Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2003 (31/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 31 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Municipalidad Distrital abrira el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil a que se refiere la presente Ordenanza, dentro de los diez dias siguientes a la entrada en vigencia de la misma. Las organizaciones de la sociedad civil a las que se refiere el articulo 2º inciso a) de la presente Ordenanza y deseen participar en el primer MORDAZA de eleccion de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, podran presentar sus solicitudes de inscripcion de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza dentro de los veinte (20) dias habiles siguientes a la fecha de Convocatoria. Segunda.- El MORDAZA del Gobierno Local, bajo responsabilidad, convocara a la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2003-2005, dentro del plazo MORDAZA de diez dias habiles con posterioridad a la aprobacion de la presente Ordenanza. La eleccion se realizara no MORDAZA de cuarenticinco, ni despues de sesenta dias calendario de la convocatoria. Tercera.- Para la eleccion de los representantes de sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2003-2005, las organizaciones podran participar presentando los datos de inscripcion y reconocimiento de la Municipalidad de Chaclacayo. Las organizaciones que no acrediten personeria juridica deberan regularizar dicha situacion en un plazo que no debera exceder de dos (2) anos. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19913

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen MORDAZA de estacionamiento vehicular de regimen excepcional en la avenida Aviacion
ORDENANZA Nº 009-03/MDLV La MORDAZA, 17 de octubre de 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Ordinaria de Concejo, celebrada con fecha 17 de octubre del 2003; la Mocion presentada proponiendo Establecer una MORDAZA de Estacionamiento Vehicular de Regimen Excepcional en la Av. Aviacion del distrito de La Victoria; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º otorga a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y, su articulo 195º faculta a los Gobiernos Locales en su inciso 4) crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley, inciso 5) organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad, inciso 8) desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educacion, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, conforme a Ley; Que, en aplicacion de la MORDAZA IV del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, tasas, licencias y derechos o exonerar de ellas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 68º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal indica que las Municipalidades podran imponer las siguientes Tasas: inciso a) Tasas por Servicios Publicos o Arbitrios; son las tasas que se paga por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente;

Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su articulo 36º establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local con criterio de justicia social; Que, la Av. Aviacion es una importante arteria MORDAZA, con un flujo muy elevado de MORDAZA vehicular y peatonal, que sirve como uno de los principales accesos a los centros de produccion, comercializacion y servicios ubicados en La MORDAZA, entre ellos MORDAZA centros comerciales tradicionales y los negocios del Damero de MORDAZA, los cuales carecen de los necesarios espacios de estacionamiento para facilitar las operaciones de los ofertantes y demandantes significando que le resta competitividad a la actividad empresarial y comercial victoriana, influyendo negativamente en el ordenamiento MORDAZA del distrito; Que, el Decreto Legislativo Nº 418, autorizo el derecho de uso de via a favor de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, con un ancho de 18 metros, sobre la avenida Aviacion; para las probables obras de infraestructura requeridas para la ejecucion del Tren Electrico, por lo que cualquier disposicion municipal que pretenda conceder un uso distinto al previsto en el mencionado Decreto Legislativo, debe aprobarse con el caracter de temporalidad que sea necesario; Que, asimismo es necesario brindar a los agentes economicos las facilidades de seguridad, orden, limpieza y fluidez conjuntamente con las de acceso a los mercados de mayor dinamismo del distrito, cautelando el ornato y la integridad fisica de las personas y sus bienes; Que, es facultad del Concejo Municipal ejercer funciones normativas, en consecuencia, dictar, modificar y derogar la Ordenanzas; Por el merito de los fundamentos expuestos, en uso de las atribuciones y competencias que la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades le confieren, el Concejo, en la forma reglamentaria por mayoria y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta; aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN MORDAZA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR DE REGIMEN EXCEPCIONAL EN LA AV. AVIACION Articulo Primero.- Declarar la Av. Aviacion, cuadras 1 a la 8, MORDAZA de Estacionamiento Vehicular de Regimen Excepcional, en la cual se podra utilizar la berma central para fines de estacionamiento vehicular, mientras se mantenga la situacion excepcional de deficiencia de acceso, estacionamiento, seguridad, fluidez, orden y limpieza para los agentes economicos ofertantes y demandantes que concurren a los MORDAZA centros productivos y comerciales del distrito de La Victoria. Articulo Segundo.- En la berma central de la avenida Aviacion se ejecutaran previamente obras de explanacion, delimitacion, senalizacion, acondicionamiento y equipamiento MORDAZA a fin de garantizar las optimas condiciones de prestacion de los servicios facultados; dentro de la temporalidad que supone la excepcionalidad de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La conduccion, administracion y mantenimiento de estos servicios estaran a cargo de la Municipalidad de La Victoria. Articulo Cuarto.- El monto a pagarse por concepto de Tasa de Estacionamiento Vehicular, por hora o fraccion, sera la vigente en el distrito de La Victoria. Articulo Quinto.- Facultese al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, para dictar las medidas que se requieran para reglamentar de manera especifica la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Deroguense las Ordenanzas, Decretos y Resoluciones Municipales distritales de La MORDAZA, que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Septimo.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19903

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