Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2004 (28/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

cacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la MORDAZA Arqueologica de MORDAZA es declarada intangible, mediante Resolucion Ministerial Nº 74083-ED, de fecha 4 de MORDAZA de 1983, aprobandose el Plano de Delimitacion Perimetrico Nº 83-0031, y su respectiva memoria descriptiva que senalan un area de 492 Has + 9.495 m2 de superficie y un perimetro de 12,043.26 ml.; Que, con fecha 20 de enero de 1986, la MORDAZA Arqueologica de MORDAZA es inscrita como Bien Cultural Monumental de la Nacion en la ficha Nº 81836 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 762/ INC de fecha 6 de junio de 2000, en su articulo 1º resuelve mantener la intangibilidad del area remanente de la MORDAZA Arqueologica MORDAZA, ratificandola la delimitacion senalada en el Plano Nº INC/2000-002, con un area de 4662,333.83 m2, dentro de una poligonal de 12,793.32 ml., cuyos datos tecnicos estan contenidos en el Plano Nº 015CCZAOAAHH-2000; Que, mediante Informe Nº 018-2004-INC/DREPH/DALAMS, de fecha 3 de marzo de 2004, el Lic. MORDAZA Moulet, reitera que el Plano de delimitacion de la MORDAZA Arqueologica MORDAZA tenia errores en los vertices del 54 al 63. Asimismo comunica que habiendose realizado la verificacion del MORDAZA plano de delimitacion, los cambios han sido realizados segun las recomendaciones en los sectores colindantes con el asentamiento humano MORDAZA C. MORDAZA II y el MORDAZA de regadio; Que, mediante el Acuerdo Nº 092, de fecha 18 de marzo de 2004, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda se apruebe el Plano Perimetrico de la MORDAZA Arqueologica MORDAZA, Nº 013-INC-COFOPRI2003, de fecha setiembre de 2003, a escala 1/5000, con un area de 4652,966.74 m2 y un perimetro de 12,932.95 ml., ubicado en el distrito de Lurin, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, que la aprobacion del Plano Perimetrico de la MORDAZA Arqueologica MORDAZA, Nº 013-INC-COFOPRI2003, con su respectiva ficha tecnica, se realice mediante Decreto Supremo; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762- Ley Organica del Ministerio de Educacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, los articulos 2º y 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar patrimonio cultural de la nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Que, el numeral 65.1 del articulo 65º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que "El ejercicio de la competencia es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegacion o avocacion, segun lo previsto en esta Ley"; asimismo, el MORDAZA de legalidad consagrado en el Titulo Preliminar de la precitada Ley establece que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 24047"Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y Resolucion Suprema Nº 0042000-ED, "Reglamento de Investigaciones Arqueologicas"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plano Perimetrico de la MORDAZA Arqueologica MORDAZA, Nº 013-INC-COFOPRI-2003, de fecha setiembre de 2003, a escala 1/5000, con un

area de 4652,966.74 m2 y un perimetro de 12,932.95 ml., ubicado en el distrito de Lurin, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion, del Sitio Arqueologico mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 13932

Retiran condicion de Monumento perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nacion a inmueble ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 538/INC MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2004 Visto los Expedientes Nºs. 03562/2002, 05594/2002, 02085/2004, 02638/2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 25 de febrero de 2004 los senores MORDAZA MORDAZA Portillo y MORDAZA MORDAZA Portillo, solicitan el Retiro de Condicion de Monumento del inmueble de su propiedad ubicado en Jr. Oroya Nº 142-146-150-154-162-170-184-186-198 esquina Jr. Huancavelica Nº 1002-1006-1014-1022, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Jefatural Nº 515-89-INC/J de fecha 11 de agosto de 1989, ubicado dentro del Centro Historico de MORDAZA declarado mediante Resolucion Suprema Nº 290072-ED de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, de evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 12 de fecha 2 de MORDAZA de 2004, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. Antecedentes. 2. El Informe Nº 969-2002-INC/GL del abogado MORDAZA Buzzio Cordoba, profesional de la Gerencia Legal. 3. El Informe Nº 030-2004-INC/DREPH-DCRM-JMEL del Arq. MORDAZA MORDAZA Exebio MORDAZA, profesional de la Direccion de Conservacion y Restauracion de Monumentos. CONSIDERANDO: 1. Que, las estructuras fisicas del inmueble que aun permanecen se encuentran seriamente afectadas, habiendo perdido su capacidad portante; asimismo, no reune las minimas condiciones de habitabilidad ni de seguridad. 2. Que, de los antecedentes administrativos no se desprende la ejecucion de acciones de demolicion a cargo de los propietarios, sin embargo en virtud de las leyes de conservacion del Patrimonio Arquitectonico son los responsables de velar por la integridad y conservacion de sus estructuras. SE ACORDO: 1. Proponer el retiro de condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. Oroya Nº 142-146150-154-162-179-184-186-198 esquina Jr. Huancavelica Nº 1002-1006-1010-1014-1022, distrito, provincia y departamento de Lima. 2. Solicitar opinion de la Oficina de Asuntos Juridicos referente a la imposicion de las sanciones pertinentes por el estado de abandono del inmueble por parte del propietario para deslindar su responsabilidad por negligencia o dolo en la conservacion de los Bienes del Patrimonio Cultural de la Nacion (Cap. V, Ley Nº 24047, Titulo IV del Reglamento Nacional de Construcciones); Que, mediante Informe Nº 205-2004-INC/OAJ la Oficina de Asuntos Juridicos se pronuncia sobre los danos en

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