloria Nº 112-2003-CG de fecha 7 de MORDAZA de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de MORDAZA de 2003; CONSIDERANDO: Que, como resultado de la accion de control practicada a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, por el perio-

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