NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 36
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G39/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de setiembre de 2005 Que, actualmente el servicio de Pólizas de Seguros de Accidentes Personales - Seguro EsSalud Vida, se encuentra a cargo de La Positiva Seguros y Reaseguros, con quien se ha suscrito el contrato por el período del1.6.2005 al 1.6.2008; Que, con la finalidad de estandarizar los procedimientos de registro del afiliado titular y beneficiarios y depresentación a EsSalud de las solicitudes de indemnización del Seguro de Accidentes Personales - Seguro EsSalud Vida, en caso de afiliados titulares y/o cónyuge oconcubina(o) que han sufrido accidentes, es necesario aprobar los formularios respectivos; De conformidad con las facultades conferidas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR los siguientes formularios, relacionados con el Seguro EsSalud Vida, los mismos que forman parte de la presente resolución: a) Formulario 6008 , Registro del Afiliado y Beneficiarios, para la declaración y registro de la información del afiliadotitular y beneficiarios, a cargo del afiliado titular. Este formulario se presentará en original (EsSalud) y dos copias (Compañía Aseguradora y Usuario). b) Formulario 9000, Solicitud de Indemnización - Seguro EsSalud Vida, para solicitar las indemnizaciones por siniestros del afiliado titular y/o su cónyuge oconcubina(o) coberturados por el Seguro EsSalud Vida. Este formulario se presentará en original (Compañía Aseguradora) y dos copias (EsSalud y Usuario). Los formularios en mención deberán ser presentados por los interesados en: - Lima y Callao : Agencias de EsSalud. - Provincias : Oficinas o Unidades de Seguros de las Redes Asistenciales de EsSalud. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación. Artículo 3º.- DISPONER que la Gerencia de Servicios al Asegurado coordine la publicación de los formularios referidos en el artículo 1º de la presente Resolución en la página web del Seguro Social de Salud - EsSalud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SEGUNDO MONTOYA MESTANZA Gerente Central de Seguros 16312 INPE /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/GED/G73/G69/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G65/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/GE1/G20/G61/G20/G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20/G64/G65 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 516-2005-INPE/P Lima, 19 de setiembre de 2005 VISTOS, el Oficio N° 1832-2005-INPE/10 de fecha 12 de setiembre de 2005, de la Oficina General deAdministración, el Oficio N° E-580-2005/GTN/MON de fecha 7 de setiembre de 2005, emitido por la Subgerencia de Monitoreo del CONSUCODE y Oficio N° 633-2005-INPE/06 de fecha 14 de setiembre de 2005, de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial N° 362-2005- INPE/P de fecha 30 de junio de 2005 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de julio de 2005, se exoneradel proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, la contratación de servicios especializados del Archivo General de la Nación, bajo la causal de serviciospersonalísimos; autorizándose a la Oficina General de Administración a contratar los servicios especializados de dicha entidad, a fin de que brinde el servicio destinado a la organización, selección y descripción documental delArchivo Central del Instituto Nacional Penitenciario; Que, a través del Oficio Nº E-580-2005/GTN/MON de fecha 7 de setiembre de 2005, la Subgerencia de Monitoreo delConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, señala que la parte resolutiva de la resolución antes mencionada debe precisar entre otros extremos, la fuentede financiamiento, la cual ha sido omitida, por lo que debe ser materia de una nueva publicación, a fin de cumplir con lo dispuesto en el numeral 6.5 de las Disposiciones Específicasde la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, “Publicación de Avisos Referidos a Procesos de Selección”, que señala que enla parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneración del proceso de selección se deberá precisar el tipo y la descripción básica de los bienes, servicios u obras materia deexoneración, el valor referencial y la fuente de financiamiento; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Oficio Nº 633-2005-INPE/06 de fecha 14 de setiembre de2005, señala que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva en mención, es necesario subsanar la omisión incurrida en la parte Resolutiva de la ResoluciónPresidencial Nº 362-2005-INPE/P, debiéndose precisar la fuente de financiamiento que servirá para la contratación de los servicios especializados prestados por el ArchivoGeneral de la Nación; Que, estando a lo requerido por la Subgerencia de Monitoreo del CONSUCODE y lo opinado por la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario, Oficina General de Administración y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 118-2001-CONSUCOPE-PRE, la misma que aprueba la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE “Publicaciónde Avisos Referidos a Procesos de Selección”; y estando a las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- PRECISAR, que la contratación de los servicios personalísimos del Archivo General de la Nación,autorizado mediante Resolución Presidencial N° 362-2005- INPE/P de fecha 30 de junio de 2005, se efectuará a través de la Fuente de Financiamiento 00: RECURSOS ORDINARIOS. Artículo 2°.- REMITIR, copia de la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - CONSUCODE, interesados y a las instancias correspondientes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente Instituto Nacional Penitenciario 16269 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G61/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G50/G44 RESOLUCIÓN Nº 331-2005-P/IPD Lima, 19 de setiembre de 2005Visto el Oficio Nº 1147-2005-CG/OCI-GSNC, de fecha 2 de setiembre de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 1 de agosto de 2005, el señor CPC Ricardo Cárdenas Quispe renuncia al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del InstitutoPeruano del Deporte; Que, por Resolución Nº 316-2005-P/IPD de fecha 26 de agosto de 2005 se acepta la Renuncia, poniendo en