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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G32/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de octubre de 2003 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Municipalidad Distrital abrirá el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil a que se refiere lapresente Ordenanza, dentro de los diez días siguientes ala entrada en vigencia de la misma. Las organizaciones de la sociedad civil a las que se refiere el artículo 2º inciso a) de la presente Ordenanza ydeseen participar en el primer proceso de elección de re-presentantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coor-dinación Local Distrital, podrán presentar sus solicitudesde inscripción de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza dentro de los veinte (20) días hábiles siguien- tes a la fecha de Convocatoria. Segunda.- El Alcalde del Gobierno Local, bajo respon- sabilidad, convocará a la elección de los representantesde la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación LocalDistrital para el período 2003-2005, dentro del plazo máxi- mo de diez días hábiles con posterioridad a la aprobación de la presente Ordenanza. La elección se realizará no antes de cuarenticinco, ni después de sesenta días calendario de la convocatoria. Tercera.- Para la elección de los representantes de so- ciedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distri- tal para el período 2003-2005, las organizaciones podrán participar presentando los datos de inscripción y reconoci-miento de la Municipalidad de Chaclacayo. Las organiza-ciones que no acrediten personería jurídica deberán regu-larizar dicha situación en un plazo que no deberá excederde dos (2) años. VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 19913 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G65/G78/G63/G65/G70/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G61/G76/G65/G6E/G69/G64/G61/G20/G41/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA Nº 009-03/MDLV La Victoria, 17 de octubre de 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA VICTORIAVisto en la Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Concejo, celebrada con fecha 17 de octubre del 2003; laMoción presentada proponiendo Establecer una Zona deEstacionamiento Vehicular de Régimen Excepcional en laAv. Aviación del distrito de La Victoria; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º otorga a los Gobiernos Locales autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competencia, y,su artículo 195º faculta a los Gobiernos Locales en su inci-so 4) crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, ar-bitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley,inciso 5) organizar, reglamentar y administrar los serviciospúblicos locales de su responsabilidad, inciso 8) desarro-llar y regular actividades y/o servicios en materia de edu-cación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sus-tentabilidad de los recursos naturales, transporte colecti-vo, circulación y tránsito, conforme a Ley; Que, en aplicación de la Norma IV del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobier-nos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificary suprimir sus contribuciones, arbitrios, tasas, licencias yderechos o exonerar de ellas dentro de su jurisdicción ycon los límites que señala la Ley; Que, el artículo 68º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal indica que las Municipalidadespodrán imponer las siguientes Tasas: inciso a) Tasas porServicios Públicos o Arbitrios; son las tasas que se pagapor la prestación o mantenimiento de un servicio públicoindividualizado en el contribuyente;Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 36º establece que los Gobiernos Locales promuevenel desarrollo económico de su circunscripción territorial y laactividad empresarial local con criterio de justicia social; Que, la Av. Aviación es una importante arteria urbana, con un flujo muy elevado de tránsito vehicular y peatonal,que sirve como uno de los principales accesos a los cen-tros de producción, comercialización y servicios ubicadosen La Victoria, entre ellos grandes centros comerciales tra-dicionales y los negocios del Damero de Gamarra, los cua-les carecen de los necesarios espacios de estacionamien-to para facilitar las operaciones de los ofertantes y deman-dantes significando que le resta competitividad a la activi-dad empresarial y comercial victoriana, influyendo negati-vamente en el ordenamiento urbano del distrito; Que, el Decreto Legislativo Nº 418, autorizó el derecho de uso de vía a favor de la Autoridad Autónoma del ProyectoEspecial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima yCallao, con un ancho de 18 metros, sobre la avenida Avia- ción; para las probables obras de infraestructura requeridaspara la ejecución del Tren Eléctrico, por lo que cualquier dis-posición municipal que pretenda conceder un uso distinto alprevisto en el mencionado Decreto Legislativo, debe apro-barse con el carácter de temporalidad que sea necesario; Que, asimismo es necesario brindar a los agentes eco- nómicos las facilidades de seguridad, orden, limpieza y flui-dez conjuntamente con las de acceso a los mercados demayor dinamismo del distrito, cautelando el ornato y la in-tegridad física de las personas y sus bienes; Que, es facultad del Concejo Municipal ejercer funcio- nes normativas, en consecuencia, dictar, modificar y dero-gar la Ordenanzas; Por el mérito de los fundamentos expuestos, en uso de las atribuciones y competencias que la Constitución Política del Perúy la Ley Orgánica de Municipalidades le confieren, el Concejo,en la forma reglamentaria por mayoría y con dispensa del trámi-te de la lectura y aprobación del Acta; aprobó la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN ZONA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR DE RÉGIMEN EXCEPCIONAL EN LA AV. AVIACIÓN Artículo Primero.- Declarar la Av. Aviación, cuadras 1 a la 8, Zona de Estacionamiento Vehicular de Régimen Excepcio-nal, en la cual se podrá utilizar la berma central para fines deestacionamiento vehicular, mientras se mantenga la situaciónexcepcional de deficiencia de acceso, estacionamiento, segu-ridad, fluidez, orden y limpieza para los agentes económicosofertantes y demandantes que concurren a los grandes cen-tros productivos y comerciales del distrito de La Victoria. Artículo Segundo.- En la berma central de la avenida Aviación se ejecutarán previamente obras de explanación,delimitación, señalización, acondicionamiento y equipamientourbano a fin de garantizar las óptimas condiciones de pres-tación de los servicios facultados; dentro de la temporalidadque supone la excepcionalidad de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La conducción, administración y mantenimiento de estos servicios estarán a cargo de laMunicipalidad de La Victoria. Artículo Cuarto.- El monto a pagarse por concepto de Tasa de Estacionamiento Vehicular, por hora o fracción, serála vigente en el distrito de La Victoria. Artículo Quinto.- Facúltese al señor Alcalde de la Mu- nicipalidad Distrital de La Victoria, para dictar las medidasque se requieran para reglamentar de manera específicala presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Deróguense las Ordenanzas, Decre- tos y Resoluciones Municipales distritales de La Victoria,que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- Disponer la publicación de la pre- sente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 19903