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PÆg. 279387 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de octubre de 2004 Establecen como política metropolita- na contribuir a evitar la comercializa-ción de productos que atentan contrala propiedad intelectual ORDENANZA Nº 717 EL ALCALDE DE LIMAPOR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 89- 2004-MML-CMAL y Nº 003-2004-MML-CMCDC de la Comisión Metropolitana de Comercialización y Defensa al Consumidor, Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE COMO POLÍTICA METROPOLITANA CONTRIBUIR A EVITAR LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS QUE ATENTAN CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL Artículo 1º.- Política Metropolitana Es Política Metropolitana en materia de comercio con- tribuir a evitar en la Capital de la República la reproduc- ción ilegal, almacenamiento, distribución y comercializa- ción de productos que atenten contra la propiedad inte- lectual. Artículo 2º.- Alcance Metropolitano Conforme a lo previsto en el inciso 2) del artículo 157º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la presente Ordenanza tiene alcance metropolitano, en consecuen- cia su cumplimiento es obligatorio en la Provincia de Lima. Artículo 3º.- Modificaciones a la Ordenanza Nº 336 Modificar el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 336, incluyendo: ... LÍNEA DE ACCIÓN 01: COMERCIALIZACIÓN 1.1 LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIEN- TO ... m) Fabricar, comercializar o almacenar artículos que atenten contra la propiedad intelectual. ... 1.3 COMERCIO AUTORIZADO EN LA VÍA PÚBLICA ... k) Fabricar, comercializar o almacenar artículos que atenten contra la propiedad intelectual. ... 1.5 CENTROS COMERCIALES, GALERÍAS CO- MERCIALES, GALERIAS FERIALES INCLUIDAS LAS DE HABILITACIÓN PROGRESIVA, ... c) Fabricar, comercializar o almacenar artículos que atenten contra la propiedad intelectual. ... 1.6 CAMPOS FERIALES MUNICIPALES ... d) Fabricar, comercializar o almacenar artículos que atenten contra la propiedad intelectual. 1.7 MERCADOS ... e) Fabricar, comercializar o almacenar artículos que atenten contra la propiedad intelectual. Artículo 4º.- Modificaciones al Decreto de Alcaldía Nº 105 Modificar el Decreto de Alcaldía Nº 105 que aprueba el Cuadro de Sanciones y Escalas de Multas aplicableen el ámbito de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incluyendo: COMERCIALIZACIÓN (01) PRODUCTOS QUE ATENTAN CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL (900) 01-0901 Fabricar artículos que atenten contra la MG Clausura propiedad intelectual. Definitiva y Decomiso 01-0902 Comercializar o almacenar artículos que atenten contra la propiedad intelectual G Clausura Definitiva y Decomiso Artículo 5º.- Modificaciones a la Ordenanza Nº 002 Modificar el inciso g) del Artículo 8º del Reglamento del Comercio Ambulatorio en Lima Metropolitana apro- bado por la Ordenanza Nº 002, en los siguientes térmi- nos: ... g) La adquisición o comercialización de mercadería robada, adulterada, falsificada o que atente contra la propiedad intelectual, la industria nacional, la salud, la moral y las buenas costumbres. ...” Artículo 6º.- Modificaciones al Decreto de Alcaldía Nº 077 Modificar el inciso b) del artículo 26º, el artículo 27º excluyendo el inciso m) del artículo 25º y el inci- so a) del artículo 28º incluyendo el inciso m) del artí- culo 25º del Reglamento para la Administración de los Campos Feriales Municipales aprobado por De- creto de Alcaldía Nº 077, en los siguientes térmi- nos: “Artículo 26º.- ... b) Decomiso de la mercadería en caso de comercia- lización de artículos pirotécnicos, artículos que atenten contra la propiedad intelectual y otros. ... “Artículo 27º.- La amonestación procederá... en el caso de infracciones al presente reglamento señaladas en el Artículo 25º Incs. b), c), d), e), f), g), h), j), k). Esta amonestación será impuesta por el Administrador de Campos Feriales mediante la correspondiente notifica- ción. Ante esta amonestación no procede recurso im- pugnatorio alguno.” “Artículo 28º.- ... a) En caso de infracciones del presente reglamento señaladas en el Artículo 25º Incs. a), i), l), m).”. Artículo 7º.- Modificaciones a la Ordenanza Nº 282 Modificar el inciso e) del artículo 17º, el artículo 30º y el artículo 33º de la Ordenanza Nº 282 que regula el otorgamiento de Licencia de Apertura de Establecimien- to, Certificados de Aptitud del Local y de Calidad del Negocio, en los siguientes términos: “De la Revocatoria de la Licencia de Apertura de Es- tablecimiento Artículo 17º.- ... e) Cuando el local haya sido intervenido por la auto- ridad competente y se haya comprobado la comerciali- zación de artículos de contrabando o la comercializa- ción de artículos que atenten contra la propiedad intelec- tual.” “Artículo 30º.- Procede la revocatoria de la Licencia Provisional, cuando durante la vigencia de ésta, se incu- rra en lo establecido en el artículo 17º de la presente Ordenanza.” “Artículo 33º.- El plazo de vigencia de la autorización temporal es de uno (1) a tres (3) meses y procede su revocatoria cuando durante la vigencia de ésta, se incu-