Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2003 (24/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2003

vicios Electricos (en adelante "NTCSE") en la red de distribucion; Que, asimismo, indica que otras soluciones, como el empleo de compensacion capacitiva o el empleo de reelevadores de tension, serian muy forzadas y consecuentemente costosas y que deberian desestimarse debido a que las soluciones para la transmision no debe significar mayores costos para la distribucion, toda vez que no esta considerado en el Valor Agregado de Distribucion (en adelante "VAD"). 2.1.2.2 ANALISIS DEL OSINERG a. MORDAZA de equipamiento de transformadores no es secuencial en el tiempo Que, respecto a este punto, el OSINERG repite las consideraciones senaladas en el literal "b" del numeral 2.1.1.2 de la presente resolucion, concluyendo que corresponde modificar el MORDAZA de secuenciamiento utilizado por el OSINERG; Que en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideracion debe declararse fundado en parte. b. Celdas MT en Subestaciones MORDAZA 5 (San MORDAZA, Bujama, MORDAZA y San Mateo) Que, LUZ DEL SUR no ha alcanzado el sustento solicitado de los datos empleados en su calculo de caida de tension, tales como distancias y cargas distribuidas a lo largo de 5 puntos de los alimentadores, ni tampoco ha realizado el analisis de otras alternativas de solucion; Que, el OSINERG ha realizado un calculo similar al presentado por LUZ DEL SUR, cuyos resultados indican que se puede llegar a una carga de hasta 3,0 MVA/alimentador, sin problemas de caida de tension; Que, por otro lado, de acuerdo a la demanda para las subestaciones MORDAZA 5 y la cantidad de celdas de 10 kV empleada, la carga MORDAZA por cada celda es 3,5 MVA; Que, en el caso de subestaciones perifericas, el hecho de considerar una celda por cada alimentador es antieconomico, dado que resultaria que las subestaciones Bujama o San MORDAZA tengan 6 celdas para una potencia de 9 MVA. Ante esto, es practica comun que una celda sirva hasta dos alimentadores, los mismos que pueden seccionarse en las primeras estructuras por medio de seccionalizadores o seccionadores cut-out para lograr mayor operatividad; Que, en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideracion debe ser considerado infundado. 2.1.3 LINEAS DE TRANSMISION 2.1.3.1 Sustento del Petitorio a. Nuevas lineas de 60 kV requeridas Que, LUZ DEL SUR solicita se incorporen 3 nuevas lineas: · Linea Chorrillos - Barranco, a partir del ano 2012, debido a sobrecarga del enlace San MORDAZA - Balnearios 220kV en condiciones de contingencia; · Linea San MORDAZA - MORDAZA, a partir del ano 2014, debido a problemas de sobrecarga del enlace San MORDAZA - MORDAZA y baja tension en la MORDAZA Lurin, ante una contingencia en el enlace MORDAZA - Lurin; · Linea MORDAZA MORDAZA - Limatambo, a partir del ano 2016, por problemas de sobrecarga del enlace San MORDAZA - Balnearios 220 kV en caso de contingencia; Que, LUZ DEL SUR sustenta su solicitud manifestando, que el modelo empleado por el OSINERG ha considerado unicamente el sistema de LUZ DEL SUR y ha asumido las tensiones en las barras de generacion; manifiesta que se debe considerar un modelo que abarque un sistema mayor que contenga, al menos, las barras mas importantes del Sistema Electrico Nacional y la carga de Edelnor; Que, asimismo, considera que en el modelo empleado por el OSINERG no se han considerado las perdidas de los transformadores AT/MT para los anos 2004 a 2017, lo que ha originado que no se detecten sobrecargas en la linea San MORDAZA - MORDAZA 60 kV. LUZ DEL SUR adjun-

ta archivos del modelo de la red para el ano 2017, que incluye los transformadores AT/MT. b. Modificaciones en los calibres de algunas lineas de 60 kV Que, LUZ DEL SUR solicita que se modifiquen los calibres de las lineas subterraneas: · Linea San MORDAZA - Limatambo de 400 a 500 mm2, por problemas de sobrecarga en caso de contingencia del enlace MORDAZA -San Isidro; · Linea MORDAZA - San MORDAZA de 400 a 500 mm 2, por problemas de sobrecarga en caso de contingencia del enlace San MORDAZA - Limatambo; Que, LUZ DEL SUR manifiesta que la metodologia N1, empleada por el OSINERG en forma relativa para las lineas subterraneas, en base a la ocurrencia de las interrupciones fortuitas, solo toma en cuenta una parte de la consecuencia de la MORDAZA, la cual es la frecuencia, dejando de lado el otro aspecto que es la duracion de la interrupcion; Que, LUZ DEL SUR senala que para el caso de los cables subterraneos la duracion de la MORDAZA es mucho mayor que en lineas aereas, debido a los trabajos de ubicacion de MORDAZA, rotura de pistas y veredas, excavacion y reparacion de cable. 2.1.3.2 Analisis del OSINERG a. Nuevas lineas de 60 kV requeridas Que, en la etapa del Analisis de las Observaciones y Sugerencias de LUZ DEL SUR al proyecto de resolucion, se presentaron las simulaciones de flujos de carga para el ano 2017, con la representacion de la totalidad del SEA de Edelnor y las barras principales del Sistema Electrico Interconectado Nacional (en adelante "SEIN"), corrigiendose ademas las tensiones de las barras San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA e Independencia, de lo cual se concluyo que estas modificaciones no alteran el plan de equipamiento del SEA propuesto; Que, por otro lado, con la finalidad de confirmar el SEA obtenido, se han realizado nuevas simulaciones de flujos de potencia para el ano 2017 con un modelo mas amplio, que representa la totalidad del SEA de Edelnor y las principales barras del MORDAZA, incluyendo el Sistema Mantaro - Lima; Que, los resultados de estas nuevas simulaciones, demuestran que no se exceden los valores maximos, ni en condiciones normales ni en contingencia, en las referidas lineas y por lo tanto, no varian el SEA obtenido inicialmente; Que, el modelo empleado por LUZ DEL SUR, mostrado en su archivo de flujo de potencia correspondiente al ano 2017, tiene las siguientes inconsistencias: - No incluye las lineas de 220 kV que evacuan la potencia y energia de la CH Mantaro hacia Lima; debido a esta simplificacion, asume una excesiva potencia de entrada en la MORDAZA Independencia 220kV; - Representa una generacion en la CT Ventanilla, menor que la que producira con la generacion a gas. Por otro lado, se ha considerado una potencia generada en la C.H Huinco menor que el promedio producido por la misma; Que, estas inconsistencias del modelo propuesto por LUZ DEL SUR, originan a que los flujos de potencia se distorsionen; Que, con respecto al efecto de las perdidas de los transformadores AT/MT, debe senalarse que dichas perdidas representan, en promedio, menos del 0,5% de la carga total y, por lo tanto, no tienen efecto sobre la potencia MORDAZA de lineas y subestaciones, dado que estas operan con un factor de utilizacion menor a 1,0; Que en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideracion debe ser considerado infundado. b. Modificaciones en los calibres de algunas lineas de 60 kV Que, el criterio mas conveniente para el planeamiento de un sistema de transmision es el llamado criterio

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