Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2004 (30/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
Orden Cantidad 3. 59 Unidad Detalle

Pag. 267591
Beneficiario Asociacion Hogar Clinica San MORDAZA de MORDAZA - Arequipa. Asociacion Hogar Clinica San MORDAZA de MORDAZA - Arequipa. Caritas Diocesana de Arequipa. Caritas Diocesana de Arequipa. Caritas Diocesana de Arequipa. Caritas Diocesana de Arequipa. Monasterio de las Religiosas Carmelitas de la Antigua Observancia en el Peru. Mallas por 60 Kg. Ajo Napuri de Primera. aprox. c/u. Mallas por 75 Kg. Ajo Napuri de Segunda. aprox. c/u. Mallas por 90 Kg. Cebolla Roja seca de aprox. c/u. Primera. Mallas por 90 Kg. Cebolla Roja seca de aprox. c/u. MORDAZA Mallas por 60 Kg. Ajo Napuri de Primera. aprox. c/u. Mallas por 75 Kg. Ajo Napuri de Segunda. aprox. c/u. Mallas por 60 Kg. Ajo Napuri de Primera. aprox. c/u.

Autorizan donacion de bienes comisados declarados en abandono
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 097-2004/SUNAT MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que el Articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria- SUNAT establecera el procedimiento para la realizacion del comiso, remate, donacion, destino o destruccion de los bienes en infraccion; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 00397/SUNAT se reglamento la aplicacion de la sancion de comiso de bienes senalada en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que la Intendencia Regional MORDAZA, mediante las Resoluciones de Intendencia Nros. 054-25-0001131 de fecha 31 de marzo de 2004, 054-25-0001140 de fecha 2 de MORDAZA de 2004 y 054-25-0001143 de fecha 2 de MORDAZA de 2004, ha declarado en abandono los bienes comisados mediante Actas Probatorias Nºs. 0500600000738-003, 0500600000811-003 y 0500600000767-003, respectivamente, al haber transcurrido el plazo que otorga el Articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario sin que el infractor cumpla con identificarse y acreditar la propiedad de dichos bienes; Que de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 3142004-2J0000 de la Intendencia Regional MORDAZA, se recomienda efectuar la donacion de los bienes declarados en abandono a las Instituciones Beneficiarias que se indican en la parte resolutiva de la presente Resolucion; Que en tal estado del MORDAZA, segun lo establecido en la Resolucion de Superintendencia Nº 003-97/SUNAT, corresponde al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria autorizar la donacion de los bienes comisados, asi como la seleccion de los beneficiarios de dicha donacion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM, y estando a lo dispuesto en el Articulo 22º del Reglamento de Sancion de Comiso de Bienes, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 003-97/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la donacion de los bienes comisados declarados en abandono por la Intendencia Regional MORDAZA mediante la Resoluciones de Intendencia Nºs. 054-25-0001131, 054-25-0001140 y 054-25-0001143 a favor de las Instituciones Beneficiarias que se detallan en el Anexo de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El responsable de la Intendencia involucrada, designado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 089-2002/SUNAT es el encargado de ejecutar y dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional ANEXO A LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 097-2004/SUNAT
Orden Cantidad 1. 233 Unidad Detalle Beneficiario

4.

41

5. 6. 7. 8. 9.

132 200 59 40 10

08267

Autorizan prorrogar contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el departamento de MORDAZA, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 098-2004/SUNAT MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentra exonerada de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa la prorroga del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles, siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º de dicho texto legal; Que en los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Informe Tecnico Legal Nº 015-2004-SUNAT/ 2N0100 de la Oficina de Administracion y Almacen de la Intendencia Regional MORDAZA, indica que se requiere prorrogar por el periodo de ocho (8) meses, comprendido entre el 1 de MORDAZA de 2004 y el 31 de diciembre de 2004, el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en el MORDAZA MORDAZA Nº 205, distrito de Abancay, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, en el que actualmente funciona la Oficina Remota Abancay de la mencionada Intendencia; Que en dicho Informe, la Oficina de Administracion y Almacen en mencion, ha sustentado la necesidad de seguir contando con el indicado local, debido a que es necesario para el normal desarrollo de las actividades a cargo de la Oficina Remota de Abancay, y considerando que la SUNAT ha efectuado gastos de implementacion en el citado inmueble; Que el mencionado informe indica que el importe de la renta mensual ascendente a S/. 1,500.00 (Mil quinientos y 00/100 Nuevos Soles) se mantendra invariable por el periodo que comprende la prorroga, lo que concuerda con lo informado por el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Abancay, a cuya jurisdiccion pertenece el inmueble, a traves de la Carta s/n de fecha 23 de MORDAZA de 2004;

Mallas por 92 Kg. Cebolla Roja de Primera. Asociacion Hogar aprox. c/u. Clinica San MORDAZA de MORDAZA - Arequipa. Mallas por 92 Kg. Cebolla Roja de Segunda. Asociacion Hogar aprox. c/u. Clinica San MORDAZA de MORDAZA - Arequipa.

2.

95

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