Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2006 (30/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 317734

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2006

Que, al cotejar el acta electoral observada de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA Nº 226538-03-B y la que corresponde al MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA 226538-12-D, con el acta electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 22653801-D se verifica que las cifras consignadas en tales actas son coincidentes, resultando el "total de ciudadanos que votaron" (188) menor que la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados (189); por lo que en la resolucion apelada se ha adoptado el criterio establecido en el Reglamento aprobado por Resolucion Nº 103-2006-JNE, que precisa en su Articulo Tercero, Acapite II, Numeral 3) que si el "total de ciudadanos que votaron" es menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados; se anula el acta electoral; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Partido Aprista Peruano" contra la Resolucion Nº 191-2006-JEE-PIURA, emitida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, que resuelve anular el Acta Electoral Nº 226538-03-B; confirmandose dicha Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir la presente Resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE para el computo correspondiente, con conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 07318 RESOLUCION Nº 460-2006-JNE

menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es 134; Que, al cotejar el acta electoral observada de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales con el acta electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones, se verifica igualmente que se ha consignado la cantidad de 133 como el "total de ciudadanos que votaron" y que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados es 134; Que, conforme al Reglamento aprobado por Resolucion Nº 103-2006-JNE, en su Articulo Tercero, Acapite II, Numeral 3) se establece que si el "total de ciudadanos que votaron" es menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados, se anula el acta electoral; Que, el apelante sostiene que si bien en el acta entregada a su personero existen cero votos nulos, en el acta inicialmente observada se consigna la cifra 01 (uno) en votos nulos, lo cual hace volar el acta y permite la nulidad de la votacion; sin embargo, al cotejar el acta electoral observada de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, con el acta electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones se verifica que se ha consignado igualmente la cifra 01 (uno) en votos nulos; Que, asimismo, es importante senalar que los organismos electorales no tienen la facultad de corregir y/o reubicar los votos consignados en las actas electorales; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion del MORDAZA electoral, asi como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Personero Legal del partido politico "Partido Aprista Peruano"; y en consecuencia, confirmar la Resolucion Nº 238-2006-JEE-PIURA, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, en todos sus extremos. Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese.

Expediente Nº 300-2006 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 22 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el Personero Legal del partido politico "Partido Aprista Peruano" contra la Resolucion Nº 238-2006-JEE-PIURA de fecha 15 de MORDAZA de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Piura; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 238-2006-JEE-PIURA, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA anula el Acta Electoral Nº 222549-07-E del distrito de La Matanza, provincia de Morropon, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, observada por error material, pues se consigna la cifra 133 como "total de ciudadanos que votaron", siendo esta SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07319 RESOLUCION Nº 461-2006-JNE Expediente Nº 301-2006 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 22 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el Personero Legal del partido politico "Partido Aprista Peruano" contra la Resolucion Nº 204-2006-JEE-PIURA de fecha 15 de MORDAZA de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Piura; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.