Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2005 (09/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 9 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES
8.2 Procedencia.-

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Solicitud: Solicitud presentada por las EPS para la aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion. Metas de Gestion: Valores minimos que debe alcanzar obligatoriamente el Solicitante para los indicadores de Gestion al final de cada ano del primer quinquenio de proyeccion en lo que se refiere a la calidad del servicio de agua potable y alcantarillado, como a la eficiencia operativa con que dicho servicio se presta y que sirven de base para la determinacion de la formula tarifaria y estructuras tarifarias. Articulo 5º.- Inicio del procedimiento El procedimiento para la aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion se inicia: 1. A instancia de parte: cuando el Solicitante presenta su solicitud a Gerencia General de la SUNASS cumpliendo con los requisitos previstos en la presente Directiva. Los procedimientos a instancia de parte se clasifican en (i) procedimientos iniciados a solicitud de las EPS y (ii) procedimientos iniciados a solicitud de las Municipalidades Provinciales o de la entidad del Gobierno Nacional designada para conducir el MORDAZA de promocion de la inversion privada. 2. De oficio: cuando habiendo transcurrido el plazo previsto para la MORDAZA del PMO (i) la EPS no cumple con presentarlo o (ii) la Solicitud ha sido declarada improcedente o inadmisible y la EPS no ha cumplido con subsanarla dentro del plazo previsto en la presente Directiva. Articulo 6º.- Etapas y plazos del procedimiento Las etapas y plazos del procedimiento para la aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion en los servicios de saneamiento se definen en el Anexo I. Los plazos del procedimiento se entenderan como maximos, salvo disposicion expresa en contrario. SUNASS, de oficio o a pedido de parte, podra prorrogar los plazos de las etapas, por unica vez, hasta por un MORDAZA del plazo previsto en el Anexo I. TITULO II PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURAS TARIFARIAS Y METAS DE GESTION A SOLICITUD DE LAS EPS CAPITULO I INICIO DE PROCEDIMIENTO Articulo 7º.- De la MORDAZA de la Solicitud La EPS presenta a la Gerencia General de la SUNASS su solicitud de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion adjuntando su Plan Maestro Optimizado, debiendo cumplir con los requisitos de admisibilidad y procedencia previstos en el articulo siguiente. Articulo 8º.- Admisibilidad y procedencia de la Solicitud 8.1 Admisibilidad.La Gerencia de Regulacion Tarifaria de la SUNASS declara inadmisible la solicitud cuando: a. La EPS no cumple con adjuntar a su Solicitud el Plan Maestro Optimizado. b. El Plan Maestro Optimizado presentado no cumple con los requisitos formales establecidos en la Directiva para la Formulacion del Plan Maestro Optimizado. En los supuestos a que se refieren los literales a) y b), la Gerencia de Regulacion Tarifaria ordena a la EPS que subsane la omision o defecto en un plazo no mayor de diez dias habiles. La declaracion de inadmisibilidad suspende el computo del plazo respectivo, reanudandose con la subsanacion por parte del Solicitante. En caso de incumplimiento, se devuelve la Solicitud y se tendra por no presentada, dandose por concluido el procedimiento administrativo.

La Gerencia de Regulacion Tarifaria declara improcedente la Solicitud cuando del Analisis de Consistencia de la propuesta de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion contenida en el Plan Maestro Optimizado, se concluya que esta es manifiestamente inexacta, imprecisa o incompleta. La resolucion debera expresar los fundamentos de la decision, dando por concluido el procedimiento administrativo. CAPITULO II ADMISION DE LA SOLICITUD Articulo 9º.- Resolucion de Admision La Gerencia de Regulacion Tarifaria emite la resolucion admitiendo a tramite la Solicitud, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia. Articulo 10º.- Notificacion y publicacion La Resolucion de Admision sera notificada al Solicitante dentro del plazo de cinco (5) dias calendario de emitida. La Gerencia de Relaciones Institucionales de la SUNASS es el organo encargado de publicar la Resolucion de Admision en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe), dentro del plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario de emitida. CAPITULO III DIFUSION Articulo 11º.- Audiencia publica preliminar a solicitud de la EPS La EPS puede solicitar a la SUNASS la celebracion de una audiencia publica preliminar, con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion contenida en su Plan Maestro Optimizado. Para tal efecto, debe presentar su solicitud a la Gerencia de Regulacion Tarifaria dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes de notificada la Resolucion de Admision. Corresponde al Gerente General de la SUNASS convocar a audiencia publica preliminar para que el Solicitante presente su Plan Maestro Optimizado. Asimismo, determina las reglas para la realizacion de la audiencia preliminar y la agenda contenida en el aviso de convocatoria. La publicacion de la convocatoria debe efectuarse en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulacion en el ambito de prestacion de servicios del Solicitante y en la pagina web de la SUNASS. Entre la publicacion del aviso de convocatoria y la realizacion de la audiencia preliminar habra un plazo no menor de diez (10) dias calendario. La Gerencia de Relaciones Institucionales es responsable de coordinar con la EPS la publicacion del aviso de convocatoria y la organizacion de la audiencia preliminar, siendo aplicable en lo que resulte pertinente, lo dispuesto en el capitulo V del presente Titulo. El costo de la publicacion del aviso de convocatoria y la realizacion de la audiencia preliminar es de cargo del Solicitante. Articulo 12º.- Mecanismos de difusion del Plan Maestro Optimizado En caso la EPS no solicite la celebracion de una Audiencia Publica Preliminar, la SUNASS, conforme a la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, adoptara los mecanismos de difusion que considere pertinentes, entre ellos, conferencias, talleres, charlas, publicaciones, con el fin de dar a conocer al publico en general el contenido del Plan Maestro Optimizado del Solicitante. CAPITULO IV EVALUACION DEL PLAN MAESTRO OPTIMIZADO Articulo 13º.- Del Estudio Tarifario La Gerencia de Regulacion Tarifaria es responsable de elaborar el Estudio Tarifario que contiene la evaluacion tecnica del Plan Maestro Optimizado y la propuesta de la SUNASS con respecto al programa de inversiones, metas de gestion, formula tarifaria y estructuras tarifarias que seran aplicadas por el Solicitante.

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