Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2005 (28/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 21931

Articulo Segundo.- Dar las MORDAZA al senor doctor MORDAZA MORDAZA Ballon-Landa MORDAZA, por los importantes servicios prestados a la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subsecretario General. 21926

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de Regidores del Concejo Provincial de Chiclayo
RESOLUCION N° 419-2005-JNE Expediente Nº 291-2005. MORDAZA, 27 de diciembre 2005 VISTA; en Audiencia Publica la apelacion interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo Municipal Nº 073-2005GPCH/A, que declaro improcedente la solicitud de vacancia del cargo del Regidor de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Suarez; CONSIDERANDO: Que el apelante sostiene que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA intervino en la contratacion de su hijo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA S.A., por cuanto esta EPS es una sociedad anonima cuyo accionista mayoritario es la Municipalidad Provincial de Chiclayo; por lo que habria incurrido en la causal de vacancia por nepotismo prevista en el inciso 8) del articulo 22º de la Ley Nº 27972; Que por Acuerdo Municipal Nº 073-2005GPCH/A, de fojas 50 a 52, adoptado en sesion extraordinaria de fecha 22 de agosto de 2005, el Concejo Provincial de Chiclayo acordo declarar improcedente el pedido de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no haber alcanzado el MORDAZA aprobatorio de los dos tercios del numero legal de sus miembros; Que el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 017-2002PCM, modificatorio del Reglamento de la Ley N° 26771, establece que se configura la causal de nepotismo cuando determinados funcionarios ejercen su facultad de nombrar y contratar personal respecto de parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad y por razon de matrimonio; o cuando dichos funcionarios, MORDAZA de direccion o de confianza, tengan injerencia directa o indirecta, en el nombramiento y contratacion de personal; Que no obstante lo dispuesto en el considerando anterior, debe precisarse que el Pleno del JNE, por su propia naturaleza, se constituye en interprete material de las normas constitucionales y legales en materia electoral, siendo por ello que sus fallos se dictan aplicando una metodologia sistematica de la normatividad vigente; Que en este caso, si bien es MORDAZA el articulo 11 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los regidores no pueden ocupar cargos de direccion y de confianza dentro de sus respectivas municipalidades y comunas, esta disposicion debe entenderse como una limitacion, a efecto de evitar que dichos funcionarios publicos ­ a quienes se les ha encargado la labor de fiscalizacion de la gestion municipal - realicen labores propias de la administracion o invadan funciones ejecutivas delegadas por ley al MORDAZA de municipalidad

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Aceptan renuncia de Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones
RESOLUCION Nº 416-2005-JNE MORDAZA, 22 de diciembre de 2005 Vista la carta de renuncia del senor doctor MORDAZA MORDAZA Ballon-Landa MORDAZA fechada el 7 de diciembre del presente ano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1307-2000-JNE del 13 de noviembre de 2000 se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA Ballon-Landa MORDAZA como Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones, a partir el 14 de noviembre de 2000. Que, con fecha 9 de diciembre de 2005, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo de Secretario General. Que, el articulo 27º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 establece que el MORDAZA Nacional de Elecciones contara con un Secretario General quien debera ser abogado, el mismo que coadyuva en las labores jurisdiccionales del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, actua como fedatario de los acuerdos adoptados y tiene a su cargo la agenda del referido Pleno. Que, el inciso f) del articulo 14º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Nº 134-2005-JNE de fecha 31 de MORDAZA de 2005, establece que son funciones del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, el designar y MORDAZA al Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones, a propuesta del Presidente de la institucion. De conformidad con la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, y Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Nº 134-2005-JNE. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, a partir del 1° de enero de 2006, la renuncia presentada por el senor doctor MORDAZA MORDAZA Ballon-Landa MORDAZA al cargo de Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones, exonerandosele del plazo de ley, disponiendose la oportuna entrega del cargo.

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