NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 33
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G32/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de setiembre de 2003 atún y especies afines los que contemplen infraestructu- ra de desembarque, almacenamiento en frío de 2000 to- neladas mínimo, procesamiento de congelado mínimo 50 ton/día o procesamiento de enlatados de 2000 cajas/tur-no, en las condiciones y el ámbito de los departamentos, que se indican en el citado artículo 2º; Que en aplicación a los dispositivos anteriormente mencionados, se debe proceder a precisar lo señalado en el párrafo que antecede, estableciendo las condiciones que deben cumplir los establecimientos industriales pesque-ros para el otorgamiento de la licencia de operación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Regla- mento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PE; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precísese que el traslado o cambio de ubicación de los establecimientos industriales pesque- ros de consumo humano indirecto a que se refiere el ar- tículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 242-2003-PRO-DUCE, está condicionado al desarrollo de plantas de harina y aceite de pescado con innovación tecnológica, las mismas que deberán dedicarse a la producción deharinas de pescado de alto contenido proteínico. Artículo 2º.- Precísese que las plantas de harina de pescado de alto contenido proteínico a que se refiere elartículo anterior forman parte de proyectos de inversión pesquera que propician la industrialización del recurso atún y especies afines. Artículo 3º.- El otorgamiento de la licencia de operación de las plantas de consumo humano indirecto en los proyec- tos indicados en el artículo anterior, estará condicionado ala operatividad y funcionamiento de las plantas de consumo humano directo y de la infraestructura de desembarque (mue- lle) y almacenamiento en frío de 2000 toneladas mínimo porser parte integrante de los citados proyectos. Artículo 4º.- El traslado o cambio de ubicación de las plantas de harina y aceite de pescado referidas en el ar-tículo 1º de la presente Resolución, no deberá sobrepasar bajo ninguna circunstancia de los máximos de capaci- dad instalada establecidos para cada localidad, corres-pondiendo : 50 t/h para Tierra Colorada, 50 t/h para Ba- yóvar y 30 t/h para Paita en el departamento de Piura; y 50 t/h para Coishco en el departamento de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 17009 RELACIONES EXTERIORES /G52/G65/G6D/G69/G74/G65/G6E/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G4D/G75/G6C/G74/G69/G6C/G61/G74/G65/G72/G61/G6C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2003-RE Lima, 12 de setiembre de 2003 Remítase al Congreso de la República la documenta- ción referente al "Acuerdo Multilateral sobre la Liberali- zación del Transporte Aéreo Internacional" , adoptado en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos deAmérica, el 1 de mayo de 2001, para los efectos a que se contraen los artículos 56º y 102º, inciso 3, de la Constitu- ción Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 17045/G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G34/G37/GAA/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G2D/G6D/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G41/G74/GF3/G6D/G69/G63/G61/G28/G4F/G49/G45/G41/G29/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G41/G75/G73/G74/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0797-2003-RE Lima, 12 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que la 47ª Conferencia General del Organismo Inter- nacional de Energía Atómica (OIEA), se llevará a caboen la ciudad de Viena, República de Austria, del 15 al 19 de septiembre del 2003; Que en el contexto de la citada Conferencia General se desarrollará el foro científico "Nuevos Horizontes: La Ener- gía Nuclear en un Mundo en Evolución", el 16 y 17 de sep- tiembre de 2003; y la Reunión Anual del Órgano de Repre-sentantes del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe (ARCAL), que es presidida por el Perú; Que, en consecuencia, es necesario designar a la delegación peruana que asistirá a dichos eventos; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 3241 del Gabinete de Coordinación del Secre- tario de Política Exterior, de 28 de agosto de 2003; De conformidad con el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánicadel Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciem- bre de 1992; y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, de 6 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la 47ª Conferencia General del Orga-nismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), a reali- zarse en la ciudad de Viena, República de Austria, del 15 al 19 de septiembre del 2003, la que estará conformadapor los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repú- blica, Javier Paulinich Velarde, Representante Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, República de Austria, quien la presidirá; - Doctor Modesto Montoya Zavaleta, Presidente del Instituto Peruano de Energía Nuclear; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Hugo Portugal Carbajal, Representante Permanente Al- terno del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, República de Austria; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Alberto Hart Potesta, Director de Asuntos Marítimos y Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores; - Consejera en el Servicio Diplomático de la República, Carmen del Rocío Azurín Araujo, funcionaria de la Repre- sentación Permanente del Perú ante los Organismos In-ternacionales con sede en Viena, República de Austria; - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la Re- pública, Luis Miguel Rodríguez Chacón, funcionario de laRepresentación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, República de Austria. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione la par- ticipación del doctor Modesto Montoya Zavala, serán con cargo al presupuesto del Instituto Peruano de EnergíaNuclear. Artículo Tercero.- El viaje del Ministro Alberto Hart Potesta será financiado por la Comisión Permanente delPacífico Sur (CPPS) y se hará efectivo del 10 al 17 de septiembre de 2003. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes al término de la referida conferencia, el Ministro Alberto Hart Potesta, deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe delas acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no ocasio- na gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio deRelaciones Exteriores ni da derecho a exoneración o li-