Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2004 (23/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 73

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G31/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de julio de 2004 Cercado de Lima, provincia y región Lima, con su respec- tiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Huaca Corpus I, Código de Plano PP-0077-INC-DREPH/DA-2004-UG, de fecha 15 de marzo de 2004, a escala 1/250, con unárea de 5485.17 m2, perímetro 317.02 ml. ubicado en eldistrito Cercado de Lima, provincia y región Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Huaca Corpus II, Código de Plano PP-0078-INC-DREPH/DA-2004-UG, de fecha 16 de marzo de 2004, a escala 1/250,con un área de 2826.25 m2, perímetro 213.94 ml. ubicadoen el distrito Cercado de Lima, provincia y región Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Huaca Culebras, Código de Plano PP-0079-INC-DREPH/DA-2004-UG, de fecha 11 de marzo de 2004, a escala 1/200,con un área de 1579.59 m2, perímetro 159.80 ml. ubicadoen el distrito Cercado de Lima, provincia y región Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación del Complejo Arqueológico men-cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje del Complejo Arqueológico declarado "Pa-trimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro-bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 13625 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 502/INC Lima, 9 de julio de 2004 Visto, el Acuerdo Nº 572 de fecha 27 de octubre del 2003, de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología. CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y de-clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra-dicionales del país; Que, mediante Resolución Directoral Nº 072-94-IRC- LL-D de fecha 1 de agosto de 2004, se reconoce comoárea arqueológica El Algarrobal de Moro, ubicado en elPoblado de Pacanguilla, distrito de Pacanga, provincia deChepén, departamento de La Libertad y asimismo, se es-tablece como área intangible la Zona Arqueológica El Al-garrobal del Moro, delimitado en el Plano de junio 1994 aescala 1:4000, con un área intangible de 3'135,877.00 m2(Tres Millones Ciento Treinta y Cinco mil Ochocientos Se-tenta y Siete metros cuadrados), indicándose además, susrespectivos linderos y medidas perimétricas; Que, mediante Informe Nº 526-2003-INC-DREPH/DSP- RAF de fecha 6 de octubre de 2003, la Dirección de Super-visión y Peritajes, recomienda que se ratifique en todossus términos la precitada resolución y el plano del áreaintangible de la Zona Arqueológica El Algarrobal del Moro; Que, mediante Acuerdo Nº 552 de fecha 13 de octubre del 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura, ratifique en todos sus términos la ResoluciónNº 072-94-IRC-LL-D de fecha 1 de agosto de 1994 y asi-mismo, se declare Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica El Algarrobal del Moro, ubicado en elPoblado de Pacanguilla, provincia de Chepén, departamen-to de La Libertad; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y laOficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica El Algarrobal del Moro, ubicada enel poblado de Pacanguilla , provincia de Chepén, departa-mento de La Libertad. Artículo 2º.- Ratificar en todos sus extremos la Resolu- ción Directoral Nº 072-94-IRC-LL-D de fecha 1 de agostode 1994, emitida por el Instituto Regional de Cultura deLibertad, que reconoce como área arqueología El Algarro-bal de Moro, ubicado en el Poblado de Pacanguilla, distritode Pachanga, provincia de Chepén, departamento de LaLibertad y establece su área intangible, delimitada en elPlano de junio 1994 a escala 1:4000, con un área intangi-ble de 3'135,877.00 m2 (Tres Millones Ciento Treinta y Cin-co mil Ochocientos Setenta y Siete metros cuadrados), in-dicándose además, sus respectivos linderos y medidas pe-rimétricas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 13627 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 506/INC Lima, 9 de julio de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 081, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 05 defecha 2 de marzo de 2004; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y de-clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra-dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 081, de fecha 2 de marzo de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re-comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al SitioArqueológico "Los Cano - La Concordia", ubicado en eldistrito de Patapo, provincia de Chiclayo, departamento deLambayeque; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico "Los Cano - La Concordia", ubicadoen el distrito de Patapo, provincia de Chiclayo, departa-mento de Lambayeque. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Topográfico y Perimé- trico del Sitio Arqueológico "Los Cano - La Concordia", Pla-