Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2003 (31/10/2003)


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PROYECTO NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de octubre de 2003

den solicitar el cotejo de la trascripcion con la version grabada o filmada, a fin de comprobar su exactitud. La exactitud de las copias de los documentos y registros tomadas por cualquiera de los organos MORDAZA senalados, sera certificada por el funcionario autorizado. vi) La facultad de solicitar la entrega de documentacion incluye la posibilidad, para SUNASS, de presentar formularios o formatos, impresos o incluidos en mecanismos informaticos, en los cuales la EPS supervisada y fiscalizada o el organo competente de SUNASS, de ser el caso, debera consignar la informacion vinculada a la accion de supervision y fiscalizacion a ser llevada a cabo. Tratandose de la EPS SEDAPAL y las EPS de Mayor Tamano, y sin perjuicio de lo senalado en los acapites anteriores, SUNASS se encuentra facultada para disponer la entrega de informacion en todos los casos, mediante el empleo de mecanismos informaticos o de transmision de datos en linea o similares. Dependiendo de la complejidad de la informacion y/o del objeto de la accion de supervision, el supervisor responsable de la misma proporcionara a la EPS el soporte tecnico para el registro de la informacion solicitada. vii) Dictar medidas cautelares o correctivas necesarias para restablecer la situacion o para preservar la normal prestacion de los servicios de saneamiento, para efectos de lo cual resultara de aplicacion lo previsto en el Articulo 13º del presente Reglamento. viii) Instalar equipos propios en las instalaciones de las EPS para realizar labores de prueba y monitoreo, siempre que ello no dificulte en extremo la prestacion de los servicios involucrados. ix) Realizar acciones de supervision y fiscalizacion encubiertas, pudiendo comportarse como usuarios potenciales, clientes o terceros, entre otros, a fin de lograr el cumplimiento del objeto de la accion supervisora. En tales casos, su accion no se encuentra restringida al trato o informacion que se les brinda directamente al supervisor o supervisores, quedando por tanto facultados para incluir reportes respecto del trato e informacion que se brinda a otras personas. x) Requerir el MORDAZA de la fuerza publica para el desempeno de sus funciones, el mismo que sera prestado de inmediato bajo responsabilidad. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Articulo 5º de la Ley Nº 27332, en los casos en que se requiera el descerraje y se solicite el MORDAZA judicial, la orden debera ser expedida en un plazo MORDAZA de 24 horas.

Articulo 9º.- ACCIONES DE SUPERVISION Y FISCALIZACION LLEVADAS A CABO DESDE LA SEDE DE SUNASS Las acciones de supervision y fiscalizacion llevadas a cabo desde la sede de SUNASS pueden subdividirse en dos tipos: 9.1 Supervision y fiscalizacion por Informacion Permanente Corresponde al analisis de la informacion que las EPS deben remitir en forma periodica a la SUNASS y esta asociada con procedimientos de autocontrol de la entidad prestadora. La elaboracion del contenido de la informacion a ser presentada esta a cargo exclusivo de la entidad fiscalizada, la misma que podra ser verificada por la SUNASS o certificada por terceros. La supervision y fiscalizacion por informacion permanente tiene por objeto efectuar el seguimiento general sobre el desempeno de la EPS, y sobre el cumplimiento de las normas vinculadas a la prestacion del servicio, asi como de la estructura y los compromisos tarifarios. El procedimiento de supervision y fiscalizacion por informacion permanente comprende lo siguiente: 9.1.1 La MORDAZA de la informacion permanente se verificara a traves de los formatos y/o formularios que al efecto apruebe SUNASS. Dependiendo del MORDAZA, volumen y disponibilidad de la informacion, asi como del MORDAZA de la EPS, del servicio comprendido en la supervision, SUNASS, de estimarlo conveniente, podra optar por lo siguiente: i) MORDAZA de la informacion a traves de formularios o formatos impresos, previamente entregados por SUNASS, a ser llenados por el o los representantes de la entidad comprendida en la supervision y fiscalizacion. Esto sera de aplicacion principalmente en el caso de las EPS de menor tamano, sin perjuicio de la posibilidad de adoptar, de ser el caso, el empleo de los medios informaticos a que se refiere el literal ii). ii) MORDAZA de la informacion a traves de formularios o formatos incorporados en mecanismos informaticos de transmision de datos en linea o similares, para efectos de lo cual SUNASS proporcionara con anticipacion el soporte tecnico y de software necesario para la preparacion de la informacion por parte de las EPS. La MORDAZA de dichos formularios en mecanismos de transmision de datos electronicos o magneticos se verificara sin perjuicio de la MORDAZA de la informacion almacenada y/o registrada por la EPS de conformidad con lo establecido en el numeral 8.1.2 del Articulo 8º del presente Reglamento. Tratandose de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA y Callao SEDAPAL, la informacion permanente debera ser presentada en todos los casos a traves de formularios o formatos incorporados en mecanismos informaticos, disposicion aplicable a su vez para el caso de las acciones de supervision y fiscalizacion por informacion especifica. 9.1.2 Sin perjuicio de lo senalado con anterioridad, SUNASS podra establecer un cronograma de MORDAZA de informes periodicos a las EPS, los mismos que seran elaborados de acuerdo a los formatos que apruebe al efecto el organismo regulador. 9.1.3 En los casos en que el organo competente de SUNASS advierta que se ha producido MORDAZA de informacion incorporada en for-

xi) En los casos en que se considere conveniente, las acciones de supervision y fiscalizacion podran contar con la participacion de un notario, principalmente con la finalidad de acreditar los hechos consignados en las Actas de Supervision y fiscalizacion que se levanten al efecto. En el curso de las acciones de supervision, el organo competente de SUNASS podra disponer el ejercicio, en todo o en parte, de las facultades atribuidas en el presente numeral, dependiendo de las circunstancias concurrentes en cada caso, la mayor o menor complejidad del contenido de la accion de supervision y fiscalizacion y el MORDAZA de entidad a supervisar, salvo que el ejercicio de una o mas potestades hubiese sido dispuesto previa y expresamente por la Gerencia General de SUNASS, y cuyo resultado constituya el objeto de la accion de supervision. El ejercicio de las facultades senaladas por parte de SUNASS, resultara procedente con independencia de la naturaleza o caracter publico, privado o mixto de las EPS supervisados.

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