Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2006 (29/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Que por lo expuesto, el recurso administrativo no contiene fundamentos que desvirtuen las causales por las que se declaro inadmisible el recurso de reconsideracion contra los indicados Oficios Nºs. 458, 753 y 770-2003-PRE/P-LL-Depp, por lo que deviene infundado el recurso de apelacion interpuesto; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 206º y 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 036-2006-PRODUCE/DNEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesqueria 07534

Visto, el Oficio 0189-CEN/FENUTSSA-06, remitido por la Federacion Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud; CONSIDERANDO: Que con MORDAZA de Inscripcion automatica del Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Publicos (ROSSP) de fecha 17 de enero de 2006, se deja MORDAZA de la inscripcion de la actual Junta Directiva de la Federacion Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud - FENUTSSA, y de la prorroga de su mandato hasta octubre de 2006; Que con Resolucion Ministerial Nº 1255-2004/MINSA, de fecha 30 de diciembre de 2004, el Ministerio de Salud reconoce a los dirigentes nacionales de la FENUTSSA, para el periodo octubre 2004 - octubre 2006; Que con Resolucion Ministerial Nº 838-2005/MINSA, se constituye una Comision Paritaria encargada del analisis de los requerimientos formulados en el pliego de reclamos de la Federacion Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud, la cual viene sesionando normalmente solucionando conjuntamente dichos requerimientos; Que con documento s/n, de fecha de recepcion 6 de MORDAZA de 2006, un grupo de servidores comunican que en Asamblea General de Emergencia de los Sindicatos Bases de MORDAZA y Callao y Regiones, realizada los dias 4 y 5 de MORDAZA de 2006, constituyeron el Comite Nacional de Emergencia para la conduccion de la Federacion Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud, acordando entre otros iniciar la huelga nacional indefinida a partir del 25 de MORDAZA del ano en curso; Que con el documento de vistos el Comite Ejecutivo Nacional de la Federacion Unificada de Trabajadores del Sector Salud - FENUTSSA, manifiesta que el actual Comite Ejecutivo Nacional, continua ostentando la representacion legal de la FENUTSSA hasta el mes de octubre del presente ano y que el documento referido en el parrafo precedente no tiene valor legal y carece de representacion nacional, afirmando la FENUTSSA ademas que dicho Comite Ejecutivo Nacional no ha convocado a ninguna medida de fuerza para el dia 25 de MORDAZA del presente ano, por lo que no asumiran ninguna responsabilidad al respecto; Que el Estatuto de la Federacion Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud - FENUTSSA, reconoce como Organos de Gobierno de la Federacion al Congreso Nacional, la Asamblea Nacional de Delegados y el Comite Ejecutivo Nacional, no encontrandose establecido ningun otro organo denominado Comite Nacional de Emergencia, a que se hace mencion en el documento descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, por lo cual debe entenderse que este ultimo no tiene representatividad legal alguna; Que de acuerdo a lo senalado en los considerandos precedentes la representatividad atribuida por las personas firmantes del documento senalado, en el cual se convoca a iniciar una huelga nacional indefinida a partir del 25 de MORDAZA del ano en curso carece de total legalidad, motivo por el cual no son aplicables las normas que regulan las relaciones colectivas de trabajo, tales como el Decreto Ley Nº 25593 - Ley que regula las relaciones laborales de los trabajadores sujetos al regimen de la actividad privada, Decreto Supremo Nº 011-92-TR - Reglamento de Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y el Decreto Supremo Nº 0102003-TR - Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo; Que asimismo los servidores administrativos del Ministerio de Salud comprendidos en el regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, han hecho abandono de sus puestos de trabajo habiendo adoptado en algunas casos actos de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de su superior, del personal jerarquico y de los companeros de labor, causando intencionalmente danos materiales en los locales, instalaciones y demas bienes de propiedad de la entidad o en posesion de esta; por lo que es necesario adoptar las medidas correctivas que el caso requiere;

RELACIONES EXTERIORES
FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 136-2006-RE Mediante Oficio Nº 169-B-2006-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 136-2006RE, publicada en la edicion del 21 de MORDAZA de 2006. DICE: "Articulo Primero.- Modificar ... la Resolucion Suprema Nº 050-2006-RE ... en los siguientes terminos: Articulo Primero.- Nombrar al senor MORDAZA MORDAZA Canahuati Duaje como Consul Honorario del Peru en la MORDAZA de San MORDAZA de Sula, departamento de Cortes, Republica de Honduras, con jurisdiccion en los departamentos de Cortes, Atlantida, MORDAZA, MORDAZA a MORDAZA e Islas de la Bahia". DEBE DECIR: "Articulo Primero.- Modificar ... la Resolucion Suprema Nº 050-2006-RE ... en los siguientes terminos: Articulo Primero.- Nombrar al senor MORDAZA MORDAZA Canahuati Duaje como Consul Honorario del Peru en la MORDAZA de San MORDAZA Sula, departamento de Cortes, Republica de Honduras, con jurisdiccion en los departamentos de Cortes, Atlantida, MORDAZA, MORDAZA a MORDAZA e Islas de la Bahia". 07652

SALUD
Declaran ilegal la huelga general indefinida decretada por el denominado Comite Nacional de Emergencia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 400-2006/MINSA MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2006

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