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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (06/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G38/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de junio de 2004 Que, el Congreso Económico Regional de La Libertad, es una asamblea técnica y plural de carácter económicoen el cual están representados todos los agentes que in-tervienen en la producción regional; Que, el Congreso Económico Regional, aportaría el con- curso técnico de todos los participantes de la vida económica de la Región, redescubriendo nuestra realidad sobre la base de nuestra riqueza y el potencial económico regional a fin decontar con una estrategia de desarrollo de corto, mediano ylargo plazo que permita elevar nuestros índices de produc-ción y consumo y ser competitivos colocando nuestros pro-ductos en los mercados nacionales e internacionales para lograr un crecimiento y desarrollo con sostenibilidad; Que, para hacer eficiente y eficaz la gestión del Go- bierno Regional La Libertad, creará el Congreso Económi-co Regional a fin de diseñar y orientar la planificación es-tratégica del desarrollo y formular propuestas que permi-tan promover y atraer las inversiones de manera sosteni- ble, producir bienes y servicios y la protección del medio ambiente, de modo que permitan generar mejores nivelesde vida para nuestros pueblos; Que, a través del Congreso Económico Regional de La Libertad, se impulsarán las grandes posibilidades de de-sarrollo que tiene la región, principalmente, sus ventajas sustentadas en la riqueza de sus recursos naturales reno- vables y no renovables, sus ventajas comparativas y com-petitivas; Que, en atención de lo expuesto y a lo acordado por unanimidad en sesión del Consejo de la referencia en usode las facultades conferidas por el artículo 21º inc. o) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; ORDENA:Artículo 1º.- CRÉASE EL CONGRESO ECONÓMICO REGIONAL DE LA LIBERTAD, como órgano consultivo del Gobierno Regional para la formulación democrática de la planificación y como ente representativo de los factores dela producción. Su objetivo es contribuir al desarrollo regional con sos- tenibilidad y alcanzar para la Región La Libertad, las másamplias metas de justicia social. Su finalidad es diseñar las políticas, objetivos y metas de la economía regional que permitan el desarrollo regio-nal sostenido. Artículo 2º. - El Congreso Económico Regional está constituido por los representantes del Gobierno Regional,del trabajo y del capital, que lo integrarán en igual propor- ción. Los representantes del trabajo y del capital son elegidos por las organizaciones laborales y empresariales respecti-vamente. El Gobierno Regional estará representado por lostécnicos de los órganos regionales, sectoriales y de planifi-cación del Gobierno Regional; por los representantes de las Universidades y de los Colegios Profesionales; estará pre- sente también un representante de las Fuerzas Armadas yPoliciales, este último participará en calidad de invitado. Artículo 3º.- El Congreso Económico Regional de La Libertad, es el órgano superior de planificación y sus deci-siones tienen el carácter de recomendaciones. Son atribuciones del Congreso Económico Regional las siguientes: a) Actuar como órgano consultivo coordinador y con- certador de los factores de la producción del Gobierno Regional. b) Investigar y evaluar la realidad socio – económica de la Región. c) Pronunciarse sobre los planes de desarrollo del Ins- tituto Regional de Planificación, elevando sus informes odictámenes, para la aprobación o conocimiento del Conse- jo Regional, precisando las necesidades esenciales y prio- ritarias de la región, los recursos disponibles y las poten-cialidades para satisfacerlas. d) Emitir dictámenes a solicitud del Consejo Regional sobre los proyectos de carácter económico que se presen-ten ante éste. e) Ejercer ante el Consejo Regional, el derecho de ini- ciativas en materia económica. f) Velar por la buena marcha y el cumplimiento de los objetivos y metas de las empresas que manejan fondospúblicos dependientes del Gobierno Regional.g) Proponer una legislación económica regional cohe- rente con los planes de desarrollo nacional y aconsejar lasmedidas para el mejor cumplimiento de su objetivo. h) Ejercer en materia de economía todas las demás atribuciones que señala la Ley Regional. Artículo 4º.- El Congreso Económico Regional, estará constituido por una Gerencia Técnica Permanente y ten-drá como organismos técnicos de apoyo: Al Instituto Re-gional de Planificación y al Instituto Regional de Estadísti-ca e Informática. Artículo 5º.- La Gerencia Técnica Permanente estará compuesta por especialistas en el campo de la economía y serán representantes del capital, el trabajo y el GobiernoRegional. Tendrá la coordinación de los organismos técni-cos de apoyo, siendo su sede la Capital de la Región. Artículo 6º. - El Instituto Regional de Planificación es el organismo técnico encargado de planificar el desarrollo económico regional a través de planes de corto, mediano y largo plazo. Artículo 7º.- El Instituto Regional de Estadística e In- formática es el organismo técnico encargado de recoger,procesar, computar y tener al día las estadísticas regiona-les de todos los sectores de la producción como del nivel nacional. Artículo 8º. - Son elementos de trabajo de la Gerencia Técnica Permanente: a) Los que solicite al Gobierno Regional, a las oficinas regionales y sectoriales. b) Los que soliciten a las personas o instituciones pri- vadas. c) Los que suministre el Consejo Regionald) Los que obtenga de sus propias investigaciones.e) Todos aquellos documentos que sean necesarios para el menor esclarecimiento de los problemas que estudia y sobre los que tiene que emitir opinión el Congreso Econó- mico Regional Artículo 9º.- Cualquier entidad pública y privada puede presentar proyectos a consideración de la Gerencia Técni- ca Permanente, los que serán evaluados y luego coordina- dos con los organismos técnicos de apoyo. Artículo 10º.- La Gerencia Técnica Permanente podrá solicitar información técnica de los problemas cuyo estu-dio considere importante a las entidades del Gobierno Re-gional Artículo 11º.- La Gerencia Técnica Permanente pre- parará la Agenda de los temas que debe tratar el CongresoEconómico Regional, así como sus respectivos informesfundamentados por los órganos técnicos de Apoyo: Institu-to Regional de Planificación y e Instituto Regional de Esta-dística e Informática. La publicación previa de la Agenda es obligatoria. La Gerencia Técnica Permanente preparará el ReglamentoInterno del CER para sí consideración y aprobación por elPleno del Congreso Económico Regional. Artículo 12º.- El Congreso Económico Regional con- vocará a cuatro sesiones ordinarias anuales, dos en el pri- mer trimestre (enero – junio) y dos en el segundo semes- tre (agosto – diciembre) para tratar aspectos específicosdel desarrollo económico regional, pudiendo reunirse ex-traordinariamente cuando la situación lo amerite y a pedi-do de las dos terceras partes de sus integrantes. El período de sesiones debe durar cinco días hábiles para tratar los puntos que fije la convocatoria. Dos días antes el Congreso se reunirá en sesiones preparatoriaspara elegir por el período de un año al Comité Directivo, elque estará constituido por un Presidente, un Vicepresiden-te y dos Secretarios. Artículo 13º.- El Pleno del Congreso económico Re- gional es deliberante y está integrado según el régimen de la representación funcional por los representantes del Go-bierno Regional, del Capital y del trabajo; de todos los sec-tores de la economía regional. Artículo 14º.- La concurrencia de sus miembros es obligatoria y sus funciones son casi Ad – Honoren, pues recibirán simbólicamente un Nuevo Sol (S/.1.00) como pago. El Gobierno Regional sólo abonará los gastos de viaje ypermanencia de sus integrantes cuando éstos son repre-sentantes de las provincias que no residen en la capital dela Región. El Reglamento normará esta situación.