Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2005 (14/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de octubre de 2005

propios costos de adecuacion sin que exista la obligacion de pago alguno entre MORDAZA por este concepto. Mediante comunicaciones DMR/CE/Nº 400/04 y DMR/ CE/Nº 401/04 recibidas por Comunicaciones Moviles y Tmoviles el 23 de diciembre de 2004 respectivamente, MORDAZA Movil reitero la solicitud detallada en el parrafo anterior. Mediante comunicacion C.053-2005/VPAR recibida por MORDAZA Movil el 25 de enero de 2005, Comunicaciones Moviles manifesto a MORDAZA Movil que viene estudiando las alternativas que MORDAZA de mutuo beneficio para MORDAZA partes, en caso sea necesaria alguna modificacion en los contratos suscritos entre las redes fija, portadora de larga distancia nacional e internacional y movil de Comunicaciones Moviles y la red de MORDAZA Movil de fecha 7 de diciembre de 2000 y/o el contrato entre el portador de larga distancia nacional e internacional de Ameri ida podria contravenir el derecho de las partes de planificar en un horizonte temporal el desarrollo de su relacion de interconexion, mas aun cuando dicha modificacion no obedeceria a una obligacion legal. Por otro lado, tambien indicaron que en ninguna relacion de interconexion equivalente a la vigente con MORDAZA Movil, T-Moviles otorga las condiciones materia de la solicitud de dicha empresa. Asimismo, T-Moviles manifesto a MORDAZA Movil su disposicion de llegar a un acuerdo que beneficie a MORDAZA partes. Mediante comunicacion DMR/CE/Nº 029/05 recibida por Comunicaciones Moviles el 26 de enero de 2005, MORDAZA Movil manifiesta que de la comunicacion C.0532005/VPAR, se entenderia que Comunicaciones Moviles no acepta las condiciones planteadas en su solicitud, por lo que requiere de Comunicaciones Moviles un pronunciamiento concreto y puntual. Asimismo, precisa que la solicitud fue formulada el 22 de diciembre de 2004 y reitera que expresen por escrito su aceptacion concreta o confirmen su negativa (tal como se deduciria de la comunicacion DMR/CE/Nº 029/05) a la brevedad. A la falta de pronunciamiento en breve, MORDAZA Movil entendera que la respuesta es negativa. Mediante comunicacion DMR/CE/Nº 030/05 recibida por T-Moviles el 26 de enero de 2005, MORDAZA Movil manifiesta que de la comunicacion TM-925-A-065-05, se entenderia que T-Moviles no acepta las condiciones planteadas en su solicitud, por lo que requiere de TMoviles un pronunciamiento concreto y puntual. Mediante comunicacion C.094-2005/VPAR recibida por MORDAZA Movil el 2 de marzo de 2005, Comunicaciones Moviles manifiesta que la solicitud de MORDAZA Movil carece de los elementos necesarios para adecuarse a lo dispuesto por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 1222003-CD/OSIPTEL. No obstante ello, indican que en su comunicacion C.053-2005/VPAR manifestaron con la mejor buena voluntad, que su representada estaba estudiando alternativas que MORDAZA de mutuo beneficio para MORDAZA partes. Mediante comunicaciones DMR/CE/Nº 091/05 y DMR/CE/Nº 092/05, recibidas por OSIPTEL el 2 de marzo de 2005, MORDAZA Movil solicito la emision de un Mandato de Interconexion con T- Moviles y un Mandato de Interconexion con Comunicaciones Moviles que fijen los terminos y condiciones bajo los cuales seran modificados los Proyectos Tecnicos de Interconexion y/o los anexos respectivos de los contratos suscritos con MORDAZA empresas, en cuanto al regimen de pago de los enlaces de interconexion bidireccionales empleados a la fecha y los que se empleen a futuro (renta mensual, cargo de instalacion y adecuacion de red, disponiendo que (i) cada parte asuma el monto proporcional a la renta mensual en funcion al uso del enlace o del trafico cursado, (ii) cada parte asuma el 50% del costo de instalacion, y (iii) cada parte asuma los costos de su propia adecuacion de red. Mediante comunicaciones C.181-GG.GPR/2005, C.182-GG.GPR/2005 y C.183-GG.GPR/2005 recibidas por Comunicaciones Moviles, MORDAZA Movil y T-Moviles el 11 de marzo de 2005 respectivamente, OSIPTEL solicito toda la informacion cursada entre las partes relacionada con la solicitud de MORDAZA Movil, la cantidad de E1's instalados y toda aquella informacion que consideren relevante para la elaboracion de su pronunciamiento. Mediante comunicacion DMR/CE/Nº 118/05, recibida por OSIPTEL el 15 de marzo de 2005, MORDAZA Movil remitio la cantidad de enlaces de interconexion

