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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (30/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 70

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G36/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de abril de 2004 ción del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que re- quiere de un informe técnico legal previo; Que, mediante el Informe Técnico Nº 180-49-92- 2004, la División de Logística señala que la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria, SAT, median- te Memorándum Nº 01-92-00000056, establece la necesidad de contar con el servicio de un asesor ex- terno, proponiendo la contratación del Dr. Richard Ja- mes Martin Tirado como profesional especializado en temas relativos a la función pública, desarrollo de procedimientos administrativos, reforma del Estado, organización y funcionamiento de entidades públicas; Que, asimismo, se indica que el referido señor es abogado de profesión con más de 12 años de ejercicio, cuenta con experiencia en la función pública, estudios de Maestría, especialización en Regulación y servicios públicos, ha desempeñado labores como Secretario Ge- neral del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Ener- gía y Minas, Miembro del cuerpo colegiado de OSIP- TEL, Presidente del Directorio de la Sociedad de Be- neficencia de Lima Metropolitana; Asesor Legal de la Comisión Especial de Concesiones Viales y de la Contraloría General de la República, Gerente de Asun- tos Laborales y Administrativos del IPSS, docente en distintas universidades en temas relacionados al Dere- cho Económico; Derecho Público; Derecho Administrati- vo, entre otros; Que, del mismo modo, ha sido miembro de la Comi- sión encargada de elaborar el Proyecto de Ley Marco del Empleo Público, Ley de Carrera de los Servidores Públicos; Ley de Funcionarios Públicos y de Emplea- dos de Confianza; Ley del Sistema de Remuneraciones del Empleo Público; Ley de Gestión de Recursos Hu- manos; Ley de Incompatibilidades y Responsabilidades; Que, en tal sentido, conforme a las características especiales así como a la calidad de su servicio, el Dr. Richard James Martin Tirado se constituye como el pro- veedor idóneo que garantice el cumplimiento de las con- diciones específicas requeridas para brindar la aseso- ría especializada que necesita el SAT; Que, por esta razón, con el objeto de garantizar un servicio altamente calificado y especializado que satisfaga íntegramente las necesidades del SAT, es necesario exonerar por la causal de servicio personalísimo la contratación de la asesoría externa especializada del referido profesional a fin de contar con sus servicios por un plazo máximo de 9 meses y por la suma máxima de S/. 102,272.72 (Ciento Dos Mil Doscientos Setenta y Dos y 72/100 Nuevos Soles), in- cluido todo tipo de impuestos; Que, mediante Informe Nº 04-82-00001139, la Gerencia de Asuntos Legales opina que, por las circuns- tancias descritas se puede determinar que estamos ante la excepción prevista por el literal h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por el De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con el artículo 20º de la referida norma y el artículo 111º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que, de producirse algún supuesto de exoneración que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, la adquisición o contratación deberá lle- varse a cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requi- sitos establecidos en las Bases, con autorización expre- sa del Titular del Pliego o de la máxima autoridad admi- nistrativa de la entidad, según corresponda; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 011- 2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el artículo 6º del Edicto Nº 227, Esta- tuto del SAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración por causal de servicios personalísimos del proceso de selección deAdjudicación Directa Pública para la contratación del servicio de asesoría externa con el Dr. Richard James Martin Tirado, en temas relativos a la función pública, desarrollo de procedimientos administrativos, reforma del Estado, organización y funcionamiento de entidades pú- blicas, por un plazo de nueve (9) meses y por un valor referencial de S/. 102,272.72 (Ciento Dos Mil Doscien- tos Setenta y Dos y 72/100 Nuevos Soles), incluido todo tipo de impuestos. Artículo 2º.- La contratación aprobada mediante la presente Resolución será financiada con recursos pro- pios de la entidad, encontrándose dicho gasto debida- mente presupuestado e incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT correspondien- te al año 2004. Asimismo, se ha previsto que el monto a pagar correspondiente al ejercicio 2005 se considere en el presupuesto de dicho año. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción proceda a la contratación indicada mediante un pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía y conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisicio- nes del Estado. Artículo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administra- ción efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, y remita una copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contralo- ría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes, conforme lo establece el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el artículo 115º de su Re- glamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Servicio de Administración Tributaria 08108 MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G72/G69/G66/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G63/G6F/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G20/G70/G6F/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G63/G68/G69/G70/G61/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65 ORDENANZA Nº 024-MCPSMH Centro Poblado Santa María de Huachipa, 7 de abril de 2004 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO:El Concejo del C.P. de Santa María de Huachipa, en Sesión Ordinaria de fecha 6 de abril del 2004; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, con el Convenio Nº 007-2003 GAJ/MCPSMH, la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, transfiere a la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa la administración del agua potable de Huachipa Norte, quien asumirá el costo y la recaudación por la pres- tación de dicho servicio; Que, con Informe Nº 055-2004 GSSM/MCPSMH, el Gerente de Servicios Sociales y Municipales, indica el aná- lisis de costos y gastos, la misma que se refleja en el cua- dro de tarifas doméstico y comercial;