Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2005 (09/11/2005)


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NORMAS LEGALES
MORDAZA

MORDAZA, miercoles 9 de noviembre de 2005

Nº 591, MORDAZA, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 18854 RESOLUCION SBS Nº 1599-2005 MORDAZA, 28 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial, con caracter temporal, en el evento de la Kermesse del Colegio Trener, ubicado en el Jr. Malasque s/n, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco de Credito del Peru en sesion de Comite Ejecutivo celebrada el dia 13 de octubre de 2005, aprobo la instalacion de una Oficina Especial que funcionara el dia 29 de octubre de 2005 en el evento de la Kermesse del Colegio Trener, ubicado en el Jr. Malasque s/n, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "A", mediante Informe Nº 180-DEB "A"-2005; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Circular Nº B-2147-2005 y con la Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru, la apertura de una Oficina Especial, con caracter temporal, en el evento de la Kermesse del Colegio Trener, ubicado en el Jr. Malasque s/n, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 18853

Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Municipalidad Distrital de Lurin contra de la Municipalidad Provincial de Huarochiri y la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros, con el objeto que se disponga que corresponde al Poder Ejecutivo la atribucion de proponer la demarcacion territorial y al Congreso aprobar la misma. ANTECEDENTES Con fecha 27 de noviembre de 2003, la municipalidad recurrente, representada por su MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mini, interpone demanda de inconstitucionalidad contra la Municipalidad Provincial de Huarochiri y la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros, con el objeto que se declare que a quien le compete aprobar o modificar la demarcacion territorial es al Congreso de la Republica, conforme a la propuesta que alcance el Poder Ejecutivo, con lo que dicha atribucion en modo alguno les corresponde a las emplazadas; en consecuencia, solicita que se declare nula la Ordenanza Municipal Nº 000011 aprobada en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de agosto de 2003, mediante la cual se dispuso ratificar en todos sus extremos el ordenamiento territorial del distrito de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros, conforme a la Descripcion de Linderos y Medidas Perimetricas y el Cuadro de Datos Tecnicos y Coordenadas Poligonales expresadas en la Memoria Descriptiva aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 009-2000-MDSDLO, del 21 de diciembre de 2000, y ratificado por Ordenanza Nº 004-2003-MDSDO, del 31 de MORDAZA de 2003. Sostiene que la Ordenanza impugnada persigue de manera maliciosa y encubierta aprobar la demarcacion territorial del distrito de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros, puesto que ni la Constitucion ni la Ley Organica de Municipalidades establecen a favor de estas ultimas la facultad de fijar su ordenamiento territorial o determinar sus limites, dado que, conforme al inciso 7) del articulo 102º de la Constitucion, es atribucion del Congreso aprobar la demarcacion territorial que proponga el Poder Ejecutivo. Asimismo que, si bien corresponde a las municipalidades aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial en el ambito provincial, ello no autoriza a que se aprueben los limites del distrito de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros en desmedro del distrito de Lurin; de otro lado, expone que la Ordenanza bajo comentario parte de una premisa invalida, pues senala que el distrito de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros fue creado por Ley del 4 de agosto de 1821 y esta ubicado en la jurisdiccion territorial de la provincia de Huarochiri, lo que es falso pues dicha ley no creo el precitado distrito; anade, ademas, que este distrito carece de ley de creacion y que lo que se pretende es aprobar fraudulentamente sus limites, cercenando el 60% del area total de la MORDAZA este del distrito de Lurin. La Municipalidad Provincial de Huarochiri contesta la demanda a traves de su Procurador Publico, exponiendo que la Ordenanza Nº 000011 se limito a ratificar el ordenamiento territorial del distrito de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros de la provincia de Huarochiri, con la descripcion de los linderos y medidas perimetricas que fueron aprobados por Acuerdo de Concejo Nº 0009-2000MDSDLO del 21 de diciembre de 2000 y ratificado por Ordenanza Nº 04-2003-MDSDLO del 31 de MORDAZA de 2003, con lo que dicha MORDAZA ha sido dictada con arreglo a lo establecido en los articulos 40º y 79º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, para lograr el ordenamiento del distrito y sin modificar la demarcacion territorial, puesto que su territorio ya estaba delimitado. Anade que para evitar conflictos territoriales el 25 de MORDAZA de 2002 se publico en el diario oficial la Ley Nº 27795, mientras que el 24 de febrero de 2003 se expidio su Reglamento, en la que se establece el procedimiento para los casos de conflicto territorial, siendo competente para resolver los mismos la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros y, agotado el procedimiento MORDAZA anotado, recien se puede recurrir al Tribunal Constitucional para interponer demanda de conflicto de competencia, con lo que la accionante no ha agotado la via administrativa pertinente. Por su parte, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros solicita que la demanda sea declarada infundada, en atencion a lo previsto en el articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, que establece que los gobiernos locales tienen facultades de organizacion sobre

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran inconstitucional la Ordenanza Nº 000011 de la Municipalidad Provincial de Huarochiri que dispuso ratificar el ordenamiento territorial del distrito de MORDAZA MORDAZA de Los Olleros
EXPEDIENTE Nº 0024-2003-AI/TC MORDAZA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En MORDAZA, a los 10 dias del mes de octubre de 2005, el Tribunal Constitucional en sesion de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados MORDAZA Orlandini, Bardelli Lartirigoyen, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Toma, MORDAZA Gotelli y MORDAZA MORDAZA, pronuncia la siguiente sentencia

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