actualmente instalados con Comunicaciones Moviles y T- Moviles, asi como informacion adicional. Mediante comunicacion C.186-2005/VPAR recibida por OSIPTEL el 17 de marzo de 2005, Comunicaciones Moviles envio comentarios relacionados con la solicitud de Mandato de MORDAZA Movil, asi como la cantidad actual de enlaces de interconexion instalados con la red de dicha empresa. Mediante comunicacion TM-925-A-196-05 recibida por OSIPTEL el 22 de marzo de 2005, T-Moviles envio comentarios relacionados con la solicitud de Mandato de MORDAZA Movil, asi como la cantidad actual de enlaces de interconexion instalados con la red de dicha empresa. Mediante comunicaciones C.374-GCC/2005, C.376GCC/2005, C.375-GCC/2005 y C.377-GCC/2005 recibidas por MORDAZA Movil, Comunicaciones Moviles y T-Moviles el 30 de MORDAZA de 2005 respectivamente, OSIPTEL notifico el Proyecto de Mandato de Interconexion a fin de que las empresas formulen los comentarios que estimen pertinentes. Asimismo, se les solicito, como parte de sus comentarios, una propuesta de cantidad de enlaces E1's para cursar el trafico entre sus redes. Mediante carta TM-925-A-358-05 recibida con fecha 1 de junio de 2005, Telefonica Moviles S.A. comunica la entrada en vigencia de la fusion por absorcion de Telefonica Moviles S.A.C. (empresa absorbida) y Comunicaciones Moviles del Peru S.A. (empresa absorbente) siendo la nueva denominacion social de la empresa fusionada Telefonica Moviles S.A. (en adelante "Telefonica Moviles"). Mediante comunicaciones DMR/CE/Nº265/05 y TM925-A-415-05, recibidas por OSIPTEL el 20 de junio de 2005, MORDAZA Movil y Telefonica Moviles enviaron sus respectivos comentarios a los Proyectos de Mandato propuestos por OSIPTEL. Mediante comunicaciones C.610-GG.GPR/2005 y C.611-GG.GPR/2005 recibidas por MORDAZA Movil y Telefonica Moviles el 16 de agosto de 2005 respectivamente, OSIPTEL corrio traslado de los comentarios emitidos por las empresas. Mediante comunicacion DMR/CE/Nº 362/05 recibida el 19 de agosto de 2005, MORDAZA Movil puso en conocimiento de OSIPTEL que en la Junta General de Accionistas de fecha 10 de agosto del 2005, se acordo el cambio de denominacion social de Tim Peru S.A.C. a MORDAZA Movil Peru S.A.C.. Mediante comunicaciones DMR/CE/Nº 366/05 y TM-925A-553-05 recibidas por OSIPTEL el 23 y 24 de agosto respectivamente, MORDAZA Movil y Telefonica Moviles, envian los comentarios solicitados mediante comunicaciones C.610GG.GPR/2005 y C.611-GG.GPR/2005. Mediante Resolucion de Gerencia General Nº 3262005-GG/OSIPTEL, OSIPTEL dispuso la acumulacion del procedimiento administrativo de emision de mandato de interconexion tramitado bajo el expediente Nº 00002-2005CD-GPR/MI al procedimiento administrativo respecto de la misma materia tramitado bajo el expediente Nº 000012005-CD-GPR/MI. Mediante comunicacion DMR/CE/Nº 376/05 recibida el 1 de setiembre de 2005, MORDAZA Movil remitio comentarios adicionales al Proyecto de Mandato, asi como su propuesta de cantidad de enlaces de interconexion requeridos para el trafico originado en (destinado a) su red con destino a (origen en) la red de Telefonica Moviles. Mediante comunicacion C.705-GG.GPR/2005 recibida el 13 de setiembre de 2005, OSIPTEL reitero a Telefonica Moviles su solicitud de propuesta de cantidad de enlaces de interconexion (E1's), debidamente sustentada, que considere necesarios para el transporte de las llamadas originadas en la red de Telefonica Moviles con destino a la red de MORDAZA Movil. Mediante comunicacion TM-925-A-602-05 recibida el 16 de setiembre de 2005, Telefonica Moviles precisa la cantidad de enlaces de interconexion (E1's) requeridos para las comunicaciones originadas en la red de Telefonica Moviles con destino a la red de MORDAZA Movil desde los puntos de interconexion de la Ex Telefonica Moviles S.A.C. y de la Ex Comunicaciones Moviles del Peru S.A.. 3. EVALUACION Y ANALISIS 3.1 Solicitud de MORDAZA Movil 3.1.1 MORDAZA Movil mediante comunicaciones DMR/ CE/Nº091/05 y DMR/CE/Nº092/05 de fecha 2 de marzo

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