Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2004 (30/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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productos que ofrece el Instituto Tecnologico Pesquero ITP, son de calidad superior a los que se facilmente podemos encontrar en el MORDAZA y por un precio menor a los que se comercializan, garantizados por una tecnologia de avanzada y de todo un MORDAZA de investigacion que involucra la cooperacion de paises altamente desarrollados en materia de productos hidrobiologicos y pesqueros"; Que, dicha gerencia agrega en su informe que el Instituto Tecnologico Pesquero ofrece suministrar los productos hidrobiologicos a un costo total equivalente en S/. 28 650,00 (Veintiocho Mil Seiscientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), productos alimenticios que en comparacion con productos similares por otras empresas privadas que ofrecen suministrar productos de fabricacion nacional e importados la adquisicion resultaria mas favorable y ventajosa con los precios de MORDAZA, observandose que los precios no son producto de ventaja o prerrogativa de su condicion de entidad publica; Que, resulta necesario tener presente que al aproximarse la festividad del dia de la MORDAZA, festividad en la cual seran distribuidos estos productos, los precios de MORDAZA pueden sufrir variacion en perjuicio de los intereses del Gobierno Regional del Callao, por lo tanto resulta mas eficiente adquirirlos al Instituto Tecnologico Pesquero - ITP en forma oportuna, atendiendo los plazos que conlleva la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva; asi como, la disponibilidad de recursos asignados dentro del calendario de compromisos; Que, esta adquisicion resultara tecnicamente idonea y viable por cuanto esta entidad tecnologica publica ofrece suministrar los productos, de acuerdo con las necesidades predeterminadas por la Region Callao, desprendiendose del cuadro comparativo de propuestas que los bienes a suministrar por dicha Entidad cumple con las especificaciones tecnicas y son de mejor calidad, circunstancia a la que debe agregarse la especialidad de sus actividades en este rubro; Que, los bienes a adquirir se refiere a la elaboracion de productos hidrobiologicos acorde con la actividad de dicha entidad publica por lo tanto cumple la condicion establecida en el Numeral 2. del Articulo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus normas modificatorias; Que, la realizacion de la Adjudicacion Directa Selectiva para adquirir todos los productos, valorizados en S/. 61 950,00 (Sesenta y Un Mil Novecientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) para su distribucion por el dia de la MORDAZA, desde su convocatoria hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativa firme demandaria mas de 20 dias habiles, estimandose concluir despues de esa fecha; considerando que el costo y oportunidad a partir de esa fecha serian perjudiciales para los objetivos previstos por la Entidad; por lo tanto, es conveniente que una parte de esta adquisicion valorizada en S/. 28 650,00 (Veintiocho Mil Seiscientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) se realice con una Entidad del Estado y en fecha oportuna. El saldo de los productos a adquirir valorizados en S/. 33 300,00 (Treinta y Tres Mil Trescientos Con 00/100 Nuevos Soles) se realizara el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia que corresponde de acuerdo a ley; Que, segun Informe de visto la Gerencia de Asesoria Juridica senala que por las razones expuestas por la Gerencia Regional de Desarrollo Social en su informe tecnico - economico, el costo beneficio, la oportunidad de la prestacion resulta mas favorable, ventajosa, idonea y viable contratar con un Entidad del Estado, de acuerdo a lo sancionado con el Literal a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y Articulo 106º de su Reglamento. Haciendose necesario expedir la resolucion exonerativa arreglado al Articulo 20º del TUO de la citada ley y el Articulo 113º de su Reglamento y en la forma prevista en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Que, en virtud de las atribuciones conferidas por los Articulos 20º, 21º inciso "v" y 41º de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales", el numeral "4" del Articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2004-REGION CALLAO/CR, modificado con Ordenanza Regional Nº 004-2004-Region Callao/CR; con la Conformidad de la Gerencia General

Regional y las visaciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, de la Gerencia de Administracion y de la Gerencia de Asesoria Juridica del Gobierno Regional del Callao; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerese, por las consideraciones expuestas, de la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva el suministro de los productos de "Incentivo Social para Mujeres en Situacion de Riesgo y Vulnerabilidad en la Region Callao 2004", cuya relacion en Anexo Nº 04 debidamente rubricado forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial, designado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0582005-Region Callao/PR de fecha 12 de febrero del 2004, realice el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para adquirir los bienes a que se refiere el articulo precedente, valorizados en S/. 28 650,00 (Veintiocho Mil Seiscientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), con una Institucion Tecnologica Publica; mediante acciones inmediatas conforme lo preve el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Y El saldo de los productos a adquirir valorizados en S/ . 33 300,00 (Treinta y Tres Mil Trescientos Con 00/100 Nuevos Soles) se realizara el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia que corresponde de acuerdo a ley. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Tramite Documentario para que remita, a la Contraloria General de la Republica y al Organo de Control Institucional de la Entidad, la presente resolucion y los informes tecnico - economico y legal, dentro del plazo que establece la ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente 08283

GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Aprueban Reprogramacion del Programa de inversiones correspondiente al ejercicio fiscal 2004
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2004-CR/RLL MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2004 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197 y 198 de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del capitulo XIV del titulo IV, sobre Descentralizacion- Ley Nº 27680-, Ley de Bases de Descentralizacion-Ley Nº 27783-, Ley Organica de los Gobiernos Regionales-Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el Inc. "c" del Art. 15º de la Ley Nº 27867 que aprueba la Ley Organica de Gobiernos Regionales, precisa que son atribuciones del Consejo Regional aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el MORDAZA del plan de desarrollo concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales del Presupuesto General de la Republica y a la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal; Que, el Art. 19º del Reglamento Interno del Consejo Regional de la Region La MORDAZA prescribe que son atribuciones del Consejo Regional las establecidas en el Art.

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