Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2004 (06/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de junio de 2004

mantenimiento siguientes: MORDAZA Puchka, Rio Mosna, MORDAZA de Colcas, MORDAZA de Huachucocha y Puka Allpa; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867; Ley de Bases de Descentralizacion - Ley Nº 27783; y, Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demas normas conexas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INCLUIR EN EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA UNIDAD EJECUTORA 001 SEDE MORDAZA, DEL PLIEGO GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA, para el ejercicio presupuestal 2004, de acuerdo al detalle siguiente:
MORDAZA RURAL POMACHACAHUAYTUNA SAN MARCOSPOMACHACA-HUARI HUARI-SAN MORDAZA (km 109+543-140+003) HUARI-SAN MORDAZA (km 140+003-171+313) ACZO-LLAMELLIN LONGITUD (km) 8.49 32.64 30.46 31.31 15.75 MONTO S/. 20,265.00 90,489.84 86,215.20 72,333.60 41,209.56 PROVINCIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA C.F.FITZCARRALD MORDAZA RAYMONDI

Articulo Segundo.- Comunicar la presente resolucion al CONSUCODE, dentro de 10 dias habiles siguientes a su aprobacion; asi tambien dentro del mismo plazo, a la Comision de Promocion de la Pequena y MicroempresaPROMPYME, dando cuenta al CONSUCODE. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 10723

Presidente Regional de MORDAZA sobre el MORDAZA del apoyo financiero que el Ministerio de Economia y Finanzas esta brindando a los Gobiernos Regionales para complementar el financiamiento de los nuevos cargos de autoridades y funcionarios con cargo al presupuesto de su entidad". "Con tal finalidad remitio los "Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial" los cuales incluia los formatos que deberan ser remitidos con la solicitud de Contratacion por cada uno de los profesionales calificados a contratar" "Uno de lo requisitos fundamentales consistia en que se adjuntara una CERTIFICACION de la Oficina General de Administracion afirmando que el consultor no percibe remuneracion y que no percibe incentivos laborales, racionamiento o cualquier concepto de similar denominacion a cargo del Estado. De igual manera el Consultor debia presentar una Declaracion Jurada en aplicacion del Art. 42º de la Ley Nº 27444, afirmando de no tener ningun vinculo laboral con alguna Entidad del Estado, asi mismo que sabe que los fondos con los que se les paga sus honorarios profesionales provienen del Tesoro Publico". "Mediante Oficio Nº 0355-2003-REGION ANCASH/ PRE, de fecha 20 de marzo de 2003, el senor Presidente Regional elevo la propuesta de ambos ex funcionarios al senor MORDAZA MORDAZA Lombarda, Viceministro de Economia. Al respecto precisamos que la ejecucion de los tramites le fue delegado al ex Gerente General don MORDAZA MORDAZA Unzueta Accinelli, de acuerdo a lo confirmado por el Presidente Regional en su Memorando Nº 0363-2003Region Ancash/PRE de fecha 23 de MORDAZA del 2003". "De conformidad a lo informado por la Subgerencia de Recursos Humanos mediante Oficio Nº 0454-2003 -Region Ancash-GRAD/SGRH, de fecha 5 de MORDAZA de 2003, el ex Gerente General Don MORDAZA MORDAZA Unzueta Accinelli y el ex Gerente Regional de Asesoria Juridica don Aristoles MORDAZA Toulier MORDAZA, han cobrado remuneraciones e incentivos laborales durante los meses de marzo y MORDAZA del 2003, lo cual constituye un cobro ilegal, por estar considerados en el Fondo de Apoyo Gerencial.
Remun. Inc. lab. Total. MORDAZA MORDAZA Unzueta Accinelli S/. 1,847.83 S/. 2624.00 S/. 4,471.83. Aristoles MORDAZA Toulier MORDAZA S/. 1,767.12 S/. 1,440.00 S/. 3,207.12.

Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Region MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 279-2004-REGION MORDAZA -PRE MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2004 Vistos, el Examen Especial Nº 004-2003-02-5332, emitido por el Organo de Control Institucional, y demas antecedentes; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 028-2003-REGION ANCASH/GRCI, el Organo de Control Institucional remite al Senor Freddy Ghilardy MORDAZA, el Examen Especial Nº 0042003-02-5332, referente a la "Doble Percepcion de Remuneraciones e Incentivos Laborales por parte del ex Gerente General y del ex Gerente Regional de Asesoria Juridica de la Region Ancash", el cual establece lo siguiente: Primero."Se ha determinado que los ex Funcionarios mencionados en las observaciones primera, y MORDAZA, han percibido doble remuneracion de los recursos del Estado, aun cuando sabian que era ilegal de acuerdo a las Declaraciones Juradas. Las sumas estimadas de acuerdo a los informes de la Oficina de Recursos Humanos es:
- MORDAZA MORDAZA Unzueta Accinelli .............. S/. 4,471.83. - Aristoles MORDAZA Toulier MORDAZA .............. S/. 3,207.12. (primera observacion).

"Los hechos expuestos, han determinado que ambos ex funcionarios han efectuado cobros indebidos e ilegales, habiendo transgredido el Art. 7º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, concordante con el Articulo 139º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM. Teniendo como agravante el no haber comunicado a la Oficina de Recursos Humanos la suspension del procesamiento de sus pagos que venian percibiendo desde Enero del 2003, hecho que evidencia una falsedad al haber informado y suscrito una certificacion y una Declaracion Jurada, faltando a la verdad y la fe publica. De igual manera han violentado el articulo 45º de la Directiva Nº 012003-EF/76.01 aprobada por Resolucion Directoral Nº 0502002-EF/76.01 "Aprobacion Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 2003". "Existen las evidencias suficientes y competentes de los indicios razonables de la comision del delito y/o Responsabilidad Civil y Administrativa por parte del Senor MORDAZA MORDAZA Unzueta Accinelli y del Senor Aristoles MORDAZA Toulier Navarrete". "La causa ha sido la inconducta funcional de ambos funcionarios para beneficiarse economicamente" "El efecto ha sido que han ocasionado un perjuicio economico al Gobierno Regional por ende al Estado Peruano". Segundo.Se ha determinado una presunta usurpacion de funciones por parte de Don MORDAZA Unzueta al haber firmado inconsulta e ilegalmente las dos certificaciones, cuando debieron ser firmadas por la Gerencia Regional de Administracion. En las declaraciones Juradas ambos funcionarios han faltado a la verdad impunemente. (segunda observacion). "Los lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial, establecen que la Certificacion de que el consultor no percibe remuneraciones del Gobierno Regional ni Incentivo Labo-

"Con fecha 25 de febrero del 2003, el Director General del Presupuesto Publico, MORDAZA Shack Yalta informo al

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