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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G32/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de setiembre de 2004 CIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC, el ítem 28, descripción obra por contrata la suma de Ochocientos Cuarenta y un Mil Cuatrocientos Cuarenta Soles (S/. 841,440.00) por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Segundo.- APROBAR E INCLUIR EN EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC, DEL AÑO 2004, aprobado por Resolución Nº 077-2004-CO-UNAMBA, EL PROCESO DE SELEC- CIÓN DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE EJE- CUCIÓN DE OBRA: “CONSTRUCCIÓN DEL PABELLÓN DE AULAS GENERALES DE LA UNIVERSIDAD NACIO- NAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC”, cuyo pre- supuesto se encuentra distribuido de acuerdo al Informe Nº 034-2004-DP-UNAMBA de la Dirección de Planifica- ción, de la siguiente manera: para ejecución física de obra, la suma de S/. 1´700,000.00, y para supervisión de obra, la suma de S/. 20,440.00, que hacen un total de S/. 1’720,440.00) UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES por la fuente de financiamiento Unificada: Re- cursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficia- les de Crédito Externo - Corporación Andina de Fomen- to - CAF, y supervisión correspondiente de la ejecución de obra, de acuerdo al Anexo que en (01) un folio, cons- tituye parte de la presente Resolución. Tercero.- DISPONER que la Dirección de Administra- ción remita copia certificada de la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así como a la Comisión de Pro- moción de la Pequeña y Micro Empresa (PROMPYME), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institu- cional la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles si- guientes a su aprobación, así como coordinar la publica- ción en la página web de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac. Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a las instancias académicas y administrativas pertinentes, para que adopten las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CARROLL DALE SALINAS Presidente 17419 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INEI /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G55/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G6E/G6F /G64/G65/G20/G4F/G62/G72/G61/G20/G28/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G34/G37/G29/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G73/G65/G69/G73/G20/GE1/G72/G65/G61/G73 /G67/G65/G6F/G67/G72/GE1/G66/G69/G63/G61/G73/G2C/G20/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 270-2004-INEI Lima, 28 de setiembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs.179, 209 y 242-2004-INEI, se aprobaron los Índices Unificados de Precios para las seis áreas geográficas correspondien- tes a los meses de junio, julio y agosto 2004; Que, mediante Auto Subdirectoral de la Subdirección de Negociaciones Colectivas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de fecha 15 de setiembre del 2004, como resultado de la negociación directa del pliego de re- clamos se dispuso el registro del Convenio ColectivoNº 131-2004 del 9 de setiembre del 2004, por acuerdo de Negociación Colectiva Acumulada de Construcción Civil en el Expediente Acumulado Nº 38494-2004-DRTPEL- DPSC-SDNC y que resuelve otorgar incrementos diarios, sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio del 2004 al 31 de mayo del 2005; Que, en tal sentido es necesario modificar el Índice Unificado de Mano de Obra de junio a agosto del 2004 para las seis áreas geográficas; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo 1º. - Modificar el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, desde el mes de junio a agosto del 2004, en la forma siguiente: CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA ÍNDICES AÑO ANTERIOR MODIFICADO 2004 JUNIO 311,71 338,78 JULIO 311,71 338,78 AGOSTO 311,71 338,78 Artículo 2º.- En los casos de las obras cuyos presu- puestos fueron elaborados con precios vigentes desde ju- nio a agosto del 2004, deberán utilizar para la fijación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Re- soluciones Jefaturales Nºs. 179, 209 y 242-2004-INEI, que aprobaron los Índices Unificados correspondientes a di-chos meses. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 17524 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G46/G61/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65 /G64/G65/G62/G65/G6E/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G4E/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G73/G65/G69/G73/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G67/G65/G6F/G67/G72/GE1/G66/G69/G63/G61/G73/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G20/G2D/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 271-2004-INEI Lima, 28 de setiembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, con las Resoluciones Jefaturales Nºs. 198, 227 y 262-2004 INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación, corres- pondientes a las seis (6) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de di- chas obras; Que, mediante Auto Subdirectoral de la Subdirección de Negociaciones Colectivas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de fecha 15 de setiembre del 2004, como resultado de la negociación directa del plie- go de reclamos se dispuso el registro del Convenio Co- lectivo Nº 131-2004 del 9 de setiembre del 2004, por acuerdo de Negociación Colectiva Acumulada de Cons- trucción Civil en el Expediente Acumulado Nº 38494-