Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2005 (28/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004 DE/ SG de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron los cargos que desempenara el Personal Militar en las Agregadurias y Organismos Internacionales del Peru en el Extranjero; Que, se ha determinado la necesidad de nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA WINKELRIED MORDAZA, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Colombia, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 15 de enero del 2005; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA WINKELRIED MORDAZA, CIP 01714983, para que preste servicios como Agregado MORDAZA a la Embajada del Peru en Colombia, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 15 de enero del 2005. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - (Marina de MORDAZA del Peru), efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Bogota (COLOMBIA) US$ 379.80 x 4 personas Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 6,300.00 x 12 meses Gastos de Traslado: (Ida) US$ 6,300.00 x 2 Compensaciones Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 4 personas Articulo 3º.- El citado Oficial revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio y termino de la mision diplomatica, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 01995 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2005/DE/EP Mediante Oficio Nº 048-2005-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe

de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 012-2005/ DE/EP, publicada en la edicion del 22 de enero de 2005. En el MORDAZA considerando y en el articulo 1º: DICE: "... Representante ante la JID en los Estados Unidos de MORDAZA, ..." DEBE DECIR: "... Agregado Militar a la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de Estados Americanos (OEA) y la Junta Interamericana de Defensa (JID) en los Estados Unidos de MORDAZA, ..." 01998

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por el D. Leg. Nº 809 y modificada por el D. Leg. Nº 951
DECRETO SUPREMO Nº 013-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 102º del Decreto Legislativo Nº 809, establece que por Decreto Supremo se aprobaran las Tablas de Sanciones que la SUNAT aplicara por la comision de las infracciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 122-96-EF se aprobo la Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, la misma que fue modificada por los Decretos Supremos Nºs. 027 y 050-2000-EF, 030-2001-EF y 0762004-EF; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 951 se modifica la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 809; Que, es necesario aprobar una nueva Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Deroguense los Decretos Supremos Nºs. 122-96-EF, 027-2000-EF, 050-2000-EF, 030-2001EF y 076-2004-EF. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas

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