Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2006 (19/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

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326582

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 19 de agosto de 2006

puede revocar mediante Resolucion de Contraloria la designacion efectuada; procediendose a designar a quien ocupo el siguiente lugar en el orden de meritos del respectivo Concurso Publico o en su defecto, a convocarse un MORDAZA concurso; Que, conforme a la evaluacion efectuada mediante el documento de Vistos y en atencion a las normas citadas, la sociedad de auditoria MORDAZA Ruffner & Asociados Sociedad Civil no acredito la experiencia de dos de los profesionales presentados en su propuesta, segun las Hojas de MORDAZA (Formato F-3), incumpliendo lo dispuesto por el articulo 33º literal c) del Reglamento, por lo que corresponde revocarse la designacion efectuada a la citada sociedad de auditoria; Que, de acuerdo a lo establecido en el Informe Nº 002-2006-CG/CE-SOA emitido por la Comision Especial de Designacion encargada de la evaluacion y calificacion de las propuestas presentadas para el Concurso Publico de Meritos Nº 02-2006-CG y lo senalado en el documento de Vistos, la sociedad de auditoria Colchado, MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil Ordinaria ocupo el siguiente lugar en el orden de meritos del respectivo concurso; Estando a las conclusiones y recomendaciones del documento de vistos, de conformidad con los articulos 33º y 45º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG y en uso de las atribuciones contempladas en los articulos 20º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Revocar la designacion de la sociedad de auditoria MORDAZA Ruffner & Asociados Sociedad Civil para realizar la auditoria financiera y examen especial a la informacion presupuestal del Gobierno Regional MORDAZA, ejercicio economico 2005, efectuada con la Resolucion de Contraloria Nº 150-2006-CG. Articulo Segundo.- Designar a la sociedad de auditoria Colchado, MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil Ordinaria para realizar la auditoria financiera y examen especial a la informacion presupuestal del Gobierno Regional MORDAZA, conforme a los alcances de la convocatoria del Concurso Publico de Meritos. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 01223-1

Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el articulo 31º de su ley organica; Que cada MORDAZA Electoral Especial esta integrado por tres miembros, uno nombrado por la Corte Superior de Justicia bajo cuya jurisdiccion se encuentra la sede del MORDAZA Electoral Especial respectivo, quien lo presidira; y dos miembros designados por el MORDAZA Nacional de Elecciones mediante sorteo en acto publico de una lista de veinticinco ciudadanos que residan en la sede de los citados organos electorales temporales, seleccionados aleatoriamente de una base computarizada de ciudadanos con mayor grado de instruccion, de conformidad con lo previsto en el articulo 45º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que en actos publicos de fechas 14 y 20 de MORDAZA del presente ano, se llevaron a cabo los sorteos para la seleccion de los dos miembros titulares y suplentes para cada uno de los Jurados Electorales Especiales a instalarse en el territorio de la Republica, con motivo de las elecciones regionales y municipales del 19 de noviembre proximo; Que, mediante Resolucion Nº 1294-2006-JNE se conformo los Jurados Electorales Especiales que tenian competencia tanto para las nuevas elecciones municipales del 13 de agosto ultimo asi como para el MORDAZA de elecciones regionales y municipales del 19 de noviembre de 2006; y por Resoluciones Nºs. 1295 y 1299-2006-JNE se determino a los Presidentes de los restantes Jurados Electorales Especiales con competencia solo para las elecciones regionales y municipales del 19 de noviembre del ano en curso, completando asi los 92 Jurados Electorales Especiales que habrian de constituirse; Que es necesario precisar los nombres de algunos de los Presidentes y Miembros integrantes de los citados Jurados Electorales Especiales; El MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru y articulo 13º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el anexo de la Resolucion Nº 1294-2006-JNE en cuanto al MORDAZA nombre del Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA y Azangaro, y la de los miembros de los Jurados de Huamanga, MORDAZA MORDAZA, Sullana, MORDAZA y Azangaro, conforme se detalla en el anexo 1 que es parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Modificar el anexo de la Resolucion Nº 1295-2006-JNE en la parte correspondiente a completar los nombres de los Presidentes de los Jurados Electorales Especiales de Recuay, San MORDAZA, Canchis, Huamalies, Huancayo, Jauja, MORDAZA, Pataz, MORDAZA Centro, MORDAZA Este, Datem del Maranon, Morropon, San MORDAZA, San MORDAZA de Putina, y Tacna. Articulo Tercero.- Los Jurados Electorales Especiales constituidos para las elecciones regionales y municipales del 19 de noviembre de 2006, estan conformados tal como aparece en el anexo 1, que forma parte de esta resolucion, manteniendo su vigencia hasta el 15 de diciembre de 2006. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de la Cortes Superiores de Justicia de la Republica la presente resolucion para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e)

JNE
Precisan nombres de Presidentes y Miembros de Jurados Electorales Especiales a que se refieren las RR. Nºs. 1294 y 1295-2006-JNE
RESOLUCION Nº 1331-2006-JNE MORDAZA, 18 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que los Jurados Electorales Especiales son organos electorales de caracter temporal, constituidos para un MORDAZA electoral especifico cuya administracion y control compete al MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 44º de la

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