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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G30/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de abril de 2006 resolución, por la suma de S/. 5,701.20 nuevos soles, gasto que se afectará conforme a continuación se detalla: Participante : Mg. Severino Antonio DÍAZ SAUCEDO Cadena del Gasto : 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones S/. 1,440.00 - Alimentación, movilidad local y hospedaje:S/. 120.00 x 12 días =5.3.11.32 Pasajes y Gastos de Transporte S/. 4,020.00- Lima – Portugal – Lima:US $ 1,200 x S/. 3.35 = S/. 4,020.00 5.3.11.39 Otros Servicios de Terceros S/. 241.20 - Seguro de Viajes x 8 días – Plan Europa:US$ 44.00 x S/. 3.35 = S/. 147.40- Pago impuesto aeropuerto:US$ 28.00 x S/. 3.35 = S/. 93.80 - TOTAL S/. 5,701.20 Artículo 3º.- PRECISAR que el Mg. Severino ANTONIO DÍAZ SAUCEDO, Vicerrector Administrativode la UNE, deberá rendir cuentas en forma documentadade los gastos realizados conforme a los dispositivos legales vigentes, en un plazo de 15 días después de haber retornado del evento en el que participó, así comopresentar un informe al Rectorado con respecto alresultado del viaje realizado. Artículo 4º.- DISPONER que las Oficinas Centrales de Personal y de Adquisiciones y Contrataciones de la UNE, para que en uso de sus atirbuciones se encarguen de implementar las acciones complementarias para darcumplimiento a la presente resolución. Artículo 5º.- EL EGRESO que genere la presente resolución se afectará al Mnemónico de la EstructuraFuncional Programática y a la Cadena del Gasto correspondiente al Presupuesto de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle para elejercicio presupuestal 2006. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ Rector (e) 05981 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65 /G74/G69/G74/G75/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G43/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G65/G6E/G74/G61/G6C/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G64/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 031-2006-EF/94.11 Lima, 27 de marzo de 2006 VISTOS:El expediente Nº 2006007384 de Continental Sociedad Titulizadora S.A. y el Memorándum Nº 0931-2006-EF/ 94.45 del 27 de marzo de 2006, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 101- 2005-EF/94.11, del 5 de octubre de 2005, se dispuso la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valoresdel "Primer Programa de Bonos de Titulización @VE"hasta por un monto máximo de US$ 100 000 000,00(cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidosde América) y el registro del prospecto marco correspondiente; Que, las emisiones de bonos que se lleven a cabo como parte del "Primer Programa de Bonos de Titulización@VE" estarán respaldadas con el "Patrimonio enFideicomiso D. Leg. Nº 861, Título XI, Bonos de Titulización @VE" que se encuentra bajo el dominio fiduciario deContinental Sociedad Titulizadora S.A.; Que, el 17 de marzo de 2006, Continental Sociedad Titulizadora S.A. solicitó la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de los valoresdenominados "Bonos de Titulización @VE - TerceraEmisión CLN" hasta por US$ 30 000 000,00 (treintamillones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos deAmérica) como parte del "Primer Programa de Bonos de Titulización @VE" y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente; Que, Continental Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por laLey de Mercado de Valores, por el Reglamento de losProcesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponde, por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; Que, el artículo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidaspor los Órganos Decisorios de CONASEV, estableceque las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores yel registro de los prospectos informativoscorrespondientes, deben ser difundidas a través delBoletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruanoy de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley del Mercado de Valores y por los artículos 43º y siguientesdel Reglamento de los Procesos de Titulización deActivos, así como al acuerdo adoptado en sesión delDirectorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, quefaculta a la Gerencia General para autorizar la inscripción de los valores emitidos en virtud de programas inscritos en procesos de titulización a partir de fideicomisos detitulización; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los bonos de titulización denominados "Bonos de Titulización @VE -Tercera Emisión CLN" hasta por US$ 30 000 000,00(treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidosde América) y el registro del complemento del prospectomarco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores. Dichos valores serán emitidos y colocados por oferta pública, en concordancia con los plazos, condiciones ymodalidades previstas en el Acto Constitutivo deFideicomiso de Titulización, con sujeción a lo dispuestoen la normativa vigente y en la presente resolución. Artículo 2º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el artículo anterior deberá efectuarse con sujecióna lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en elartículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria yde Venta de Valores Mobiliarios. La colocación de los bonos a que se refiere el artículo anterior deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de suinscripción en el Registro Público del Mercado de Valores,prorrogables hasta por un período igual a petición departe. Para tales efectos, la solicitud de prórroga enningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que serefiere el artículo 53º del Reglamento de los Procesos deTitulización de Activos y en lo que corresponda, con laestablecida en los artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 3º.- La inscripción y el registro a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución no implicaque CONASEV recomiende la inversión en los valores uopine favorablemente sobre las perspectivas del negocio.Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página deCONASEV en internet. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Continental Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de Originador y Agente Colocador; a ContinentalSociedad Titulizadora S.A., en su calidad de Fiduciario;al BBVA Banco Continental, en su calidad de Entidad