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PÆg. 279388 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de octubre de 2004 rra en lo establecido en el artículo 17º de la presente ordenanza.” Artículo 8º.- De la información La Municipalidad Metropolitana de Lima y las munici- palidades distritales deberán difundir los alcances de la presente Ordenanza en el ámbito de su jurisdicción con los medios que consideren pertinentes, en particular se dirigirán a los centros de comercialización del distrito, tales como centros comerciales, galerías, mercados, campos feriales, bodegas y afines. Artículo 9º.- Adecuación de normas distritales Las municipalidades distritales que se encuentren dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolita- na de Lima, adecuarán sus normas para el cumplimiento de la Política Metropolitana establecida en la presente Ordenanza. Artículo 10º.- Derogatoria Deróguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 11º.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al si- guiente día de su publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano. POR TANTO;Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 19453 Modifican Plano de Zonificación Gene- ral de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, corres- pondiente al distrito de Los Olivos ORDENANZA Nº 718 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA:Visto en sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de octubre de 2004, el Documento Simple Nº 7773-03, seguido por Inversiones Amarilis Inn S. R. L. , representado por don Tito Sauñe Barrientos, solici- tando cambio de zonificación de Zona Residencial de Densidad Media (R4) a Comercio Sectorial (C3), del terreno de 2,715.99 M2, ubicado en la Av. Tomás Valle Esquina Calle Beta, Sección A-1, Sector B, Fundo Garagay Bajo, distrito de Los Olivos, provincia y de- partamento de Lima, para construir un Hotel, Restau- rante y Servicios de Diversión; De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 140- 2004-MML- CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonifica- ción General de los Usos del Suelo de Lima Metropolita- na a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, de Zona Re- sidencial de Densidad Media (R4) a Comercio Sectorial(C3), del terreno de 2,715.99 M2, ubicado en la Av. To- más Valle Esquina Calle Beta, Sección A-1, Sector B, Fundo Garagay Bajo, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, para construir un Hotel, Restau- rante y Servicios de Diversión; Artículo Segundo.- Disponer que la Municipali- dad Distrital de Los Olivos y el Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporen en el Plano de Zonificación la modificación indicada en el Artículo Primero, o su equi- valente de acuerdo a la Ordenanza Nº 620-MML de 4 de abril de 2004. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los veintiún días del mes octubre de dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 19454 Modifican la Ordenanza N” 620-MML, Reglamentaria del Proceso de Aproba-ción del Plan Metropolitano de Acon-dicionamiento Territorial y DesarrolloUrbano de Lima ORDENANZA Nº 719 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTOEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMADe conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentraliza- ción, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones le- gales vigentes, y con lo opinado por la Comisión Metro- politana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 125-2004-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE DE LA ORDENANZA Nº 620-MML Artículo Primero.- Sustituir el primer párrafo del Ar- tículo 9º inciso 29.7 Reglamentación Especial (RE) del Artículo 29º; el Cuadro Nº 1 - Zonificación Residencial del Artículo 30º; las NOTAS (i), (ii), (iv) y (v) del Cuadro Nº 1 - Zonificación Residencial del Artículo 30º; los nu- merales 34.1.2, 34.1.3, 34.1.4 y 34.1.5 del inciso 34.1 del Artículo 34º y el Artículo 37º de la Ordenanza Nº 620- MML: Reglamentaria del Proceso de Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desa- rrollo Urbano de Lima, de los Planes Urbanos Distritales y Actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de abril del 2004, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 9º.- El Instituto Metropolitano de Planifi- cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima (IMP), es el órgano responsable de formular el nuevo PLAM de Lima dentro de un plazo de dieciocho (18) meses, tomando como base el vigente Plan de Desa- rrollo Metropolitano de Lima-Callao, 1,990-2010, sus Estudios y Planes complementarios, así como toda la información sectorial disponible sobre el ámbito provincial.” “Artículo 29º.- Inciso 29.7. Reglamentación Especial (RE); son las áreas urbanas, semirrústicas o extraurbanas, con o sin