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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G35/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de abril de 2004 productos que ofrece el Instituto Tecnológico Pesquero - ITP, son de calidad superior a los que se fácilmente pode- mos encontrar en el mercado y por un precio menor a los que se comercializan, garantizados por una tecnología de avanzada y de todo un proceso de investigación que involucra la cooperación de países altamente desarrolla- dos en materia de productos hidrobiológicos y pesque- ros"; Que, dicha gerencia agrega en su informe que el Insti- tuto Tecnológico Pesquero ofrece suministrar los produc- tos hidrobiológicos a un costo total equivalente en S/. 28 650,00 (Veintiocho Mil Seiscientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), productos alimenticios que en compara- ción con productos similares por otras empresas priva- das que ofrecen suministrar productos de fabricación na- cional e importados la adquisición resultaría más favora- ble y ventajosa con los precios de mercado, observándose que los precios no son producto de ventaja o prerrogativa de su condición de entidad pública; Que, resulta necesario tener presente que al aproxi- marse la festividad del día de la madre, festividad en la cual serán distribuidos estos productos, los precios de mercado pueden sufrir variación en perjuicio de los inte- reses del Gobierno Regional del Callao, por lo tanto re- sulta más eficiente adqui rirlos al Instituto Tecnológico Pesquero - ITP en forma oportuna, atendiendo los plazos que conlleva la realización de una Adjudicación Directa Selectiva; así como, la disponibilidad de recursos asigna- dos dentro del calendario de compromisos; Que, esta adquisición resultará técnicamente idónea y viable por cuanto esta entidad tecnológica pública ofre- ce suministrar los productos, de acuerdo con las necesi- dades predeterminadas por la Región Callao, despren- diéndose del cuadro comparativo de propuestas que los bienes a suministrar por dicha Entidad cumple con las especificaciones técnicas y son de mejor calidad, circuns- tancia a la que debe agregarse la especialidad de sus actividades en este rubro; Que, los bienes a adquirir se refiere a la elaboración de productos hidrobiológicos acorde con la actividad de dicha entidad pública por lo tanto cumple la condición es- tablecida en el Numeral 2. del Artículo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus normas modificatorias; Que, la realización de la Adjudicación Directa Selecti- va para adquirir todos los productos, valorizados en S/. 61 950,00 (Sesenta y Un Mil Novecientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) para su distribución por el día de la madre, desde su convocatoria hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativa firme demandaría mas de 20 días hábiles, estimándose concluir después de esa fecha; considerando que el costo y oportunidad a partir de esa fecha serían perjudiciales para los objetivos pre- vistos por la Entidad; por lo tanto, es conveniente que una parte de esta adquisición valorizada en S/. 28 650,00 (Veintiocho Mil Seiscientos Cincuenta con 00/100 Nue- vos Soles) se realice con una Entidad del Estado y en fecha oportuna. El saldo de los productos a adquirir valorizados en S/. 33 300,00 (Treinta y Tres Mil Trescientos Con 00/100 Nuevos Soles) se realizará el proceso de se- lección de Adjudicación de Menor Cuantía que corres- ponde de acuerdo a ley; Que, según Informe de visto la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que por las razones expuestas por la Ge- rencia Regional de Desarrollo Social en su informe técni- co - económico, el costo beneficio, la oportunidad de la prestación resulta más favorable, ventajosa, idónea y via- ble contratar con un Entidad del Estado, de acuerdo a lo sancionado con el Literal a) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, y Artículo 106º de su Reglamen- to. Haciéndose necesario expedir la resolución exonerati- va arreglado al Artículo 20º del TUO de la citada ley y el Artículo 113º de su Reglamento y en la forma prevista en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Que, en virtud de las atribuciones conferidas por los Artículos 20º, 21º inciso "v" y 41º de la Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", el numeral "4" del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Or- denanza Regional Nº 002-2004-REGIÓN CALLAO/CR, modificado con Ordenanza Regional Nº 004-2004-Región Callao/CR; con la Conformidad de la Gerencia GeneralRegional y las visaciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, de la Gerencia de Administración y de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonérese, por las considera- ciones expuestas, de la realización del proceso de Adjudi- cación Directa Selectiva el suministro de los productos de "Incentivo Social para Mujeres en Situación de Ries- go y Vulnerabilidad en la Región Callao 2004", cuya re- lación en Anexo Nº 04 debidamente rubricado forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial, de- signado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 058- 2005-Region Callao/PR de fecha 12 de febrero del 2004, realice el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía para adquirir los bienes a que se refiere el artículo preceden- te, valorizados en S/. 28 650,00 (Veintiocho Mil Seiscien- tos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), con una Insti- tución Tecnológica Pública; mediante acciones inmedia- tas conforme lo prevé el Artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Y El saldo de los productos a adquirir valorizados en S/ . 33 300,00 (Treinta y Tres Mil Trescientos Con 00/100 Nuevos Soles) se realizará el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía que corresponde de acuerdo a ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Trámite Documentario para que remita, a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional de la Entidad, la presente resolución y los informes técnico - económico y legal, dentro del plazo que establece la ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 08283 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D /G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C /G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2004-CR/RLL Trujillo, 14 de abril del 2004 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Liber- tad, de conformidad con lo previsto en los artículos 197 y 198 de la Constitución Política del Perú de 1993, modifica- do por la Ley de Reforma Constitucional del capítulo XIV del título IV, sobre Descentralización- Ley Nº 27680-, Ley de Bases de Descentralización-Ley Nº 27783-, Ley Orgá- nica de los Gobiernos Regionales-Ley Nº 27867-, su modi- ficatoria Ley Nº 27902 y demás normas complementarias. CONSIDERANDO:Que, el Inc. "c" del Art. 15º de la Ley Nº 27867 que aprueba la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, pre- cisa que son atribuciones del Consejo Regional apro- bar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Partici- pativo, en el marco del plan de desarrollo concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales del Presupuesto Gene- ral de la República y a la Ley de Prudencia y Transpa- rencia Fiscal; Que, el Art. 19º del Reglamento Interno del Consejo Regional de la Región La Libertad prescribe que son atri- buciones del Consejo Regional las establecidas en el Art.