Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2006 (19/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

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326576

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 19 de agosto de 2006

Articulo Segundo.- La Direccion de Registros y Autorizaciones debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Tercero.- Declarar improcedente el pedido efectuado por EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A. de considerar a la MORDAZA de MORDAZA como parte del itinerario de la nueva concesion de ruta: Arequipa-Cusco y viceversa, asi como el establecimiento de escala comercial en la referida MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A., debera presentar la documentacion pertinente que subsane las observaciones senaladas en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, previa a la emision de los Certificados de Habilitacion Vehicular de las unidades de placas de rodaje Nºs UO9006, VG-2069 y UO-9005. Articulo Quinto.- La presente Resolucion debera ser publicada por EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A. en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Sexto.- EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A., iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Setimo.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Registros y Autorizaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 01191-1

Supremo Nº 020-2006-VIVIENDA, el cual estara conformado por las siguientes personas: - Ing. MORDAZA MORDAZA Llona, representante del Presidente de la Republica, quien lo presidira. - Rvdo. Padre MORDAZA Baertl MORDAZA, representante de la Iglesia Catolica. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Iglesia Evangelica. - Ing. MORDAZA Pique del MORDAZA, Decano Departamental de MORDAZA del Colegio de Ingenieros del Peru (CIP). - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Capitulo de Ingenieros Sanitarios del Colegio de Ingenieros del Peru (CIP). Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 01249-24

Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Provinciales de Tocache, Pomabamba y MORDAZA y Distrital de Lancones, para la ejecucion de diversos proyectos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2006-VIVIENDA MORDAZA, 28 de junio de 2006

VIVIENDA
Designan integrantes del Comite Nacional de Supervision y Transparencia a que se refiere el D.S. Nº 020-2006VIVIENDA
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2006-VIVIENDA MORDAZA, 18 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2006VIVIENDA, se declara en Estado de Emergencia la infraestructura para la prestacion de servicios de saneamiento, de acuerdo a lo establecido en el articulo 54º de la Ley General de Servicios de Saneamiento Ley Nº 26338; Que, el articulo 5º del citado dispositivo legal establece que la supervision del cumplimiento de los objetivos de los proyectos de inversion publica de infraestructura de saneamiento, estara a cargo de un Comite Nacional de Supervision y Transparencia; Que, por las consideraciones MORDAZA expuestas, es necesario designar a los representantes del Comite Nacional de Supervision y Transparencia, a que se refiere el Decreto Supremo Nº 020-2006-VIVIENDA; De conformidad con la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 020-2006-VIVIENDA; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Comite Nacional de Supervision y Transparencia, a que se refiere el Decreto

CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 75º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales - EPS; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, la OPI de la Municipalidad de Tocache declaro la viabilidad de los proyectos "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarilla del Sector MORDAZA Anita", cuyo costo asciende a la suma de S/. 411 681,00, el mismo que tiene Codigo SNIP 11602 y "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado del Chorro San MORDAZA MORDAZA de Tocache", cuyo costo asciende a la suma de S/. 394 058,00, el mismo que tiene Codigo SNIP 12329; Que, mediante Informes Tecnicos Nºs. 022 y 0232006-MVCS/VMCS-DNS, la Direccion Nacional de Saneamiento ha emitido opinion favorable a la

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