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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2005 (09/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G33/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 9 de julio de 2005 previo al embarque en el país de origen o proceden- cia. - Que el envío venga amparado por un Certificado Fitosanitario o Certificado Fitosanitario de reexportaciónOficial y original emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria – ONPF del país de origen y/o procedencia, según sea el caso, en el que conste elcumplimiento de los requisitos fitosanitarios estableci- dos en el artículo anterior. - Que vengan libres de tierra y cualquier otro tipo de sustrato vegetal no estéril. - Que cuando se utilicen envases, éstos sean nue- vos y de primer uso. - Los productos vegetales deberán ser transporta- dos en medios limpios y desinfectados y acomodados de manera que permitan las facilidades necesarias parala inspección fitosanitaria y, cuando sea necesario, para efectuar el tratamiento respectivo. - Inspección en el punto de ingreso. Artículo 3º.- El Inspector del SENASA tomará una muestra representativa del envío, la que deberá ser en-viada a un análisis de laboratorio en el punto de ingreso, siendo retenido el producto hasta la llegada de los resul- tados de dicho análisis; luego del cual, el Inspector deCuarentena, emitirá el dictamen correspondiente. Artículo 4º.- El término "encontrado libre", señalado en el artículo 1º de la presente Resolución, correspondea que las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado por la ONPF del país de ori- gen y/o procedencia, durante el período de crecimientoactivo del cultivo. Artículo 5º.- La desinfección puede realizarse con: Captan (5 g / K de semillas) o Benomyl (2 g / K de semi-lla) o cualquier otro producto o tratamiento similar. Artículo 6º.- El procedimiento aplicable al ingreso del producto, será el señalado en el Reglamento de Cuaren-tena Vegetal o norma sanitaria vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General (e)Dirección General de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 12247 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G72/G69/G61/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 204-2005-MINCETUR/DM Lima, 6 de julio de 2005Visto el Oficio Nº 868-2005-PROMPEX/DE, del Di- rector Ejecutivo de la Comisión para la Promoción deExportaciones -PROMPEX; CONSIDERANDO:Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamiento y consolidación de los bienes y servi-cios en el mercado internacional, a través de una acción concertada con el sector privado y las diferentes institu- ciones públicas relacionadas con el comercio exteriordel país, buscando el desarrollo sostenible de las expor- taciones en base al crecimiento y diversificación de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión delas empresas exportadoras y la apertura y consolida- ción de los mercados de exportación; Que, entre las funciones que PROMPEX realiza con el objeto de promover las exportaciones de bienes y servi- cios peruanos y mejorar la oferta exportable, se encuentra la de diseñar y ejecutar estrategias y acciones de promo-ción que permitan fomentar y fortalecer el desarrollo de laoferta exportable del país en condiciones competitivas, conforme lo establece el artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad; Que, PROMPEX en orden al cumplimiento de dicho objetivo, ha programado conjuntamente con empresas peruanas la realización de una Misión Empresarial a California, Estados Unidos de Norteamérica, a realizar-se del 10 al 16 de julio del 2005, con el objetivo de pre- sentar nuestra oferta exportable de productos al merca- do norteamericano; Que, en la referida Misión Empresarial, están partici- pando 13 empresas de diversos sectores como: manufacturas diversas, textil confecciones, agro y arte-sanías, con la finalidad de sostener reuniones (ruedas) de negocios con potenciales importadores, distribuido- res y grandes establecimientos comerciales de dichopaís y sentar las bases para el afianzamiento de nego- cios futuros, para lo cual PROMPEX ha preparado un programa de citas preconcertadas, basadas en los per-files de cada empresa exportadora y las posibilidades de sus productos en los mercados de interés; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Co- mercio Exterior y Turismo, establece que La Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX, es unOrganismo Público Descentralizado perteneciente al sector Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Enrique Prado Rey, Gerente Central de Información e Inteligencia de Mer- cados de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a las ciudades de Los Angeles, San Francis-co y San José, California - Estados Unidos de Norteaméri- ca, del 10 al 16 de julio del 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promociónde Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promo- ción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercioy Servicio, Programa 040 Comercio, de acuerdo al si- guiente detalle: Viáticos (US$ 220 x 6 días) : US$ 1320,00 Pasajes : US$ 1237,16 Pasaje Terrestre : US$ 5 0,00 (San Francisco - San José) Tarifa Corpac : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el representante de PROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la pre-sente Resolución, presentará al Titular de la entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los lo- gros obtenidos durante la comisión de servicios. Asimismopresentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación ni exoneración de impuestos o de derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 12184 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G65/G73/G20/G61 /G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 308-2005-DE/CCFFAA Lima, 14 de junio de 2005