Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2005 (10/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de setiembre de 2005

transferidos a merito de la presente Resolucion Ministerial, e informara pormenorizadamente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobre el destino de los mismos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 15528 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2135-2005-IN-1101 MORDAZA, 6 de setiembre del 2005 VISTO: el Documento Nº V-900-RAIN-Nº 0717 del Director del Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru Ministerio de Defensa y demas antecedentes relacionados con la transferencia de insumos quimicos fiscalizados; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de Vistos se solicita la transferencia de insumos quimicos fiscalizados: HIPOCLORITO DE SODIO (LEJIA) y ACIDO CLORHIDRICO (MURIATICO), para ser utilizados en la labor diaria del MORDAZA de ropa de MORDAZA de pacientes y en la desinfeccion de los diferentes servicios higienicos del Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru Ministerio de Defensa; Que, el Art. 1º del Decreto Ley Nº 25623 modificado por la Ley Nº 26332 estipula que, los productos e insumos quimicos directa e indirectamente destinados a la elaboracion de pasta basica de cocaina, pasta lavada y otros, estan sujetos a control y fiscalizacion en cuanto a su elaboracion, importacion, comercializacion, transporte, distribucion, posesion, utilizacion y transformacion, sin perjuicio en lo dispuesto en las demas normas sobre la materia, dentro del MORDAZA de la politica antidrogas, entre otros; Que, el Art. 46º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI - Reglamento del Decreto Ley Nº 25623 prescribe que, los productos e insumos quimicos decomisados en condiciones de ser utilizados podran ser utilizados o transferidos por la OFECOD, a solicitud de los interesados y para el uso de la industria nacional, previa evaluacion y verificacion de estos por la DIQPF de MITINCI. Las autorizaciones se daran por Resolucion Ministerial proyectada y ejecutada por la OFECOD; Que, en la sede del Deposito Oficial de Insumos Quimicos del Ministerio del Interior se encuentran almacenados y en custodia producto de las intervenciones policiales entre otros, tres mil doscientos dieciocho kilogramos (3 218,000 Kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO (LEJIA) y dos mil ochenta y tres kilogramos (2 083,000 Kg.) de ACIDO CLORHIDRICO (MURIATICO), susceptibles de ser transferidos a la dependencia requeriente; Que, dentro del MORDAZA normativo vigente sobre la materia, resulta pertinente efectuar la transferencia de los insumos quimicos precedentemente descritos a favor del Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru Ministerio de Defensa; debiendose dar cumplimiento a las formalidades y procedimientos establecidos, asi como adoptarse las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la transferencia de dichos insumos con intervencion de las autoridades competentes y con responsabilidad funcional en el referido procedimiento; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD y lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Sector; y, de conformidad a lo establecido por el Decreto Ley Nº 22095; el Decreto Ley Nº 25623 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI; y el Art. 5º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferir al Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru - Ministerio de Defensa, tres mil doscientos

dieciocho kilogramos (3 218,000 Kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO (LEJIA) y dos mil ochenta y tres kilogramos (2 083,000 Kg.) de ACIDO CLORHIDRICO (MURIATICO); a fin de que estos insumos quimicos MORDAZA utilizados para el destino requerido por dicha institucion; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, procedera a la entrega de los insumos quimicos MORDAZA descritos al representante acreditado del Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru - Ministerio de Defensa previo el cumplimiento de las formalidades establecidas; en presencia del representante del Ministerio Publico, previo pesaje y analisis certificado por un profesional quimico. Articulo 3º.- El Director del Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru - Ministerio de Defensa, adoptara las medidas necesarias para garantizar el debido uso de los insumos quimicos transferidos a merito de la presente Resolucion Ministerial, e informara pormenorizadamente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobre el destino de los mismos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 15527 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2136-2005-IN-1101 MORDAZA, 6 de setiembre del 2005 VISTO: los Oficios Nºs. 185 y 208-DIR-IRFEM-UGEL Nº 03-2005 de 24JUN2005 y 26JUL2005 del Director del Instituto de Reeducacion Fisica y Examenes Medicos del Ministerio de Educacion UGEL Nº 03 y demas antecedentes relacionados con la transferencia de insumos quimicos fiscalizados; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de Vistos se solicita la transferencia de insumos quimicos fiscalizados: HIPOCLORITO DE SODIO (LEJIA) y ACIDO CLORHIDRICO (MURIATICO), para el uso en la limpieza y desinfeccion de ambientes e instrumentos ; asi como para el MORDAZA de sabanas y chaquetas del Instituto de Reeducacion Fisica y Examenes Medicos del Ministerio de Educacion UGEL Nº 03; Que, el Art. 1º del Decreto Ley Nº 25623 modificado por la Ley Nº 26332 estipula que, los productos e insumos quimicos directa e indirectamente destinados a la elaboracion de pasta basica de cocaina, pasta lavada y otros, estan sujetos a control y fiscalizacion en cuanto a su elaboracion, importacion, comercializacion, transporte, distribucion, posesion, utilizacion y transformacion, sin perjuicio en lo dispuesto en las demas normas sobre la materia, dentro del MORDAZA de la politica antidrogas, entre otros; Que, el Art. 46º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI - Reglamento del Decreto Ley Nº 25623 prescribe que, los productos e insumos quimicos decomisados en condiciones de ser utilizados podran ser utilizados o transferidos por la OFECOD, a solicitud de los interesados y para el uso de la industria nacional, previa evaluacion y verificacion de estos por la DIQPF de MITINCI. Las autorizaciones se daran por Resolucion Ministerial proyectada y ejecutada por la OFECOD; Que, en la sede del Deposito Oficial de Insumos Quimicos del Ministerio del Interior se encuentran almacenados y en custodia producto de las intervenciones policiales entre otros, un mil ciento trece kilogramos (1 113,000 Kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO (LEJIA) y setecientos setenta y nueve kilogramos (779,000 Kg.) de ACIDO CLORHIDRICO (MURIATICO), susceptibles de ser transferidos a la dependencia requeriente; Que, dentro del MORDAZA normativo vigente sobre la materia, resulta pertinente efectuar la transferencia de los insumos quimicos precedentemente descritos a favor

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