Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2005 (09/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, miercoles 9 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 303833

Solicitante su subsanacion en un plazo improrrogable de cinco (5) dias habiles. En caso el Solicitante no cumpla con subsanar su solicitud de dirimencia dentro del plazo MORDAZA senalado, la SUNASS devuelve dicha solicitud, teniendose por no presentada. En este caso, el Consejo Directivo emite la Resolucion aprobando la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion notificadas al Solicitante, junto con su Exposicion de Motivos. Articulo 23º.- Materia de la dirimencia La dirimencia solo podra referirse a la discrepancia con respecto a los valores de las premisas que sirvieron de base para la determinacion de la formula tarifaria calculadas por la SUNASS y se limita a lo expresado en la solicitud de dirimencia presentada por el Solicitante y en la contestacion que efectue la SUNASS. Articulo 24º.- Seleccion del dirimente La designacion del consultor privado que resolvera la discrepancia se efectuara de mutuo acuerdo entre el Solicitante y la SUNASS entre los consultores inscritos en el Registro de Consultores Privados de la SUNASS, dentro del plazo de diez (10) dias habiles de presentada su solicitud. A falta de acuerdo, el Solicitante presentara a la SUNASS dentro de un plazo de cinco (05) dias habiles, una terna de tres consultores privados inscritos en el Registro de Consultores Privados de la SUNASS. De esa terna, la SUNASS elegira a uno de los consultores privados para que actue como dirimente. En caso el Solicitante omita presentar a la SUNASS la referida terna de consultores, esta podra designar al dirimente, quien debe encontrarse inscrito en el referido registro. Articulo 25º.- Aceptacion e inicio de la dirimencia El dirimente aceptara su nombramiento por escrito y comunicara tal aceptacion a la SUNASS y al Solicitante dentro del plazo de cinco (5) dias calendario de notificada su designacion. En dicha comunicacion igualmente convocara a las partes a fin de dar inicio al procedimiento de dirimencia, dentro de los 10 dias calendarios siguientes. En dicho acto, SUNASS MORDAZA entrega de (i) la solicitud de dirimencia y (ii) la contestacion de la SUNASS. La dirimencia debe ser resuelta en un plazo MORDAZA e improrrogable de treinta (30) dias calendario computado a partir del inicio del procedimiento, conforme a lo previsto en el articulo 34º de la Ley General de Servicios de Saneamiento. El costo de la dirimencia sera pagado en partes iguales por el Solicitante y la SUNASS, MORDAZA del inicio del procedimiento de dirimencia. Si el Solicitante no cumple con pagar el costo de la dirimencia, SUNASS devuelve la solicitud de dirimencia, teniendose por no presentada. En este caso, el Consejo Directivo emite la Resolucion aprobando la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion notificadas al Solicitante, junto con su Exposicion de Motivos. Articulo 26º.- Resultado de la dirimencia El dirimente determinara, entre los valores de las premisas propuestas por el Solicitante y los valores de las premisas calculadas por la SUNASS, los valores de las premisas que serviran de base para la determinacion de la formula tarifaria. Su resultado es inapelable y tendra caracter obligatorio tanto para el Solicitante como para la SUNASS. Con el resultado de la dirimencia, la Gerencia de Regulacion Tarifaria hace el calculo de los valores de los parametros de la formula tarifaria y el Consejo Directivo de la SUNASS procede a expedir la Resolucion aprobando la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, conforme a lo previsto en el articulo 20º precedente. TITULO III PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURAS TARIFARIAS Y METAS DE GESTION A SOLICITUD DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES O DE LA ENTIDAD DEL GOBIERNO NACIONAL DESIGNADA PARA CONDUCIR EL MORDAZA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Articulo 27º.- De la MORDAZA de la Solicitud Las Municipalidades Provinciales o la entidad del Gobierno Nacional designada para conducir el

MORDAZA de promocion de la inversion privada, pueden solicitar a la SUNASS la aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion aplicables en los procesos de promocion de la inversion privada, cumpliendo con los requisitos de la presente Directiva. Articulo 28.- Procedimiento El procedimiento para la aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion a solicitud de las Municipalidades Provinciales o de la entidad del Gobierno Nacional designada para conducir el MORDAZA de promocion de la inversion privada, se rige por lo dispuesto en los articulos 7º, 8º, 9º, 10, 12º, 13º, 14º, 15º, 16º, 17º y 18º del Titulo II de la presente Directiva. Articulo 29º.- Resolucion Final El Consejo Directivo de SUNASS emite la Resolucion aprobando la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, asi como su exposicion de motivos. Dicha resolucion da por concluido el procedimiento de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion en los servicios de saneamiento. La Gerencia de Relaciones Institucionales es responsable de publicar la referida resolucion en el diar io oficial El Peruano, en un diario de mayor circulacion en el ambito del Solicitante, asi como en la pagina web de la SUNASS, dentro del plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario de emitida la resolucion aprobando la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion. TITULO IV PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE OFICIO DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURAS TARIFARIAS Y METAS DE GESTION DE LAS EPS Articulo 30º.- Inicio del procedimiento de oficio La Gerencia de Regulacion Tarifaria inicia el procedimiento de aprobacion de oficio de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de las EPS cuando habiendo transcurrido el plazo previsto para la MORDAZA del Plan Maestro Optimizado (i) la EPS no ha cumplido con presentarlo o (ii) la Solicitud presentada por la EPS ha sido declarada improcedente o ha sido declarada inadmisible y la EPS no ha cumplido con subsanarla dentro del plazo previsto en la presente Directiva. El procedimiento de aprobacion de oficio de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de las EPS tiene un caracter excepcional. Articulo 31º.- Requisitos para el inicio del procedimiento A fin de iniciar el procedimiento de aprobacion de oficio de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de las EPS, la Gerencia de Regulacion Tarifaria debe verificar el cumplimiento de los siguientes requisitos: a. La EPS se encuentren dentro de los supuestos del articulo 30º. b. La SUNASS cuente con la informacion prevista en la Directiva para la Formulacion del Plan Maestro Optimizado. La Gerencia de Regulacion Tarifaria puede disponer que la EPS subsane la omision del requisito senalado en el literal b) del parrafo anterior, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles. Articulo 32º.- Resolucion de Inicio de procedimiento de oficio La Gerencia de Regulacion Tarifaria emitira la Resolucion iniciando el procedimiento de aprobacion de oficio de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos previstos en el articulo anterior. Articulo 33.- Procedimiento de oficio El procedimiento de aprobacion de oficio de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de las EPS se rige por los articulo 10º, 13º, 14º, 15º, 16º, 17º y 18º del Titulo II de la presente Directiva.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.