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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (29/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 144

PÆg. 279394 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de octubre de 2004 en lo pertinente a la estructura de costos publicado el 13 de octubre del 2004. PERIFERIE URBANA Los predios ubicados en la zona denominada "Perife- rie Urbana" y cuyos predios se utilicen para Casa - Habitación, se sujetarán a la siguiente tarifa mensual dearbitrios: ARBITRIO T ARIFA S/. Limpieza Pública 2.00 Parques y Jardines 1.00 Seguridad Vecinal 2.00 Los predios dedicados a negocio, se sujetarán a las correspondientes tarifas establecidas para el CascoUrbano, a excepción de aquellos cuyo valor predial sea igual o menor a 50 Unidades Impositivas Tributarias, los cuales tendrán la siguiente tarifa: ARBITRIO T ARIFA S/. Limpieza Pública 3.00Parques y Jardines 1.00 Seguridad Vecinal 2.00 Asimismo, a solicitud del administrado, y en los ca- sos de extrema pobreza, se otorgará una tarifa espe- cial, previa verificación de dicha situación por parte delos Órganos Municipales correspondientes, y en forma temporal, hasta que se mantenga la situación que sus- tenta lo solicitado. Los administrados del Casco Urbano, así como de la Periferie Urbana, cuyos predios tengan como uso el de Casa - Habitación y al mismo tiempo, cualquiera de lascategorías señaladas como Comerciales y/o de Servi- cios, tributarán por ambos rubros. Del mismo modo, los Gastos Administrativos quedan fijados en S/. 0.40 para los predios ubicados en el Casco Urbano y Periferie Urbana. JUSTIFICACIÓN TÉCNICA DE DETERMINACIÓN DE LAS TASAS Artículo 15º.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 69º del D. Leg. Nº 776, Ley de la Tributación Municipal, modificado por el Decreto Legislativo Nº 952, las tasas aprobadas en la presente ordenanza han sidocalculadas en función al costo efectivo de servicio a prestar. Según la Estructura de Costos. VENCIMIENTO DE PAGO DE LA OBLIGACIÓN Artículo 16º.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplica- ción de la presente Ordenanza. Artículo 17º.- Encargar el cumplimiento de la presen- te Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. Artículo 18º.- La Presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2005. INCENTIVO POR PAGO ADELANTADO Artículo 19º.- Los contribuyentes que cumplan con la cancelación de los cuatro trimestres de los arbitriosde Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Vecinal dentro del plazo de vencimiento del primer tri- mestre del año 2005, obtendrán un descuento del 10%sobre el monto insoluto del segundo, tercer y cuarto trimestre. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 19440MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Autorizan nuevo plazo de ejecución de obras de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN Nº 516-2004-MSB-GM-GDU San Borja, 19 de octubre de 2004 LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANOVISTO, el Expediente Nº 9327-04 y adjuntos presentado por INMOBILIARIA GOLD S.A., mediante el cual solicita otorgamiento de nuevo plazo de ejecución de obras, de habilitación urbana del terreno de 30,000.00 m2, para uso de Comercio Distrital "C-5", ubicado en la Av. Angamos Este Nº 2337 del distrito de San Borja, de la provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Nº 067-98-MML-DMDU- DGO de fecha 8 de julio de 1998, la Municipalidad Metro- politana de Lima aprobó el proyecto de habilitación urba- na con construcción simultánea, para uso de comercio "C-5" del terreno de 30,000.00 m2 ubicado en la Av. Angamos Este Nº 2337 del distrito de San Borja; Que, mediante la Resolución Nº 006-2003-MML-DMDU de fecha 30 de enero del 2003, la Municipalidad Metropolitana de Lima, autorizó a Inmobiliaria Gold S.A., un nuevo plazo de Ejecución de Obras de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de emisión. Asimismo indicó que las obras se ejecutarán de conformidad con la autorización conferida por la Resolución Nº 067-98-MML-DMDU-DGO y su plano correspondiente Nº 115-98-MML-DGO-DHU; Que, la resolución de la Municipalidad Metropolitana de Lima, consideró la habilitación urbana con construc- ción simultánea, y que los interesados deberán gestio-nar ante la Municipalidad de San Borja, la respectiva Licencia de Construcción; Que, mediante Anexo Nº 3332 de fecha 9 de junio del 2004, Inmobiliaria Gold S.A., solicitó a la Municipalidad Metropolitana de Lima, una nueva ampliación de plazo por dieciocho (18) meses adicionales, y con el Oficio Nº 381-2004-MML-DMDU-DHU, de fecha 8 de julio del 2004, la Municipalidad Metropolitana de Lima, responde que al haber entrado en vigencia la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 27972, desde el 28 de mayo del año 2003, resulta competente en atender la solicitud de nuevo pla- zo de ejecución de obras la Municipalidad de San Borja; Que, mediante la Co. Nº 7361-04 de fecha 12 de julio del presente año, Inmobiliaria Gold S.A., representada por su ge- rente general, el Ing. Rolando Ponce Vergara, solicitó a este municipio la ampliación de nuevo plazo de ejecución de obras, por un período de dieciocho (18) meses, en vista que, no se han realizado las obras de habilitación urbana con construc- ción simultánea autorizadas por las Resoluciones Nº 067-98- MML-DMDU-DGO y Nº 006-2003-MML-DMHU; Que, mediante el Oficio Nº 363-2004-MSB-SG, de fecha 20 de julio del 2004, la Secretaria General, solicita a la municipalidad de Lima, remita los expedientes a fin de atender lo solicitado por Inmobiliaria Gold S.A.; Que, mediante la Co. Nº 9978-04, de fecha 23 de setiembre del 2004, la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remi- te los expedientes y anexos de la habilitación urbana del inmueble ubicado en la avenida Angamos Nº 2337 de propiedad de Inmobiliaria Gold S.A.; Que, mediante el Expediente Nº 9327-04, de fecha 4 de octubre INMOBILIARIA GOLD S.A., reitera su solici- tud de otorgamiento de plazo de ejecución de obras de habilitación urbana del terreno de 30,000.00 m2, para uso de Comercio Distrital "C-5", ubicado en la Av. Anga- mos Este Nº 2337 del distrito de San Borja, de la provin- cia y departamento de Lima; Que, el Informe Nº 325-2004-MSB-GM-GDU-JOPR/AMP manifiesta que realizada la inspección ocular al inmueble ubi- cado en la Av.Angamos Nº 2337, se observó que no existe avance significativo de las obras de habilitación urbana; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 325-2004-MSB- GM-GDU-JOPR/AMP de fecha 15 de octubre del 2004 con el visto bueno de la Jefatura de Obras Privadas; y,