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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (28/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 307450 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de diciembre de 2005 Desígnase como Agentes de Retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos señalados en el Anexo1 de la presente resolución, los mismos que operarán como tales a partir del 1 de febrero de 2006. Artículo 2º.- EXCLUSIÓN DE AGENTES DE RETENCIÓN Exclúyase como Agentes de Retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos señalados en el Anexo 2 de la presente resolución, los mismos que dejarán de operar como tales a partir del 1 de febrero del 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria ANEXO Nº 1 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 254-2005/SUNAT Relación de nuevos sujetos designados Agentes de Retención Ord. RUC Ord. RUC Ord. RUC Ord. RUC 1 20100015014 11 20268314823 21 20460352674 31 20508061201 2 20100028850 12 20294825861 22 20480901844 32 20508108282 3 20100114420 13 20302091766 23 20481061297 33 20511600457 4 20100160375 14 20329725431 24 20500854651 5 20108587394 15 20330807190 25 20502437616 6 20135406245 16 20348682980 26 20504004415 7 20162348931 17 20382056681 27 20505108672 8 20170291345 18 20413083541 28 20505163347 9 20216530714 19 20416976440 29 20505960361 10 20255322363 20 20425252608 30 20507799044 ANEXO Nº 2 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 254-2005/SUNAT RELACIÓN DE SUJETOS EXCLUIDOS COMO AGENTES DE RETENCIÓN Ord. RUC Ord. RUC Ord. RUC Ord. RUC 1 10074366452 9 20100174082 17 20122278337 25 20338735651 2 10103225774 10 20100353688 18 20126155663 26 20346649519 3 10166532464 11 20100447747 19 20135889963 27 20347029697 4 20100007852 12 20100482658 20 20137114705 28 20416715301 5 20100047307 13 20100977380 21 20171724687 29 20440228420 6 20100109345 14 20101927491 22 20209113440 30 20457892927 7 20100130468 15 20102725647 23 20297903293 31 20506598878 8 20100137713 16 20110466499 24 20322847875 21826 Nueva Relación de Medios de Pago a que se refiere el Primer PÆrrafo del Art.4”-A del D.S. N” 047-2004-EF RESOLUCIÓN DE SUPERINTEDENCIA Nº 256-2005/SUNAT Lima, 23 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que el primer párrafo del artículo 4°-A del Decreto Supremo N° 047-2004-EF, incorporado por el artículo 4° del Decreto Supremo N° 147-2004-EF, establece que la SUNAT, en coordinación con la Superintendencia deBanca y Seguros, deberá publicar anualmente, a más tardar hasta el 31 de diciembre de cada año, la relación de las Empresas del Sistema Financiero y de los Mediosde Pago con las que éstas se encuentran autorizadas a operar; de las empresas no pertenecientes al SistemaFinanciero cuyo objeto principal sea la emisión y administración de tarjetas de crédito, así como de las tarjetas de crédito que emiten; y de las empresasbancarias o financieras no domiciliadas y de las tarjetas de crédito que emitan; De acuerdo a lo coordinado con la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el artículo 4°- A del Decreto Supremo N° 047-2004-EF y el inciso q) delartículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- NUEVA RELACIÓN DE MEDIOS DE PAGO Apruébese el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, el mismo que contiene: a) La relación de las Empresas del Sistema Financiero y de los Medios de Pago con los que éstas se encuentran autorizadas a operar. b) La relación de las Empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud a convenios de recaudación ocobranza celebrados con las empresas emisoras, no pertenecientes al Sistema Financiero, cuyo objeto principal sea la emisión y administración de tarjetasde crédito. c) La relación de las Empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan envirtud a convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas bancarias o financieras emisoras, no domiciliadas en el país. La relación a que se refiere el párrafo anterior también será publicada en la página web de la SUNAT, cuyadirección es http://www.sunat.gob.pe. Artículo 2°.- DEROGATORIA DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 308-2004/SUNAT Deróguese la Resolución de Superintendencia N° 308-2004/SUNAT. Artículo 3°.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente NacionalSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria ANEXO I MEDIOS DE PAGO CON LOS QUE SE ENCUENTRAN AUTORIZADAS A OPERAR LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO 001 DEPÓSITO EN CUENTA RUC RAZÓN SOCIAL 20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 20100130204 BANCO CONTINENTAL 20100043140 BANCO WIESE SUDAMERIS 20100053455 BANCO INTERNACIONAL DEL PERU-INTERBANK 20100116635 CITIBANK DEL PERU S.A. 20101036813 BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS 20100030595 BANCO DE LA NACIÓN 20100105862 BANCO FINANCIERO DEL PERU 20100118174 BANCO SUDAMERICANO S.A. 20509507199 BANCO DE COMERCIO 20255993225 BANCO DEL TRABAJO 20382036655 MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. 20101070248 BANQUE BNP PARIBAS - ANDES S.A.