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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (20/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G37/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 20 de octubre de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2004027251 presentado por la Bolsa de Valores de Lima, así como el Informe Inter- no Nº 0129-2004-EF/94.45.2 del 11 de octubre de2004, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, Citibank del Perú S.A. fue constituida me- diante Escritura Pública otorgada el 30 de abril de2004 ante Notario de Lima Eduardo Laos de Lama,inscrita el 3 de mayo de 2004 en la Partida Electróni-ca Nº 11648632 del Registro de Personas Jurídicasde los Registros Públicos - Oficina Registral de Lima; Que, en la Junta General de Accionistas de Citi- bank del Perú S.A. celebrada el 19 de julio de 2004,se aprobó el listado de las acciones representativas del capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima y su inscripción en el RegistroPúblico del Mercado de Valores; Que, mediante escrito presentado el 20 de julio de 2004, Citibank del Perú S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima el listado de las accionesrepresentativas de su capital social en el Registro deValores de la Bolsa de Valores de Lima, así como suinscripción en el Registro Público del Mercado deValores; Que, de conformidad con lo establecido por el ar- tículo 132º inciso a) del Texto Único Ordenado de laLey del Mercado de Valores, aprobado por DecretoSupremo Nº 093-2002-EF, y el artículo 16º del Regla- mento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, la Bolsa de Valores de Lima comunicó a CO-NASEV, mediante carta Nº GL-0949/04 del 27 de sep-tiembre de 2004, su decisión de admitir la solicitud delistado de las acciones representativas del capital social de Citibank del Perú S.A. y elevar el expedien- te respectivo para los fines correspondientes; Que, en el presente caso, se ha cumplido con presen- tar la información requerida por los artículos 5º y 13º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobilia- rios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima,aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Va-lores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y a lo acordado por el Directorio de estaComisión Nacional el 18 de diciembre de 2000, quefaculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a dis- poner la inscripción de valores mobiliarios, previa- mente emitidos y que serán negociados en mecanis-mos centralizados de negociación, en el RegistroPúblico del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse en favor del listado de las acciones representativas del capital social de Ci-tibank del Perú S.A. en el Registro de Valores de laBolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir las acciones representati- vas del capital social de Citibank del Perú S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a Citibank del Perú S.A., a la Bolsa de Valores de LimaS.A. y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores 18512CONSUCODE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G20/G68/G61/G20/G6C/G75/G67/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G61/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 594/2004.TC-SU Sumilla : No corresponde sancionar al señor JOSÉ LENIN PUQUIOMA DIEGO, al no habercumplido la Entidad con las formalidades previstas en el Art. 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado. Lima, 29 de setiembre de 2004 Visto en sesión del 3.9.2004, de la Sala Única del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, el Expediente Nº 300/2004.TC referido al proce- dimiento de aplicación de sanción al señor JOSÉLENIN PUQUIOMA DIEGO, por la no suscripción in-justificada de contrato, materia de la Licitación Públi-ca Nacional Nº 0004-2003-FAP/HCFAP - Rubro IX(Verduras), convocada por el HOSPITAL CENTRAL DE LA FUERZA AÉREA DEL PERÚ - MINISTERIO DE DEFENSA para la “Adquisición de Víveres Fres-cos”, y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 19 de agosto de 2003, el Hospital Central de la Fuerza Aérea del Perú (en adelante la Entidad)llevó a cabo la Licitación Pública Nacional Nº 0004- 2003-FAP/HCFAP, para la “Adquisición de Víveres Frescos”, adjudicando la buena pro del Rubro IX (Ver-duras) al señor José Lenin Puquioma Diego (en ade-lante el Postor). 2. El 20 de octubre de 2003, mediante Oficio V- 70-COPER-Nº 5210, la Entidad le comunica al Postor que para la suscripción del contrato deberá adjuntar la carta fianza, constancia de no estar inhabilitadopara contratar con el Estado, la vigencia de poderes.Asimismo, se citó al Postor para la suscripción delcontrato dentro de los 5 días posteriores a la recep-ción del mencionado documento. 3. El 13 de noviembre de 2003, mediante Oficio V- 70-COPE-Nº 5719, por conducto notarial, la Entidadle comunica al Postor que deberá presentarse el 17de noviembre de 2003 para la suscripción del contra-to, debiendo presentar los documentos necesariospara la precitada suscripción. 4. El 18 de noviembre de 2003, la Entidad me- diante Resolución Directoral Nº 1583-03-C.P. dejó sinefecto el otorgamiento de la buena adjudicada a fa-vor del Postor, llamando al postor que ocupó el se-gundo lugar en el cuadro de calificación. 5. El 15 de marzo de 2004, la Entidad hace de conocimiento del Tribunal que en el proceso de se- lección de la referencia, en el Rubro IX, el Postorpese a haber sido citado, no acudió a suscribir elcontrato respectivo. 6. El 16 de marzo de 2004, el Tribunal inició pro- cedimiento administrativo sancionador contra el Pos- tor por la causal contemplada en el inciso a) del artí- culo 205º del Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, en adelante el Re-glamento, emplazándolo para que formule sus des-cargos. 7. El 30 de marzo de 2004, previa razón de Se- cretaria, se dispone la notificación del inicio del pro- cedimiento administrativo sancionador al Postor, víaedicto, a efectos que cumpla con efectuar sus des-cargos respectivos y en aras de asegurar el legítimoderecho de defensa del administrado; bajo apercibi-