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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2003 (30/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 245103 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de mayo de 2003 ra, Policía Nacional del Perú, Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Lima, y al Administrador delTurno Permanente. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 10133 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan contratar servicio de fotoco- piado mediante proceso de adjudica-ción de menor cuantía RESOLUCIÓN DE EXONERACIÓN Nº 009-2003 VISTOS: El Informe Técnico Nº D240-IT-2003-01 del 26 de mayo del 2003, emitido por el Jefe del Departamento de Servicios Gene-rales, en el que se solicita que se exonere de la realización deuna adjudicación directa la contratación del servicio de fotoco-piado, por un período de 3 meses o hasta que finalice elproceso de selección que se convocará con el mismo objeto. El Memorándum Nº K000-MA-2003-517, de la Oficina Le- gal del 27 de mayo del 2003, en el que se opina que lacontratación que requiere el Banco, debe efectuarse median-te una adjudicación de menor cuantía, ya que se configura lacausal de exoneración por situación de urgencia a que secontrae el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO QUE: El Banco ha considerado en el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del año 2003 la realización de un Con-curso Público, para la contratación del servicio de fotocopiado; Para definir las condiciones de la referida contratación, por disposición del Directorio de esta Institución se han tenido querealizar estudios que involucran las diferentes formas de satis-facer la necesidad de contar con el servicio de fotocopiado, asícomo indagaciones y evaluaciones en el mercado adicionales,que han motivado que la aprobación del proceso a convocar-se tome un mayor tiempo que aquel previsto originalmente; En el informe técnico señalado en el exordio de la presen- te resolución, se indica que el contrato de servicio de fotoco-piado vence indefectiblemente el 31 de mayo próximo, por loque al tratarse de un servicio de carácter indispensable parala buena marcha del Banco y que de suspenderse se com-prometería la continuidad de sus servicios esenciales, resultanecesario que se tramite la resolución de exoneración paracontratarlo durante un plazo de tres meses o hasta que fina-lice el proceso de selección respectivo; El marco jurídico en el que se realizan las contratacio- nes del Banco Central para la adquisición de bienes o parala contratación de servicios, está determinado por el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; El inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,establece que están exonerados del proceso de licitaciónpública, concurso público o adjudicación directa las contra-taciones que se realicen por situación de urgencia; El artículo 21º de la mencionada Ley dispone que se considera situación de urgencia cuando la ausencia ex-traordinaria e imprevisible de determinado servicio compro-mete en forma directa e inminente la continuidad de servi-cios esenciales, facultando a la entidad a su contrataciónsólo por el tiempo necesario para llevar a cabo el procesode selección que corresponda; En concordancia con la precitada norma, el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado dispone que la situaciónde urgencia debe entenderse como una medida temporalante un hecho de excepción que determina una acciónrápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la situación de urgencia, sin perjuicio de que se rea-lice el proceso de selección correspondiente para las con-trataciones y adquisiciones definitivas; Conforme al artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuandopor las causas que se menciona en el artículo 19º, se exonerela contratación del requisito de licitación pública, concurso pú-blico o adjudicación directa, debe recurrirse al proceso de ad-judicación de menor cuantía, debiendo tal exoneración apro-barse mediante resolución del Titular del Pliego de la Entidad; De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, en los casos de contrataciones exone-radas, que determinen la necesidad de efectuar procesosde adjudicación de menor cuantía, la Entidad hará lascontrataciones mediante acciones inmediatas sobre la basede la obtención, por cualquier medio de comunicación in-cluyendo el facsímil y el correo electrónico, de una cotiza-ción que cumpla los requisitos establecidos en las bases,con autorización expresa del Titular del Pliego; A tenor del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo115º de su Reglamento, copia de la resolución que aprueba laexoneración y los informes que la sustentan deben ser remiti-dos dentro de los diez días calendario a la Contraloría Generalde la República y publicada en el Diario Oficial El Peruanodentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de suemisión o adopción, según corresponda; Lo expuesto precedentemente permite concluir que la con- tratación del servicio de fotocopiado, se enmarca dentro de lodispuesto en el inciso c) del artículo 19º de la citada Ley; El monto de la contratación temporal determina la exonera- ción de una adjudicación directa y habiéndose cumplido conlas exigencias contenidas en el artículo 113º del Reglamento; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar de la realización de una Adjudi- cación Directa la contratación del servicio de fotocopiado. Artículo 2º.- Autorizar a la Administración para que, mediante un proceso de adjudicación de menor cuantía ycon recursos propios de este Banco Central, contrate elservicio antes indicado por el período de tres meses ohasta que finalice el proceso de selección respectivo. Elvalor referencial mensual es de US$ 13 860,00 (Trece milochocientos sesenta y 00/100 Dólares de los Estados Uni-dos de América), incluido impuestos. Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Con-traloría General de la República, conjuntamente con losinformes que la sustentan. Lima, 28 de mayo del 2003 MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (i) 10105 CONTRALORÍA GENERAL Desestiman recurso de re- consideración interpuesto por ex al- calde de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar contra diversasresoluciones de contraloría RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 176-2003-CG Lima, 27 de mayo de 2003 VISTO, el Recurso de Reconsideración, recepcionado el 15 de abril de 2003, del señor Luis Artidoro Ojeda Suclla, exAlcalde de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, contralas Resoluciones de Contraloría Nºs. 098, 099 y 100-2003-CGde fecha 3 de abril de 2003, publicadas en el Diario Oficial ElPeruano el 6 de abril de 2003, y la Resolución de ContraloríaNº 112-2003-CG de fecha 7 de abril de 2003, publicada en elDiario Oficial El Peruano el 10 de abril de 2003; CONSIDERANDO: Que, como resultado de la acción de control practicada a la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, por el perío-