Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2004 (06/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, MORDAZA 6 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 269881

sobre la base del Informe Tecnico Nº 10994-2003-SUNARPRPU/OC-LIMA, expedido por su Oficina de Catastro, senala que el terreno de 468 460,02 m² que comprende al terreno de 454 777,47 m², no se encuentra inscrito ni se superpone con ningun predio inscrito en aquel registro; Que, mediante Certificado Catastral, de fecha 12 de enero de 2004, la Oficina de la MORDAZA Registral IX- Sede MORDAZA, sobre la base del Informe Tecnico Nº 30-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX-OC, senala que efectuada la busqueda en el Sistema de Indice de Propiedad del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao, el terreno de 454 777,47 m² no se halla inscrito y que revisada la Base Cartografica no se visualiza predios inscritos en el ambito del citado Registro; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno de 454 777.47 m², de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como tambien, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por el Decreto Supremo Nº 1072003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0093-2004/SBN-GO-JAR de fecha 30 de MORDAZA de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo denominado Parcela H1C de 454 777,47 m², ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, segun el plano y memoria descriptiva que sustenta la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral IX - MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 10668 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 065-2004/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 Visto el expediente Nº 057-2004/SBN-JAR, correspondiente a la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de 1 578,88 m² ubicado en la esquina de las calles Caminos del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico

de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificaron terrenos ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encuentran libres de inscripcion; Que, con fecha 9 de setiembre de 2003, se realizo la inspeccion tecnica en la cual se identifico el terreno de 1 578,88 m², ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encuentra ocupado por el Centro de Educacion Inicial del Instituto de los Hermanos del Sagrado Corazon, la Capilla "La Santisima Trinidad", una casa-habitacion, parte de la Unidad de Servicios educativos-USE Nº 03 y parte del Centro Educativo MORDAZA Herrera; Que, el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, mediante Certificado Catastral de fecha 3 de marzo de 2004, expedido sobre la base del Informe Tecnico Nº 0784-2004SUNARP-Z.R. Nº IX/OC del 23 de febrero de 2004, determino que la extension de 1 578,88 m², esta comprendido en MORDAZA donde graficamente no se observa inscripcion registral; Que, el Registro Predial MORDAZA, conforme al Certificado de Busqueda Catastral de fecha 23 de marzo de 2004, emitido sobre la base del Informe Tecnico Nº 02671-2004SUNARP-RPU/OC-LIMA, de fecha 15 de marzo de 2004, emitido por su Oficina de Catastro, concluyo que la extension de 1 578,88 m² no se encuentra inscrita en el Registro Predial Urbano; Que, la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, establece que el Estado representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales asumira la calidad de propietario de aquellos bienes que, sin constituir propiedad privada, no se encuentren inscritos en los Registros Publicos, ni registrados en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal -SINABIP; Que, los incisos i) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/ SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a inmatricular predios a favor del Estado cuando este carece de titulos comprobatorios de dominio, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, Directiva Nº 001-2002/ SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; y, Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 129-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 28 de MORDAZA de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de un area de 1 578,88 m² ubicado en la esquina de las calles Caminos del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun los documentos tecnicos que sustenta la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA, Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.