Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2005 (15/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

Pag. 302350

NORMAS LEGALES
RUC 1 2 20101247431 20509656607 3 4

MORDAZA, sabado 15 de octubre de 2005 ANEXO 1
RUC 20509709573 20510398158 5 6 RUC 20511125040 20511129975 7 RUC 20511130124

de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que segun el referido articulo, los deudores tributarios considerados Medianos y Pequenos Contribuyentes, efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las instituciones bancarias autorizadas, en efectivo o mediante cheque; Que, posteriormente mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 260-2004/SUNAT y modificatoria, se aprobaron las normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectuen el pago de los tributos internos a traves de SUNAT Virtual; Que resulta de interes fiscal modificar los directorios de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de Principales Contribuyentes de las Intendencias Regionales de MORDAZA, MORDAZA y Junin; En uso de las facultades conferidas por los articulos 29º y 88º del TUO del Codigo Tributario, los articulos 5º y 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporase a los directorios de Principales Contribuyentes de las dependencias que se indican en la siguiente tabla, a los contribuyentes senalados en los anexos Nums. 1 a 3 de la presente resolucion, los mismos que deberan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, unicamente en el lugar senalado expresamente para cada dependencia en la citada tabla o a traves de SUNAT Virtual, de corresponder:
DEPENDENCIA ANEXO Nº LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES Avenida Garcilaso de la MORDAZA Nº 1472, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Avenida MORDAZA Nº 222, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. MORDAZA MORDAZA Nº 226, Paseo de Los Libertadores; distrito, provincia y departamento de Tumbes

ANEXO 2
RUC 1 20466351165 2 RUC 20510168152

ANEXO 3
RUC 1 20511592179

ANEXO 4
RUC 1 2 20154441779 20168014962 3 4 RUC 20100119812 20122392385 5 6 RUC 20155795108 20419311325 7 RUC 20504111921

17505

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Disponen reincorporacion de trabajadores a que se refiere la Ley Nº 27803 en plazas vacantes presupuestadas
ORDENANZA REGIONAL Nº 069-2005-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 6 de septiembre de 2005. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO, en sesion extraordinaria celebrado el dia 6 de septiembre de 2005, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais. Con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, establece que la descentralizacion tiene como finalidad el desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de Gobierno en beneficio de la poblacion; Que, mediante Ley Nº 27803 se instituyo el Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios a favor de los ex trabajadores que calificaron y se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente aplicable a los ex trabajadores cuyos ceses colectivos llevado a cabo ante la autoridad administrativa de trabajo en el MORDAZA del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada que mediante Ley Nº 27452 han sido considerados irregulares, y a los ex trabajadores cuyos ceses colectivos en el Sector Publico y Gobiernos Locales han sido considerados igualmente irregulares, en funcion a los parametros deter minados por la Comision Multisectorial creada por Ley Nº 27586, de igual forma es aplicable a los ex trabajadores que renunciaron dentro del MORDAZA de ceses colectivos de personal al MORDAZA del Decreto Ley Nº 26093, a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 27487 y segun lo determinado por la Comision Ejecutiva conforme al articulo 5º de la Ley Nº 27803; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27803 establece que los ex trabajadores comprendidos en el ambito de aplicacion del Programa Extraordinario, tendran derecho

INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA

1

2

3

Articulo 2º.- Excluyase del Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de la Intendencia Regional MORDAZA, a los contribuyentes que se detallan en el Anexo Nº 4 de la presente resolucion, los cuales a partir de la entrada en vigencia de la misma, deberan presentar las declaraciones determinativas y efectuar sus pagos en efectivo o mediante cheque, en la Red Bancaria autorizada por la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, de corresponder. La MORDAZA de las declaraciones informativas, pago mediante documentos valorados, interposicion de procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como la realizacion de todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, deberan efectuarse en la dependencia de la SUNAT de su jurisdiccion o en los Centros de Ser vicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la misma. Articulo 3º.- La SUNAT notificara el contenido de la presente resolucion a los contribuyentes senalados en los anexos. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2005. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.