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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (06/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G38/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de junio de 2004 Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA ALICIA ARMAS LUNA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 10669 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 066-2004/SBN-GO-JAR La Molina, 31 de mayo de 2004 Visto el Expediente Nº 056-2004/SBN-JAR, correspon- diente a la inscripción en primera de dominio a favor delEstado del terreno eriazo de 20 103,44 m², ubicado al sur este del Centro Poblado “El Angel”, al sur de la ciudad de Huaral, distrito y provincia de Huaral, departamento deLima; y, CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabili-dad y estableciendo mecanismos para su registro, ins-cripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificaron terrenos ubicados en el distrito y provin-cia de Huaral, departamento de Lima, que se encuentranlibres de inscripción; Que, con fecha 3 de setiembre de 2003, se realizó la inspección técnica, en la cual se verificó que el terreno de 20 103,44 m², ubicado al sur de la ciudad de Huaral, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; esde naturaleza eriaza, conformado por pampa arenosa debaja pendiente, colindante a cerros de mediana altura, alsur este del Centro Poblado “El Angel”; Que, mediante Oficio Nº 688-2003-SUNARP-Z.RNºIX/ HRL, de fecha 6 de noviembre de 2003, emitido sobre la base del Informe Técnico Nº 5014/2003-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 4 de noviembre de 2003, la Oficinade Catastro de la Zona Registral IX - Sede Lima - de laSuperintendencia Nacional de los Registros Públicos,concluye que no se ubicó inscripción sobre el predio en consulta; Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 19 de abril de 2004, el Registro Predial Urbanoseñaló que según el Informe Técnico Nº 03252-2004-SUNARP-RPU/OC-LIMA de fecha 26 de marzo de 2004,emitido por su Oficina de Catastro, el área de 20 103,44 m², se encuentra ubicado en zona donde no se aprecia inscripción en dicho Registro; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el “Estatuto de la Superin-tendencia de Bienes Nacionales” señala que los terrenoseriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera ins- cripción de dominio del terreno antes descrito, de confor-midad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,que aprueba el “Reglamento General de ProcedimientosAdministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal” y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de ins- cripción de la primera de dominio de predios a favor delEstado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprue- ba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Su- perintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a la Jefa-tura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar losterrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de in-corporarlos al dominio del Estado, así como a emitir enprimera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Dispo- sición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modi-ficado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decre-to Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales” y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, “Reglamento General de Procedimientos Admi-nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, modifica-do por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0131-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 31 de mayo de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno eriazo de 20 103,44 m², ubicado al sur este del Centro Poblado “El Angel”, al sur de la ciudad de Huaral, distrito y provincia de Huaral, de-partamento de Lima, según el plano Nº 0590-2004/SBN-GO-JAR y memoria descriptiva Nº 374-2004/SBN-GO-JAR que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- Zona Registral IX - Sede Lima - Oficina de Huaral de la Superintendencia Nacional de los Regis- tros Públicos, por el mérito de la presente Resoluciónefectuará la primera inscripción de dominio a favor delEstado del terreno descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA ALICIA ARMAS LUNA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 10670 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 067-2004/SBN-GO-JAR La Molina, 31 de mayo de 2004 Visto el expediente Nº 052-2004/SBN-JAR, correspondiente a la inscripción en primera de dominioa favor del Estado del terreno eriazo ribereño al mar deuna extensión de 33 141,15 m², ubicado en la ladera norte del cerro “Tortuga” y punta “La Capilla”, al extre- mo oeste del Balneario de “Tortugas”, altura del km. 392de la carretera Panamericana Norte, distrito de Coman-dante Noel, provincia de Casma, departamento de An-cash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, seidentificaron terrenos ubicados en el distrito de ComandanteNoel, provincia de Casma, departamento de Ancash, que se encuentran libres de inscripción; Que, con fecha 3 de octubre de 2003, se realizó la ins- pección técnica, en la cual se identificó el terreno de 33141,15 m², m², de naturaleza eriaza, ribereño al mar, cons-tituido por la ladera del cerro “Tortuga” y punta “La Capilla”que se encuentra libre de construcción u ocupación algu- na; Que, el Registro Predial Urbano, mediante Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 3 de mayo de 2004, emiti-do sobre la base del Informe Técnico Nº 0180-2004- Z.R.NºVII-ORCH/OC, de fecha 26 de abril de 2004, señala que laextensión de 33 141,15 m², no se encuentra inscrito en el Registro Predial Urbano, ni se superpone con ningún pre- dio inscrito en su Registro; Que, el Registro de la Propiedad Inmueble de Cas- ma, mediante Certificado Negativo de Inmatriculaciónde fecha 5 de mayo de 2004, sobre la base del InformeNº 099-2004-Z.R. Nº VII/JEFCAT y el reporte de la búsqueda realizada en el Registro de la Propiedad In- mueble de dicha Oficina, determinó que respecto al in-mueble de 33 141,15 m², no se ha encontrado inscrip-ción alguna;