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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G39/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de enero de 2004 o) Organizar, dirigir y controlar los sistemas de Trámite Documentario y Archivo. p) Supervisar, conjuntamente con el funcionario respon- sable de la Gerencia que corresponda, el correcto desem- peño de las mesas de partes y archivos periféricos formal-mente instalados en las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad. q) Elaborar informes mensuales dirigidos a la Alta Di- rección, acerca del desempeño de la gestión documenta- ria de la Municipalidad. r) Informar mensualmente al Alcalde, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. s) Proponer el diseño de procesos y procedimientos de su Unidad Orgánica en coordinación con la Gerencia deTecnologías de Información y Procesos. t) Cumplir con las demás funciones establecidas por el Reglamento Interior del Concejo Municipal. u) Velar por el cumplimiento de los objetivos específi- cos de su competencia, establecidos en el Plan Estratégi- co Institucional de la Municipalidad, aprobado con Resolu-ción de Alcaldía Nº 935-2002-RASS del 20 de noviembre de 2002. v) Ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyec- tos, de su competencia, contenidos en el Plan de Desarro- llo Integral del Distrito, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 73-2002-ACSS del 4 de octubre de 2002, especialmen-te de los que requieren su directa participación, como: Crea- ción de espacios de difusión de ordenanzas y reglamentos y, programa de difusión de las normas existentes. w) Cumplir con las demás funciones delegadas por el Alcalde. Artículo 35º.- La Oficina de Secretaría General para el cumplimiento de sus funciones relativas a los sistemas de Trámite Documentario y Archivo cuenta con las siguientesunidades orgánicas: - Unidad de Trámite Documentario. - Unidad de Administración de Archivos. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL /GD8 OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 36º.- El Órgano de Control Institucional es con- formante del Sistema Nacional de Control, encargado de ejecutar el control gubernamental interno posterior; tiene como misión promover la correcta y transparente gestiónde los recursos y bienes de la Municipalidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de accio-nes y actividades de control para contribuir con el cumpli- miento de los fines y metas institucionales. Artículo 37º.- El Órgano de Control Institucional está a cargo de un funcionario designado con nivel de Gerente, quien depende funcional y administrativamente de la Con- traloría General de la República, e informa directamente alAlcalde sobre los requerimientos y resultados de las ac- ciones y actividades de control, inherentes a su ámbito de competencia. Artículo 38º.- Son funciones de la Oficina de Control Institucional: a) Formular y ejecutar el Plan Anual de actividades de Control de la Municipalidad conforme a los lineamientos y directivas que imparta el Sistema Nacional de Control. b) Ejercer el control interno posterior en todas las áreas, proyectos y actividades de la Municipalidad, de acuerdo a la Ley del Sistema Nacional de Control y a las normas deAuditoría Gubernamental. c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la Municipalidad que disponga laContraloría General de la República, así como las que sean requeridas por el Concejo Municipal. d) Asesorar sin carácter vinculante a la Alcaldía con el propósito de mejorar los procesos de control interno. e) Realizar anualmente, auditorías a los estados finan- cieros y presupuestarios de la Municipalidad, cuando di-chas auditorías no se hayan encargado a una sociedad de auditoría externa, conforme a la normatividad vigente. f) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivasque adopte la Municipalidad, como resultado de las accio- nes y actividades de control, comprobando su materializa-ción efectiva, conforme a los términos y plazos respecti- vos. Dicha función comprende, efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de lasacciones de control. g) Remitir los informes a la Contraloría General de la República y al Alcalde, sobre los resultados y acciones decontrol efectuadas, cuando correspondan, conforme a las disposiciones de la materia. h) Informar anualmente al Concejo Municipal, acerca del ejercicio de sus funciones y del estado de control del uso de los recursos municipales. i) Efectuar el registro, seguimiento y verificación en el sistema mecanizado de auditoría gubernamental (Sistema de Auditoría Gubernamental –SAGU– y Sistema Informáti- co del Proceso de la Acción Correctiva –INFOPRAC–) delas medidas correctivas adoptadas por la Municipalidad para implantar las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría. j) Conservar los informes de control y papeles de traba- jo; denuncias recibidas y documentos relativos a la activi- dad funcional del Órgano de Control, en la debida formadurante un plazo de diez años, de acuerdo a lo dispuesto por el Sistema Nacional de Control. k) Apoyar a las comisiones de auditoría de la Contralo- ría General de la República y a las que designe, para el desarrollo de acciones de control que se realicen en el ámbito de la Municipalidad. l) Recibir y atender las denuncias que formulan los fun- cionarios, servidores públicos y contribuyentes sobre ac- tos y operaciones de la Municipalidad, otorgándole el trá-mite que corresponda a su mérito y documentación sus- tentatoria respectiva. m) Remitir a la Gerencia de Tecnologías de Informa- ción y Procesos, las observaciones, conclusiones y reco- mendaciones resultantes de cada acción de control, para su publicación en el portal electrónico de la Municipalidad. n) Formular y proponer el Presupuesto Anual del Órga- no de Control Institucional para su aprobación correspon- diente por la Municipalidad. o) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloría General de la República. p) Administrar la información que se procese en el sis- tema informático con que cuente la unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. q) Administrar el Sistema de Trámite Documentario en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. r) Otras funciones afines que establezca la Contraloría General de la República. CAPÍTULO V DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN /GD8 CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRI- TAL Artículo 39º.- El Consejo de Coordinación Local Distri- tal es un órgano de coordinación y concertación de la Mu-nicipalidad de Santiago de Surco. Está constituido por el Alcalde, quien lo preside, los regidores del distrito y los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil,gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización del distrito, debidamente acredita- dos, conforme a Ley, con las funciones y atribuciones quele señala la Ley Orgánica de Municipalidades. El Alcalde puede delegar la presidencia al Teniente Alcalde. El Consejo de Coordinación Local Distrital, se rige por su propio Reglamento, aprobado por Ordenanza Munici- pal, a propuesta del Consejo. /GD8 JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNA- LES Artículo 40º.- La Junta de Delegados Vecinales Comu- nales es un órgano de coordinación integrado por los re- presentantes de las agrupaciones urbanas del distrito y queestán organizadas principalmente como juntas vecinales. Asimismo está integrada por las organizaciones sociales de base, vecinales o comunales y por los vecinos que re-