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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (09/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 303801 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de noviembre de 2005 Reos en Cárcel, todo lo referente a la realización del aludido inventario jurídico procesal. Artículo Tercero.- Concluido el inventario, la mencionada Comisión remitirán los resultados a laPresidencia de esta Corte Superior, adjuntando un informe fundamentado, respecto de las medidas necesarias para optimizar el trabajo de los mencionadosórganos jurisdiccionales. Artículo Cuarto.- La Oficina de Desarrollo de la Presidencia, la Oficina de Administración Distrital y la Oficina de Personalbrindarán el apoyo necesario a la Comisión mencionada para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de laGerencia General, de la Oficina de Control Distrital de la Magistratura, de los Magistrados de los Juzgados Penales con Reos en Cárcel, de la Oficina de Administración Distrital,del Área de Desarrollo de la Presidencia, de la Oficina de Personal y de los miembros de la Comisión designada en la presente resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima 18932 Designan Comisión para la depuración y optimización de actividades de laMesa de Partes Única de los JuzgadosPenales con Reos en CÆrcel de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 393-2005-P-CSJL/PJ Lima, 21 de octubre de 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, es la máxima autoridad administrativa de laSede a su cargo, por lo que tiene competencia para dictar las medidas administrativas necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administraciónde justicia en sus distintos niveles y áreas; Que, en ese sentido, esta Presidencia ha considerado necesario conocer con exactitud el movimiento deexpedientes y documentación que se encuentran ante la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales con Reos en Cárcel, así como el movimiento de los mismosque se produce en la mencionada dependencia; Que, para tal efecto, desde el 28 de setiembre del año en curso se viene realizando una depuración de ladocumentación que giran ante la mencionada Mesa de Partes, con el fin de optimizar el funcionamiento de la mencionada dependencia a efectos de brindar al usuariode la impartición de justicia un servicio oportuno y eficaz; Que, es necesario precisar que esta acción se viene realizando sin afectar el servicio de impartición de justiciacon el apoyo de la Oficina de Desarrollo de la Presidencia y del personal de las Salas Penales Especiales recientemente creadas; Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 90 incisos 3) y 9) de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y con cargo a dar cuenta al ConsejoEjecutivo Distrital; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, en vía de regularización, la Comisión encargada de la depuracióny optimización de actividades de la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales con Reos en Cárcel, la cual que deberá estar integrada, por las siguientes personas: - Dra. Elvia Barrios Alvarado, Vocal Superior, quien la presidirá - Dra. Isabel Cristina Torres Vega, Vocal Superior - Dra. Pilar Carbonel Vílchez, Vocal Superior (P)Artículo Segundo.- La mencionada Comisión se encargará de coordinar con las Mesas de Partes aludida, todo lo referente a la realización de la labor que se encomienda. Artículo Tercero.- Concluida su labor, la mencionada Comisión remitirá los resultados a la Presidencia de esta Corte Superior, adjuntando sus propuestas, respecto alas medidas necesarias a adoptarse para optimizar el trabajo de la mencionada dependencia. Artículo Cuarto.- La Oficina de Desarrollo de la Presidencia brindará el apoyo necesario a la Comisión mencionada para el adecuado cumplimiento de sus funciones; debiendo contar con el apoyo del personal delas Salas Penales Especiales recientemente creadas. Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema deJusticia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Control Distrital de laMagistratura, del Jefe de Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales Con Reos en Cárcel y de los miembros de la Comisión designada en la presente resolución, paralos fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima 18927 ORGANISMOS AUTÓNOMOS J N E Declaran subsistentes las obser- vaciones y denegatoria de inscripciónde la modificación de Estatuto de laAgrupación Independiente Sí Cumpleen el Registro de Partidos Políticos RESOLUCIÓN Nº 318-2005-JNE Lima, 31 de octubre de 2005 VISTO en Audiencia Pública de fecha 25 de octubre de 2005, el recurso de apelación interpuesto por don Daniel Rodríguez Díaz, personero legal nacional de la Agrupación Independiente Sí Cumple, contra los Oficios Nºs. 3138 y3212-2005-OROP/JNE del 23 de setiembre y 6 de octubre de 2005, respectivamente, emitidos por la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacionalde Elecciones, sobre observaciones a la solicitud de modificación de Estatuto en el Registro de Partidos Políticos; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 3138-2005-OROP/JNE, la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, observó la solicitud de la Agrupación Independiente Sí Cumple mediante la cualdicha organización política solicitó inscribir en el Registro de Partidos Políticos la modificación de su estatuto, su nueva estructura orgánica, así como cargos directivos,acuerdos adoptados en las sesiones partidarias llevadas a cabo los días 22 de abril y 27 de mayo de 2005; Que la referida observación se fundamentó en los siguientes argumentos: A) Respecto al Congreso Nacional Extraordinario del 22 de abril de 2005.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º del estatuto de laAgrupación Independiente Si Cumple, es competencia exclusiva del Congreso Nacional Extraordinario modificar la norma estatutaria, sin embargo, los asistentes alCongreso bajo mención, delegaron al Presidente del partido la facultad de revisar e introducir modificaciones al estatuto partidario, facultad que no se encuentra comprendida enel propio estatuto, pues éste no establece la posibilidad que el Congreso Nacional Extraordinario pueda renunciar a sus facultades y delegarlas a tercera persona; B)Respecto a la Asamblea General llevada a cabo el 27 de mayo de 2005.- Que se publicó en dos diarios de la Capital,