TEXTO PAGINA: 131
PÆg. 279381 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de octubre de 2004 mulada por PROMPEX, referente a la contratación de servicios conexos para la participación de la institución en Ferias Internacionales con el objetivo de promover las exportaciones, a través de la Opinión Nº 040- 2004(GTN), señalando que cuando se han producido los supuestos de exoneración o de declaración de de- sierto en los artículos 19º y 32º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, determinándose la necesidad de efectuar procesos de menor cuantía a través de acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorización expresa del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, y surja, la necesidad de contratar con un ex- tranjero no domiciliado en el Perú, la contratación res- pectiva podrá regirse por la ley de su cumplimiento, según las condiciones ofrecidas por el proveedor o de acuerdo a los procedimientos usados por el comercio internacional, no siendo de aplicación lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Memorándum Nº 218-2004-PROM- PEX/OPP de fecha 6 de octubre de 2004, de la Oficina de Planificación y Presupuesto, se señala que la contratación de los servicios de diseño, montaje y des- armado de stand, para la Feria SIAL PARIS 2004, cuenta con disponibilidad presupuestaria; Que, el valor referencial total para la contratación de los servicios de diseño, montaje y desarmado de stand, del pabellón peruano, asciende a S/. 100,000.00; Que, el Informe Legal Nº 030-2004-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emisión de una Resolu- ción de Dirección Ejecutiva por medio de la cual se declare exonerada del proceso de selección correspon- diente, toda vez que el informe del área técnica ha eva- luado de manera objetiva el sustento de la causal de exoneración del proceso de adquisición prevista en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por tra- tarse de la contratación de un servicio personalísimo; Que, lo expuesto en dichos informes justifican téc- nica y legalmente la exoneración señalada de confor- midad con lo establecido en el artículo 113º del mencio- nado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-MIN- CETUR de fecha 25 de junio del 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del mismo año, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión para la Promoción de Exportaciones PROMPEX, cuyo artículo 16º establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva de la enti- dad, Titular de la entidad y del Pliego Presupuestario; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2004- MINCETUR de fecha 7 de enero del 2004 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de enero del mismo año, se designó al señor Roberto Vásquez de Velasco de la Puente, como Director Ejecutivo de PROMPEX; Que el numeral 6. referido a la exoneración de los procesos de selección del acápite VI. de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Re- solución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, establece en los incisos 6.3 y 6.4, que la resolución que apruebe la exoneración deberá precisar la causal en la que se sustenta, ya sea que se trate de los previstos por el artículo 19º o de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, debiendo la parte considerativa del instrumen- to que aprueba la exoneración, sustentarse en el infor- me técnico - legal que deberán emitir las áreas técni- cas y de asesoría jurídica de la entidad, la que deberá contener la justificación técnica y legal de la adquisi- ción o contratación y la necesidad de la exoneración y contemplará criterios de economía, tales como costos y oportunidad; Que el inciso 6.5 del numeral 6. de la Directiva se- ñalada en el considerando precedente, establece que la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exone- ración del proceso de selección, deberá precisar el tipo y la descripción básica de los bienes, servicios u obras materia de la exoneración, el valor referencial, la fuentede financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneración, así como determinar la dependencia u órgano encargado de rea- lizar la adquisición o contratación exonerada; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dis- pone que las exoneraciones previstas en el artículo 19º de la norma en mención se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 111º, 113º, 114º, 115º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los artícu- los 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el artículo 16º y el numeral 15) del artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones de PROM- PEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MIN- CETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, para el ejercicio presu- puestal 2004, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 004-2004-PROMPEX/DE, el proceso de selección en la modalidad de Adjudicación Directa Se- lectiva para la contratación de los servicios de diseño, montaje y desarmado de stand, para la participación de PROMPEX en la Feria Internacional SIAL PARIS 2004, a realizarse en la ciudad de París - Francia, del 15 al 22 de octubre del 2004. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente (Adjudicación Directa Pública), para la contratación del servicio de diseño, montaje y desar- mado de stand, con la empresa THE ART OF EXHIBI- TING, hasta por la suma de S/. 100,000.00, cuya Fuente de Financiamiento será con Recursos Ordinarios y/o Recursos Directamente Recaudados, por tratarse de servicios personalísimos. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración y Finanzas a llevar a cabo las acciones co- rrespondientes a fin de realizar la contratación de los servicios a que se refiere el artículo 2º de la presente Resolución, por el período comprendido del 15 al 22 de octubre del 2004, a través del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de conformidad con lo señalado en la Opinión Nº 040-2004(GTN) del CONSUCODE, de- jando sin efecto la aplicación del segundo párrafo del artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM. Artículo 4º.- Conferir facultades suficientes para la suscripción de los Contratos respectivos y por el mon- to señalado en la presente Resolución, a la Sra. María Jesús Gamarra de Fernández en su calidad de Geren- te de la Oficina General de Administración y Finanzas (e). Artículo 5º.- Disponer que la presente modifica- ción del Plan Anual sea remitido al CONSUCODE, conforme lo establece el numeral 7. de las Disposicio- nes Específicas de la Directiva Nº 005-2003-CON- SUCODE/PRE, así como a la Comisión para la Pro- moción de la Pequeña y Micro Empresa -PROMPY- ME, dentro de los diez días hábiles siguientes a la aprobación del mismo. Artículo 6º.- Disponer que la Oficina General de Administración y Finanzas remita copias de la presen- te Resolución y de los informes que sustentan estas exoneraciones a la Contraloría General de la Repúbli- ca y la publique en el Diario Oficial El Peruano dentro de los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como en la página Web Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO VÁSQUEZ DE VELASCO DE LA PUENTE Director Ejecutivo 19450